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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (12/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 198605 NORMAS LEGALES Lima, lunes 12 de febrero de 2001 otorgó a PESQUERA HAYDUK S.A. licencia de operación para desarrollar la actividad de procesa- miento de productos hidrobiológicos a través de la producción de harina de pescado, en sus estableci- mientos industriales ubicados en Coishco, provin- cia de Santa, departamento de Ancash, y en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piu- ra, con las capacidades instaladas de 120 y 100 t/h de procesamiento de materia prima, respectiva- mente; Que por Resolución Directoral Nº 195-98-PE/ DNPP, del 6 de noviembre de 1998, se otorgó a PESQUERA HAYDUK S.A. autorización para efec- tuar el traslado físico de 20 t/h de las capacidades especificadas de cada una de sus plantas de harina de pescado a las que se refiere el considerando anterior, hacia su planta de harina de pescado de alto contenido proteínico ubicada en Caleta Végue- ta, distrito de Végueta, provincia de Huaura, depar- tamento de Lima; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita, entre otros, la modificación de las licencias de operación de sus plantas de harina de pescado de Paita y Coishco, en proporción a la reducción de 20 t/h efectuada a la capacidad de cada una de las mismas, al haberse completado el traslado físico autorizado me- diante la Resolución Directoral citada en el consideran- do anterior; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero a través de los Informes Nºs. 141-2000-PE/DNPP-Dn, 150-2000-PE/DNPP-Dn, 153-2000-PE/DNPP-Dn, de fechas 9, 24 y 29 de agos- to del 2000 respectivamente, que sustentan la proce- dencia técnica de lo solicitado, al haberse constatado que la recurrente ha efectuado el traslado físico de capacidades autorizado, resulta necesario modificar las licencias de operación citadas en el primer consi- derando a fin de adecuarlas a su capacidad actual, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica;En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y las Resoluciones Ministeria- les Nºs. 505-98-PE y 023-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Ministe- rial Nº 411-95-PE, por la cual se otorgó licencia para la operación de la planta de harina de pescado normal de PESQUERA HAYDUK S.A. ubicada en su establecimiento industrial pesquero del distrito de Coishco, provincia del Santa, departamento de An- cash, estableciendo su capacidad instalada de proce- samiento de materia prima en 100 t/h, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerati- va. Artículo 2º.- Modificar la capacidad (t/h) consig- nada a la planta de harina de pescado normal pertene- ciente a PESQUERA HAYDUK S.A. citada en el artícu- lo anterior, en el Anexo IV, literal B, "Plantas de Procesamiento Pesquero - Harina de Pescado Conven- cional", de la Resolución Ministerial Nº 023-2001-PE, conforme se detalla a continuación: Cap. COCINADOR PRENSA SECADOR (t/h) NºCap. Nº Cap. Nº Cap. 100 02 100 03 123 07 120 Artículo 3º.- Modificar la Resolución Directoral Nº 189-98-PE/DNPP, por la cual se otorgó licencia para la operación de la planta de harina de pescado normal de PESQUERA HAYDUK S.A. ubicada en su establecimiento industrial pesquero del distrito y pro- vincia de Paita, departamento de Piura, estableciendo su capacidad instalada de procesamiento de materia prima en 80 t/h, de acuerdo a los fundamentos expues- tos en la parte considerativa. Artículo 4º.- Modificar la capacidad (t/h) consig- nada a la planta de harina de pescado normal pertene-