Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2001 (13/01/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 13 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 197227

· CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Director General de Administracion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 16085

De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Articulo Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 15340

Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico de transporte interprovincial de pasajeros en la ruta MORDAZA - MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2567-2000-MTC/15.18 MORDAZA, 11 de diciembre de 2000 VISTO, el Expediente Nº 2000-001080, sobre concesion de ruta del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Tecnico Nº 771-2000-MTC/15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes EXPRESO CIAL S.A.C., mediante el expediente indicado en visto, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Tecnico Nº 771-2000-MTC/ 15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y los senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, la Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a la empresa de transportes EXPRESO CIAL S.A.C., la concesion de la ruta: MORDAZA MORDAZA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: : MORDAZA - MORDAZA y viceversa : MORDAZA : MORDAZA : HUAURA - BARRANCA - CHIMBOTE : Dos diarias : Tres omnibus : Dos omnibus: VG-1348 (1997) y VG-1349 (1997) FLOTA DE RESERVA : Un omnibus: VG-1350 (1997) HORARIOS : Salidas de Lima: A las 08.00 a.m. y 10.00 p.m. Salidas de Trujillo: A las 08.00 a.m. y 10.00 p.m. Las Tarjetas de Circulacion Vehicular seran expedidas con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos MORDAZA indicados. Articulo Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Articulo Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIA FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Prorrogan funcionamiento de despachos colectivos de juzgados de paz letrados de Lince y San MORDAZA, MORDAZA y San MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0015-2001-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 8 de enero del 2001 VISTAS y CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa Nº 0145-2000-PCSJLI/PJ, de fecha 31 de agosto del pasado ano, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, dispuso la prorroga del funcionamiento de los Despachos Colectivos del Primer Juzgado de Paz Letrado de Lince y San MORDAZA, del Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA, del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Lince y San MORDAZA y de los Despachos Colectivos de Apoyo de los Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, respectivamente hasta el 29 de diciembre del pasado; Que, conforme es de advertirse del informe estadistico sobre carga procesal, informatizada y elaborada por la Oficina de Desarrollo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se advierte que la carga procesal que viene asumiendo el Despacho Colectivo del Primer Juzgado de Paz Letrado de Lince y San MORDAZA, asciende a 1,710 Expedientes; la carga procesal del Despacho Colectivo del Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA, asciende a 1,471 Expedientes; el Despacho Colectivo del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Lince y San MORDAZA, asciende a 2,596 Expedientes; y el Despacho Colectivo de Apoyo de los Juzgados de Paz Letrados de MORDAZA y San MORDAZA, soportan la carga procesal de 6,489 Expedientes; Que, en todos los casos, atendiendo a las cargas procesales correspondientes y al venir apreciandose resultados optimos en razon de orden jurisdiccional y carga procesal, se hace justificable la existencia de los Despachos Colectivos manteniendose a traves de estos, el verdadero manejo de la cantidad de expedientes, las constantes depuraciones de los expedientes en estado de archivo y el debido control de los documentos tramitados, por lo que a efectos de seguir brindando una inmediata y efectiva Administracion de Justicia, resulta conveniente y pertinente, disponer la prorroga del funcionamiento de los indicados Despachos Colectivos, brindandose de esta forma una efectiva, eficiente y cada vez mas cercana Administracion de justicia, en beneficio de la colectividad de los distritos de Lince, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y San MORDAZA de la MORDAZA de MORDAZA Metropolitana; Que, es preciso resaltar que el no pronunciarnos por las prorrogas de los indicados organos jurisdiccionales, seria muy contraproducente para la imagen de servicio de justicia que brinda este poder del Estado, pues se estaria paralizando y bloqueando el servicio y acceso a la justicia, creando un gran malestar frente a la ciudadania, responsabilidad administrativa que asume el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA con la Gerencia General del Poder Judicial; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad del Distrito Judicial a su cargo, dirige la politica del Poder Judicial dentro de su ambito, por lo que asume competencia administrativa, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones administrativas, dictadas para la mejor organizacion y funcionamiento de las dependencias jurisdiccionales que conforman su Distrito Judicial;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.