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Pág. 199120 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de febrero de 2001 12. SALAS DE BINGOS TRAGAMONEDAS, CASINOS Tramos del Valúo Tasa Mensual De 0 hasta 30 UIT 2.00% de UIT De 30 hasta 50 UIT 3.00% de UIT De 50 UIT a más 4.00% de UIT 13. CLINICAS MEDICAS, POLICLINICOS Tramos del Valúo Tasa Mensual De 0 hasta 50 UIT 3.00% de UIT De 50 UIT a más 5.00% de UIT 14. LABORATORIOS, QUÍMICOS FARMACÉUTICOS Tasa Mensual 4.00% UIT 15. DISCOTECAS, PUBS, KARAOKES O SIMILARES Tramos del Valúo Tasa Mensual De 0 hasta 30 UIT 2.00% de UIT De 30 hasta 50 UIT 3.00% de UIT De 50 UIT a más 4.00% de UIT 16. CLUBES SOCIALES Tramos del Valúo Tasa Mensual De 0 hasta 30 UIT 2.00% de UIT De 30 hasta 50 UIT 3.00% de UIT De 50 UIT a más 5.00% de UIT ANEXO III INFORME TÉCNICO En la jurisdicción de San Martín de Porres existen registrados al 31 de diciembre del 2000, 110,000 (ciento diez mil) predios destinados a diferentes usos, tales como casa habitación, terreno sin construir, comercio, industria, ser- vicios, etc. La Municipalidad de San Martín de Porres, presta a los predios mencionados los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos. La determinación del importe de los arbitrios cuyos detalle se aprecia en los Anexos I y II de la presente Ordenanza ha tomado en consideración los costos totales de los servicios mencionados en el párrafo que antecede. El servicio de limpieza pública involucra una serie de tareas que comprenden la recolección domiciliaria y de escombros, transporte, descarga, transferencia y disposi- ción final de los desechos sólidos urbanos, barrido de calles y plazas. Para el año 2001, la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres incurrirá en los costos que se detallan en el cuadro Nº 1: COSTO ANUAL DEL SERVICIO DE LIMPIEZA PUBLICA AÑO 2001 Items Total Anual Recolección y transporte de residuos solidos, por tonelada reco- 6’898.500.00 gida (329 TM. Diaria), barrido de Calles, de plazas y locales pú- blicos, y proyección de lavado de plazas y arterias principales. Servicios de luz, agua, teléfono, etc. 6.000.00 Campaña Educativa 50.000.00 Gastos de Materiales, herramientas y otros 205.980.00 Relleno Sanitario- Vehículo de la Municipalidad (100 Tn diaria) 360.000.00 Depreciación : maquinaria, equipo y otros; y vehículos motoriza- dos de propiedad de la Municipalidad. 344.964.00 Costo de personal municipal, servidores de limpieza pública y servicio de personal contratado. 3’791.364.00 Previsión 300.000.00 TOTAL 11’956.868.00 El servicio de parques y jardines públicos involucra las tareas de implementación, recuperación, mantenimiento y mejoras de parques y jardines de uso Público. Para tal fin, la Municipalidad de San Martín de Porres, incurrirá en los costos detallados en el Cuadro Nº 2. COSTO ANUAL DEL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES AÑO 2001 Items Total Anual Recuperación, mantenimiento y mejoramiento de áreas verdes, 1’835.500.00 plantas ornamentales, forestales y viveros Gastos de materiales, herramientas. Vestuario, insumos operati- 188.166.72 vos, implementación de vivero Mantenimiento de oficina 5.040.00 Agua para riego (SEDAPAL y cuenta con terceros) 254.688.00 Fluido Eléctrico y consumo de agua 5.508.00Items Total Anual Capacitación 5.000.00 Mantenimiento preventivo y predictivo 49.999.95 Depreciación maquinaria, Cisterna, volquete, canción equipo 190.596.00 menor Costo de personal municipal adscrito al servicio de Parques y 2’972.544.00 Jardines y servicio de personal contratado. Previsión 300.000.00 TOTAL 5’806.548.00 CUADRO Nº 3 COSTO TOTAL ANUAL AÑO 2001 Items Total Anual Limpieza Pública 11’956.800.00 Parques y Jardines 5’806.548.00 TOTAL 17’463.348.00 La recaudación por concepto de los arbitrios se obtiene al aplicar los criterios establecidos en la norma, utilizando los montos fijos para cada tramo dependiendo del uso a actividad desarrollada en el predio y del valor del mismo. 18491 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban el Plan de Ordenamiento del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Vehículos Menores DECRETO DE ALCALDÍA Nº 18-2000-MDSM San Miguel, 31 de octubre del 2000 LA ALCALDÍA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 018-99 del 26 de noviem- bre de 1999, publicada el 22 de diciembre de 1999 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó la Ordenanza sobre "SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN VE- HÍCULOS MENORES"; Que, la cuarta disposición final y transitoria de la citada Ordenanza faculta a la Alcaldía para que vía Decreto dicte las normas que reglamenten de aplicación, supervisión y control del cumplimiento de la misma; Que, la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urba- no ha remitido el Informe Nº 032-2000-DIDU/MDSM, pre- sentando el Plan de Ordenamiento del Servicio de Trans- porte Público de Pasajeros en Vehículos Menores en el distrito de San Miguel y del estudio realizado se determina que de acuerdo a la afluencia del público usuario de los mototaxis en los paraderos propuestos, San Miguel puede soportar una cantidad máxima de 120 unidades de trans- porte menor (mototaxis), lo que se deberá tener presente al momento de otorgarse las autorizaciones; Que, el mismo documento recomienda también la imple- mentación del Registro de Vehículos Menores que operen en el distrito; En uso de las facultades que confiere el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Ordenamiento del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Vehícu- los Menores en el distrito de San Miguel. Artículo Segundo.- Implementar el Registro de Vehí- culos Menores que operen en el distrito de San Miguel, el mismo que deberá ser llevado por la Dirección de Infraes- tructura y Desarrollo Urbano de esta Corporación. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Infraes- tructura y Desarrollo Urbano y la Unidad de Licencias, el cumplimiento del presente Decreto.