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Pág. 197763 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de enero de 2001 Constitución Política del Perú, concordante con el Artí- culo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Logística PNP, en su Dictamen Nº 1271-2000-DIRLOG-PNP/OAJ del 30.OCT.2000; Lo propuesto por el Director de Logística de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director Gene- ral de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al señor Procurador Público del Ministerio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales, relativos a la Policía Nacional del Perú, para que en nombre y representación del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra Germán FER- NÁNDEZ SALES y Margarita Beatriz SÁNCHEZ MO- RENO, representante legal de la empresa "D' MAR TRANSPORTES SERVICIOS ESPECIALES E.I.R.L." por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir al señor Procurador Público indicado, los antecedentes del caso para los fines de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA Ministro del Interior 16536 Autorizan a procurador interponer de- manda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta contra resolución emitida por el Primer Juzgado Especializado en Derecho Público RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0062-2001-IN/0103 Lima, 13 de enero del 2001 Visto, el Oficio Nº 1509-2000-PP-PNP/1204 de 20.DIC.2000, mediante el cual el Procurador Público del Ministerio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales relativos a la Policía Nacional del Perú, solicita Resolución Ministerial Autoritativa para ini- ciar demanda de Nulidad de Cosa Juzgada Frau- dulenta. CONSIDERANDO: Que, el 24.MAR.2000 doña Beatriz Alvarado Pérez, viuda del comandante PNP (F) José ARENAS MACO, interpone demanda de Acción de Amparo ante el Pri- mer Juzgado Especializado en Derecho Público, solici- tando se declare inaplicable y sin efecto la Resolución Directoral Nº 7846-DIPER/PNP de 27.DIC.99, con la cual se le otorga pensión de viudez con omisión del beneficio de carburante y se ordene expedir nueva resolución, incluyendo dicho beneficio, así como el abo- no de los devengados; Que, la autoridad jurisdiccional ha concluido el proceso declarando fundada la demanda y en conse- cuencia inaplicable la R.D. Nº 7846-DIPER/PNP y orde- na se expida nueva resolución considerando los benefi- cios por concepto de carburantes a favor de la accionan- te; Que, el pedido de la accionante es ilegal, por cuanto el derecho de carburantes sólo es extensivo a las viudas de los coroneles y generales; consecuentemente, el petitorio de la demanda es fraudulenta y el fallo de la sentencia desnaturaliza los alcances del Decreto Supre- mo Nº 032-DE/SG y otras normas de la materia; Que, siendo evidente el dolo, fraude, colusión que afecta el derecho a un debido proceso, con el consi-guiente agravio para el Estado, el único remedio proce- sal es interponer demanda de Nulidad de Cosa Juz- gada Fraudulenta, de conformidad con lo previsto en el Art. 178º del Código Procesal Civil; Estando a lo solicitado con el oficio del exordio, lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica del MININ- TER y de conformidad con el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Art. 12º del Decre- to Legislativo Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Ministerio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales relativos a la Policía Nacional del Perú, para que en nombre y representación del Estado interponga deman- da de Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta con- tra la sentencia de fecha 27.ABR.2000, en Vía de Conoci- miento, por los fundamentos expuestos en los conside- randos de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública del Ministerio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales relativos a la Policía Nacional del Perú, los antecedentes y actuados, con transcripción de la presente Resolución Ministerial, para su conocimien- to y fines del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA Ministro del Interior 16537 PESQUERÍA Aceptan donación efectuada a favor del ITP que será destinada al "Progra- ma de Capacitación en la Manipula- ción y el Procesamiento de Pescado Fresco" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 037-2001-PE Lima, 22 de enero de 2001 Visto el Oficio Nº 548-2000-ITP/DE, del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP, de fecha 26 de diciembre de 2000. CONSIDERANDO: Que el 22 de mayo de 1996 la Universidad de Piura y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), celebra- ron un Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsa- ble, para la ejecución del Proyecto "Modernización de la Capacitación del Sector Pesquero", el mismo que com- prende, entre otros, la ejecución del "Programa de Capacitación en la Manipulación y el Procesamiento de Pescado Fresco"; Que con fecha 20 de noviembre de 1996, la Universidad de Piura y el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), suscribieron el Convenio de Colaboración para desarrollar el "Programa de Capacitación en la Manipulación y Procesamiento de Pescado Fresco", a ser ejecutado por el ITP y, financiado mancomunadamente con el BID (con car- go a los recursos de la Facilidad de Recursos Huma- nos del Fondo Multilateral de Inversiones - FO- MIN), cuyo objetivo es capacitar a los pescadores y procesadores artesanales en la manipulación y el procesamiento de pescado fresco; Que mediante Acta de Entrega de Bienes de fecha 29 de noviembre de 2000, suscrita entre el Administrador del Proyecto "Modernización de la Capacitación en el Sector Pesquero" y el Director Ejecutivo del ITP, se ha recepcionado los bienes (equipos y materiales nuevos) adquiridos, para la ejecución del "Programa de Capacita-