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Pág. 197228 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de enero de 2001 Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la prórroga del funcio- namiento del Despacho Colectivo del Primer Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro en vía de regularización del 3 de enero al 31 de agosto del 2001 . Artículo Segundo.- DISPONER la prórroga del funcionamiento del Despacho Colectivo del Primer Juzgado de Paz Letrado de Jesús María en vía de regularización del 3 de enero al 31 de agosto del 2001 . Artículo Tercero.- DISPONER la prórroga del funcio- namiento de Despacho Colectivo del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro del 3 de enero al 31 de agosto del 2001 . Artículo Cuarto.- DISPONER la prórroga de funciona- miento de los Despachos Colectivos de Apoyo de los Juzgados de Paz Letrados de Surco y San Borja, en vía de regulariza- ción del 3 de enero al 31 de agosto del 2001 . Artículo Quinto.- DISPONER que la Presidencia de la CODICMA , supervise la labor jurisdiccional de los Jueces Integrantes de los Despachos Colectivos del Primer Juzgado de Paz Letrado de Lince - San Isidro y del Primer Juzgado de Paz Letrado de Jesus María, del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro y de los Juzgados de Surco y San Borja dando cuenta de la producción jurisdiccional y depura- ción correspondiente, bajo inventario con carácter de declaración jurada , elevando los correspondientes informes los días 31 de enero, 28 de febrero, 30 de marzo, 30 de abril, 31 de mayo, 28 de junio, 31 de julio y 28 de agosto del año en curso, sobre los avances, logros y resultados de producción jurisdiccional y carga procesal pendiente. Artículo Sexto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema, de la Presidencia del Consejo Transitorio del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia Gene- ral, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación, de la Presidencia de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de la ODICMA, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 16171 Prorrogan funcionamiento de Despa- chos Colectivos de juzgados especia- lizado en lo civil y de ejecución perma- nente de familia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0016-2001-P-CSJLI/PJ Lima, 8 de enero del 2001 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 0131-2000-P- CSJLI/PJ, de fecha 3 de agosto del pasado año, se dispuso la prórroga del funcionamiento del Despacho Colectivo del 52º Juzgado Especializado en lo Civil, del 9 de agosto al 29 de diciembre de 1999; Que, de la información recabada de las Estadísticas de Producción Jurisdiccional y Carga Procesal, que vienen sopor- tando los Organos Jurisdicionales de la Corte Superior de Justicia de Lima, elaboradas por la Oficina de Desarrollo de la Presidencia, se establece que el 52º Despacho Colectivo "A" , viene asumiendo 1054 expedientes y el 52º Despacho Colec- tivo "B" , por su parte está asumiendo 840 expedientes; que en su totalidad asciende a 1894 , carga procesal que es considerada alta, para que sea asumida por un solo Despacho; Que, tomando en consideración las cargas procesales manejadas, bajo la normatividad del Código de Procedi- mientos Civiles, se hace justificable y pertinente, prorrogar el funcionamiento del 52º Despacho Colectivo Civil "A" y "B", a fin de seguir brindando una inmediata y efectiva adminis- tración de Justicia en beneficio de los Justiciables, con el objetivo de extinguir la carga procesal asumida; Que de otro lado por Resolución Administrativa Nº 0133- 2000-P- CSJLI/PJ, de fecha 15 de agosto de 1999, se dispuso la prórroga del funcionamiento de los Despachos Colectivosdel Primer y Segundo Juzgados Permanentes de Ejecución de Familia, del 22 de agosto al 29 de diciembre del pasado año; Que, el funcionamiento de los Despachos Colectivos de Apoyo conjuntamente con los dos Juzgados de Ejecución Per- manentes de Familia, han posibilitado mantener una atención constante y fluida; así como es de advertirse de los informes estadísticos, la carga procesal que en su conjunto soportan los indicados Despachos asciende a 4602 Expedientes Judiciales en estado de ejecución de sentencia, por lo que a través del sistema adoptado ha hecho posible brindar el servicio inmedia- to y efectivo, a través de la especialización centrada en los procesos en estado de ejecución, procurándose hacer efectivo el derecho reconocido, cautelándose así el interés del Niño y Adolescente, preocupación que comparte con compromiso y responsabilidad el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, situación frente a la cual se hace necesaria y justificable la prórroga del funcionamiento de los Despachos Colectivos de Apoyo de los Juzgados de Ejecución Permanentes de Familia; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su cargo, dirige la política del Poder Judicial dentro de su ámbito, por lo que asume competencia administrativa, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones administrativas, dictadas para la mejor organización y funcionamiento de las depen- dencias jurisdiccionales que conforman su Distrito Judicial; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la prórroga del funcio- namiento del Despacho Colectivo del 52º Juzgado Especiali- zado en lo Civil, en vía de regularización del 4 de enero al 31 de agosto del 2001 . Artículo Segundo.- DISPONER la prórroga del funcionamiento de los Despachos Colectivos de Apoyo del Primer y Segundo Juzgados de Ejecución Permanente de Familia, en vía de regularización del 4 de enero al 31 de agosto del 2001 . Artículo Tercero.- DISPONER que la Presidencia de la CODICMA , supervise la labor jurisdiccional de los Jueces Integrantes del Despacho Colectivo del 52º Juzgado Especializa- do en lo Civil y de los Magistrados Integrantes de los Despachos Colectivos de Apoyo del Primer y Segundo Juzgados de Ejecución Permanente de Familia, quienes darán cuenta de la produc- ción jurisdiccional y depuración correspondiente, bajo inventario con carácter de declaración jurada ; elevando los informes correspondientes sobre los avances, logros y resultados de producción jurisdiccional y carga procesal pendiente, cada fin de mes, bajo responsabilidad funcional, al Despacho de la Presi- dencia de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia del Consejo Transitorio del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistra- tura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación, de la Presidencia de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de la ODICMA, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 16168 Designan magistrados provisionales y suplentes de la Sala Civil de Procesos Ejecutivos y Cautelares y de juzgados especializados en lo civil de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 017-2001-P-CSJLI/PJ Lima, 11 de enero del 2001 CONSIDERANDO: Que la Sala Civil de Procesos Ejecutivos y Cautelares de la Corte Superior de Justicia de Lima, el pasado año ha registrado un total 5137 causas civiles, de las cuales fueron resueltas 4464 expedientes judiciales, quedando un rema- nente de 733 causas civiles pendientes de resolver;