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Pág. 199118 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de febrero de 2001 Artículo Cuarto.- Los Organos administrativos corres- pondientes quedan encargados de proceder de conformidad a los dispositivos legales vigentes y dar cumplimiento al presente Acuerdo. Artículo Quinto.- Dispensar de la lectura del Acta para su inmediato cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 18662 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban ordenanza relativa a la exoneración de pagos a los contrayen- tes de matrimonio comunitario ORDENANZA Nº 033 Lince, 15 de febrero de 2001 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha contando con el dicta- men favorable de la Comisión de Economía y Administra- ción; y de la Comisión de Asuntos Legales, con dispensa del trámite de aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA RELATIVA A LA EXONERACIÓN DE PAGOS A LOS CONTRAYENTES DEL MATRIMONIO COMUNITARIO Artículo 1º.- Dispóngase la exoneración de los pagos por apertura de pliego matrimonial y por ceremonia de matri- monio civil a los contrayentes del Matrimonio Civil Comu- nitario, a realizarse el 20 de mayo de 2001; debiéndose efectuar un pago único de S/. 50.00. Artículo 2º.- Mediante Decreto de Alcaldía se dictarán las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplica- ción de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Encargar a las Oficinas de Rentas y Admi- nistración, a la División de Registros Civiles y a la División de Promoción Social el cumplimiento de la presente Resolu- ción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WALDO OLIVOS VILLARREAL Alcalde 18606 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Modifican ordenanza sobre el Marco Legal del Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública y de Parques y Jardines ORDENANZA Nº 006-2001-MDSMP San Martín de Porres, 8 de febrero de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES:POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fechas 7 y 8 de febrero del 2001, el Informe Nº 030-SIAT-MDSMP, de fecha 5 de febrero del 2001, del SIAT sobre modificación de la Tasa de Arbitrios e Informe Técnico de Limpieza Pública, Parques y Jardines; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad tribu- taria para crear, modificar y suprimir contribuciones, ta- sas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución; Que, el Concejo Distrital de San Martín de Porres, ejerce su función normativa, entre los dispositivos, a través de Ordenanzas, las cuales tienen Rango de Ley de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución y de la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario; Que, mediante Ordenanza Nº 02-2001-MDSMP de fecha 15 de enero de 2001, se aprobó el marco legal del Régimen Tributario del Costo real de la prestación de servicio de los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines en la Jurisdicción de San Martín de Porres, para el ejercicio 2001 publicado en Diario Oficial El Peruano, el 3 de febrero de 2001; Que, desde hace 50 años a la fecha no se efectuaba la Cobranza por Arbitrios Municipales de acuerdo al Costo del Servicio. Producto de este sinceramiento se originaría un shock traumático con resultados económicos negativos para el vecindario, motivo por el cual es procedente modificar la citada Ordenanza; Que, es política de la actual Gestión Municipal brin- dar a los contribuyentes facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones Tributarias, subvencionando la Mu- nicipalidad con recursos propios, parte de lo presupues- tado en la Ordenanza Nº 002-2001-MDSMP; por lo que es necesario establecer un nuevo Régimen Tributario y ga- rantizar su equitativa distribución entre los contribuyen- tes, modificando los Factores de Cálculo de la Tasa Men- sual de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y adoptar las medidas necesarias para asegu- rar la continuidad y el buen funcionamiento de los servi- cios públicos; Estando lo dispuesto por el Art. 109º y el numeral 3) del Art. 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo por Unanimidad aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- Modificar la Ordenanza Nº 002- 2001-MDSMP, sobre Marco Legal del Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines, respecto a los Artículos 6º, 15º y Anexos I, II y III; los mismos que quedan redactados con el texto siguiente: "Artículo 6º.- VENCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN La obligación de pagos de la cuotas trimestrales de los Arbitrios correspondiente al ejercicio 2001: Primera cuota : 31 de marzo Segunda cuota : 30 de junio Tercera cuota : 30 de setiembre Cuarta cuota : 31 de diciembre Los plazos que vencieran en día inhábil para la adminis- tración, se entenderán prorrogados hasta el primer día hábil siguiente. Artículo 15º.- TARIFA SOCIAL DE LOS ARBITRIOS.- La Tarifa Social de Arbitrios, se fija en S/.7.20 (Siete y 20/100 Nuevos Soles), importe mensual, la misma que comprende el pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos para los contribuyentes con predios sin edificar o en construcción, precario o destinados a casa habitación, cuyo autovalúo no exceda de seis (6) Unidades Impositiva Tributarias vigentes del presente ejer- cicio." Artículo Segundo.- Disponer su publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano.