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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2001 (30/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 197937 NORMAS LEGALES Lima, martes 30 de enero de 2001 Aprueban donación efectuada a favor de la Municipalidad Distrital de Ongoy, provincia de Chincheros, departamen- to de Apurímac RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 056-2001-EF Lima, 29 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Ongoy, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac, en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 31 de julio del año 2000, aceptó la donación efectuada por "NTT Rodokumiai Gunma Shibu" de Japón consistente en una ambulancia usada; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por "NTT Rodokumiai Gunma Shibu" de Japón a favor de la Muni- cipalidad Distrital de Ongoy, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac, consistente en una ambulan- cia usada, marca Nissan, con un valor aproximado de ¥ 50 000,00 (Cincuenta Mil y 00/100 Yenes), según Carta de Donación de fecha 31 de julio del año 2000. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de la Presidencia y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 17209 Aprueban donación efectuada a favor del Hospital Guillermo Díaz de la Vega, de la Dirección Regional de Salud del CTAR Apurímac RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 057-2001-EF Lima, 29 de enero de 2001CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Presidencial Nº 225-00-CTAR-APURIMAC/PE de fecha 26 de julio del año 2000, el Consejo Transitorio de Administración Regional de Apurímac - CTAR APURIMAC aceptó la donación efectuada por Peruvian American Medical Society (PAMS) de Estados Unidos de América, a favor del Hospital Guillermo Díaz de la Vega, de la Dirección Regional de Salud del Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional de Apurímac - CTAR APURIMAC, consistente en diversos bienes que han sido destinados al cuidado de la población más necesitada de Abancay; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta- rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, la donación efectuada por Peruvian American Medical Society (PAMS) de Esta- dos Unidos de América, a favor del Hospital Guillermo Díaz de la Vega, de la Dirección Regional de Salud del Consejo Transitorio de Administración Regional de Apurímac - CTAR APURIMAC, consistente en ropa, juguetes, libros, instrumental médico quirúrgico y otros bienes detallados en la Resolución Ejecutiva Presiden- cial Nº 225-00-CTAR-APURIMAC/PE de fecha 26 de julio del año 2000 y la Carta de Donación de fecha 12 de julio del año 2000, con un peso aproximado de 1 678 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº 10876338 de CHRistal Lines. Donación destinada al cuidado de la población más necesitada de Abancay. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99- EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema,será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 17210 EDUCACIÓN Declaran en reorganización al Instituto Superior "Pedro P. Díaz" de Arequipa DECRETO SUPREMO Nº 003-2001-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA