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Pág. 214660 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de diciembre de 2001 2. A) Las partidas 41.04 a 41.06 no comprenden los cueros y pieles que hayan sufrido un proceso de curtido (incluido el precurtido) reversible (partidas 41.01 a 41.03, según el caso). B) En las partidas 41.04 a 41.06 la expresión «crust» incluye cueros y pieles que han sido recurtidos, coloreados o engrasados en baño, previo al secado. 3. En la Nomenclatura, la expresión cuero regenerado se refiere a las materias comprendidas en la partida 41.15. Código Designación de la Mercancía A/V 41.01 Cueros y pieles en bruto, de bovino (incluido el búfalo) o de equino (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos. 4101.20.00.00 -Cueros y pieles enteros, de peso unitario inferior o igual a 8 kg para los secos, a 10 kg para los salados secos y a 16 kg para 12 los frescos, salados verdes (húmedos) o conservados de otro modo 4101.50.00.00 -Cueros y pieles enteros, de peso unitario superior a 16 kg 12 4101.90.00.00 -Los demás, incluidos los crupones, medios crupones y faldas 12 41.02 Cueros y pieles en bruto, de ovino (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos, excepto los excluidos por la Nota 1 c) de este Capítulo. 4102.10.00.00 -Con lana 12 -Sin lana (depilados): 4102.21.00.00 --Piquelados 12 4102.29.00.00 --Los demás 12 41.03 Los demás cueros y pieles en bruto (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergam inar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos, excepto los excluidos por las Notas 1 b) ó 1 c) de este Capítulo. 4103.10.00.00 -De caprino 12 4103.20.00.00 -De reptil 12 4103.30.00.00 -De porcino 12 4103.90.00.00 -Los demás 12 41.04 Cueros y pieles curtidos o «crust», de bovino (incluido el búfalo) o de equino, depilados, incluso divididos pero sin otra preparación. -En estado húmedo (incluido el «wet-blue»): 4104.11.00.00 --Plena flor sin dividir; divididos con la flor 12 4104.19.00.00 --Los demás 12 -En estado seco («crust»): 4104.41.00.00 --Plena flor sin dividir; divididos con la flor 12 4104.49.00.00 --Los demás 12 41.05 Pieles curtidas o «crust», de ovino, depiladas, incluso divididas pero sin otra preparación. 4105.10.00.00 -En estado húmedo (incluido el «wet-blue») 12 4105.30.00.00 -En estado seco («crust») 12 41.06 Cueros y pieles depil ados de los demás animales y pieles de animales sin pelo, curtidos o «crust», incluso divididos pero sin otra preparación. -De caprino: 4106.21.00.00 --En estado húmedo (incluido el «wet-blue») 12 4106.22.00.00 --En estado seco («crust») 12 -De porcino: 4106.31.00.00 --En estado húmedo (incluido el «wet-blue») 12 4106.32.00.00 --En estado seco («crust») 12 4106.40.00.00 -De reptil 12 -Los demás: 4106.91.00.00 --En estado húmedo (incluido el «wet-blue») 12 4106.92.00.00 --En estado seco («crust») 12 41.07 Cueros preparados despu és del curtido o secado y cueros y pieles apergaminados, de bovino (incluido el búfalo) o equino, depilados, incluso divididos, excepto los de la partida 41.14. -Cueros y pieles enteros: 4107.11.00.00 --Plena flor sin dividir 12 4107.12.00.00 --Divididos con la flor 12 4107.19.00.00 --Los demás 12 -Los demás, incluidas las hojas: 4107.91.00.00 --Plena flor sin dividir 12 4107.92.00.00 --Divididos con la flor 12 4107.99.00.00 --Los demás 12 4112.00.00.00 Cueros prepara dos después del curtido o secado y cueros y pieles apergaminados, de ovino, depilados, incluso divididos, 12 excepto los de la partida 41.14. 41.13 Cueros preparados después del curtido o secado y cueros y pieles apergaminados, de los demás animales, depilados, cue- ros preparados después del curtido y cueros y pieles apergaminados, de animales sin pelo, incluso divididos, excepto los de la partida 41.14. 4113.10.00.00 -De caprino 12 4113.20.00.00 -De porcino 12 4113.30.00.00 -De reptil 12 4113.90.00.00 -Los demás 12 41.14 Cueros y pieles agamu zados (incluido el agamuzado combinado al aceite); cueros y pieles charolados y sus imitaciones de cueros o pieles chapados; cueros y pieles metalizados. 4114.10.00.00 -Cueros y pieles agamuzados (incluido el agamuzado combinado al aceite) 12 4114.20.00.00 -Cueros y pieles charolados y sus imitaciones de cueros o pieles chapados; cueros y pieles metalizados 12 41.15 Cuero regenera do a base de cuero o fibras de cuero, en placas, hojas o tiras, incluso enrolladas; recortes y demás des- perdicios de cuero o piel, preparados, o de cuero regenerado, no utilizables para la fabricación de manufacturas de cuero; aserrín, polvo y harina de cuero.