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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2001 (30/01/2001)

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TEXTO PAGINA: 5

Pág. 197935 NORMAS LEGALES Lima, martes 30 de enero de 2001 Precios FOB DERECHO Precios FOB DERECHO Precios FOB DERECHO de Referencia ESPECIFICO de Referencia ESPECIFICO de Referencia ESPECIFICO Azúcar Azúcar Azúcar 151 169 216 91 281 13 152 168 217 90 282 12 153 167 218 89 283 11 154 166 219 88 284 10 155 165 220 87 285 9 156 163 221 85 286 7 157 162 222 84 287 6 158 161 223 83 288 5 159 160 224 82 289 4 160 159 225 81 290 3 161 157 226 79 291 1 162 156 227 78 MAYOR A 291 0 163 155 228 77 164 154 229 76 TABLA ADUANERA DE LACTEOS (US$ por TM) Partidas Afectas 0402.10.10.00 0402.10.90.00 0402.21.11.00 0402.21.19.00 0402.21.91.00 0402.21.99.00 0402.29.11.00 0402.29.19.00 0402.29.91.00 0402.29.99.00 0405.90.10.00 0405.90.90.00 Precios FOB DERECHOS de Referencia ESPECIFICOS Leche Entera en Polvo LEP, LDP y GAL 700 - 749 1.621 750 - 799 1.557 800 - 849 1.493 850 - 899 1.429 900 - 949 1.365 950 - 999 1.301 1.000 - 1.049 1.237 1.050 - 1.099 1.173 1.100 - 1.149 1.109 1.150 - 1.199 1.045 1.200 - 1.249 981 1.250 - 1.299 917 1.300 - 1.349 853 1.350 - 1.399 789 1.400 - 1.449 725 1.450 - 1.499 661 1.500 - 1.549 597 1.550 - 1.599 533 1.600 - 1.649 469 1.650 - 1.699 405 1.700 - 1.749 341 1.750 - 1.799 277 1.800 - 1.849 213 1.850 - 1.899 149 1.900 - 1.949 85 1.950 - 1.999 21 MAYOR A 1.999 0 ANEXO III PRODUCTO - CALIDAD / FUENTE DE REFERENCIA Arroz blanco tailandés 15 por ciento, CREED RICE Market Report Precio FOB Maíz USA amarillo Nº 2, Cotización del Chicago Board of Precio FOB Golfo Trade ajustada por bases del Códi- go REUTERS GRZC, primera posi- ción. Azúcar blanca. Contrato Nº 5 FOB. Código: REUTERS SUGAR/EU London Daily Sugar Price Leche entera en polvo, precio FOB Dairy Market News Western Europe (cotización superior) Publicación del USDA ANEXO IV METODOLOGIA DE CALCULO DE LAS TABLAS ADUANERAS 1. Cálculo del Precio Piso: Resulta del promedio de las últimas 60 observaciones mensuales de las cotizaciones internacionales FOB inflatadas por el índice de precios al consumidor de Estados Unidos. n=60 P =[∑(PN/IPCt)]/60 t=1 Donde: P =Precio piso efectivo del producto. PNt=Precio internacional nominal del producto en cada observación. IPCt=Indice de Precios al Consumidor de Estados Unidos de cada observación La base del IPC de los Estados Unidos corresponde al último mes de la serie actualizada de 60 meses utilizada en el cálculo del precio piso. 2. Series de precios para la actualización de las tablas aduaneras: para el cálculo de los precios piso de las tablas aduaneras, la serie mensual se actualizará con los promedios mensuales obtenidos de la siguiente manera: Para el caso de los granos y azúcar, el promedio mensual se obtiene en base a las cotizaciones reportadas por los códigos y/o fuentes de referencia conforme al ANEXO III del presente dispositivo. Para el caso de la leche entera en polvo, los promedios mensuales se calcularán sobre la base de los precios diarios asignados en base a los precios de referencia quincenales de la fuente establecida en el ANEXO III del presente dispositivo. 3. Determinación del margen sobre la diferencia entre el precio piso y el de referencia: En la construcción de las Tablas Aduaneras se considera un margen adicional (1+b) a la diferencia entre el precio piso y los precios de referencia para establecer la magnitud de las sobretasas: S=(1+b).(P-PR) donde S es la sobretasa en dólares por TM y PR y P son el precio FOB de referencia y el precio piso, respectivamente. El término b involucra parte de los costos asociados a gastos de importación. Este factor b varía por producto, y corresponde al arancel Ad-Valorem (12 ó 20 por ciento), la sobretasa adicional arancelaria (5 ó 10 por ciento) y 3 por ciento adicional por concepto de los gastos promedios de importación que están en función del precio. 4. Definición de factores de proporción entre productos: para el caso del arroz cáscara, su derecho específico equivale al 70 por ciento del derecho específico del arroz pilado. En el caso de los productos lácteos, el derecho específico aplicado a la leche descremada en polvo (LDP) y a la grasa anhidra de leche (GAL) es el mismo aplicado a la leche entera en polvo (LEP). 17203 Modifican sobretasa adicional arance- laria establecida para las importacio- nes de carnes de bovinos, porcinos, aves y sus derivados DECRETO SUPREMO Nº 016-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 141-99-EF, se modifi- có de 5% a 10% la sobretasa adicional arancelaria establecida con carácter temporal por el Decreto Supre- mo Nº 035-97-EF, para las importaciones de carnes de bovinos, porcinos, aves y sus derivados; Que, en concordancia con la política económica adop- tada por el Gobierno, se ha visto por conveniente modificar la sobretasa a que se refiere el considerando anterior; De conformidad con lo establecido en el inciso 20) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- A partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, la sobretasa adicional arancelaria a