Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2001 (12/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, lunes 12 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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otorgo a PESQUERA HAYDUK S.A. licencia de operacion para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos a traves de la produccion de harina de pescado, en sus establecimientos industriales ubicados en Coishco, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, y en el distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, con las capacidades instaladas de 120 y 100 t/h de procesamiento de materia prima, respectivamente; Que por Resolucion Directoral Nº 195-98-PE/ DNPP, del 6 de noviembre de 1998, se otorgo a PESQUERA HAYDUK S.A. autorizacion para efectuar el traslado fisico de 20 t/h de las capacidades especificadas de cada una de sus plantas de harina de pescado a las que se refiere el considerando anterior, hacia su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico ubicada en Caleta Vegueta, distrito de Vegueta, provincia de Huaura, departamento de Lima; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita, entre otros, la modificacion de las licencias de operacion de sus plantas de harina de pescado de Paita y Coishco, en proporcion a la reduccion de 20 t/h efectuada a la capacidad de cada una de las mismas, al haberse completado el traslado fisico autorizado mediante la Resolucion Directoral citada en el considerando anterior; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero a traves de los Informes Nºs. 141-2000-PE/DNPP-Dn, 150-2000-PE/DNPP-Dn, 153-2000-PE/DNPP-Dn, de fechas 9, 24 y 29 de agosto del 2000 respectivamente, que sustentan la procedencia tecnica de lo solicitado, al haberse constatado que la recurrente ha efectuado el traslado fisico de capacidades autorizado, resulta necesario modificar las licencias de operacion citadas en el primer considerando a fin de adecuarlas a su capacidad actual, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica;

En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 505-98-PE y 023-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Ministerial Nº 411-95-PE, por la cual se otorgo licencia para la operacion de la planta de harina de pescado normal de PESQUERA HAYDUK S.A. ubicada en su establecimiento industrial pesquero del distrito de Coishco, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, estableciendo su capacidad instalada de procesamiento de materia prima en 100 t/h, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Articulo 2º.- Modificar la capacidad (t/h) consignada a la planta de harina de pescado normal perteneciente a PESQUERA HAYDUK S.A. citada en el articulo anterior, en el Anexo IV, literal B, "Plantas de Procesamiento Pesquero - Harina de Pescado Convencional", de la Resolucion Ministerial Nº 023-2001-PE, conforme se detalla a continuacion: Cap. COCINADOR (t/h) 100 Nº Cap. 02 100 PRENSA Nº 03 Cap. 123 SECADOR Nº 07 Cap. 120

Articulo 3º.- Modificar la Resolucion Directoral Nº 189-98-PE/DNPP, por la cual se otorgo licencia para la operacion de la planta de harina de pescado normal de PESQUERA HAYDUK S.A. ubicada en su establecimiento industrial pesquero del distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, estableciendo su capacidad instalada de procesamiento de materia prima en 80 t/h, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Articulo 4º.- Modificar la capacidad (t/h) consignada a la planta de harina de pescado normal pertene-

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