Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2001 (16/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 206787 NORMAS LEGALES Lima, lunes 16 de julio de 2001 Los m edios de desconexión estarán equipados o diseñados de tal manera que pueda determinarse por observación visual que éstos están abiertos. 4.4.2 Trabajos en líneas aéreas 4.4.2.1 Desconexión de la línea de alimentación y puesta a tierra Toda línea aérea de alimentación será desenergizada y puesta a tierra antes de que se realice algún trabajo sobre ella. 4.4.2.2 Trabajos sobre las líneas aéreas de alimenta- ción Ninguna línea aérea de alimentación será considerada como desenergizada, para desarrollar trabajos sobre ésta, hasta que haya sido verificado por un personal calificado que la línea aérea ha sido aislada y puesta a tierra. Los trabajos serán desarrollados solamente de acuerdo con las técnicas y procedimientos elaborados por la propia empresa. 4.5 Alimentación en alta tensión para equipos movi- bles 4.5.1 Aumento del potencial de tierra Un circuito que alimente un equipo movible será puesto a tierra a través de un dispositivo de puesta a tierra del neutro que limite el aumento del potencial de tierra en el equipo movible a 100 V o menos. (ver apéndice A) 4.5.2 Dispositivos de puesta a tierra del neutro El dispositivo de puesta a tierra del neutro será continua- mente monitoreado por un dispositivo que desconectará la alimentación si ocurre una apertura de circuito en el disposi- tivo de puesta a tierra del neutro. 4.5.3 Conexión primaria a una caseta de interrupto- res movible o subestación transformadora desde una línea aérea de alimentación. Se aplicará lo siguiente: a) El cable de conexión a la línea aérea de alimentación terminará en un medio de desconexión localizado en un poste. b) La longitud del cable de conexión no debe exceder los 25 m a no ser que: i.- La capacidad de corriente del cable sea al menos un tercio del ajuste por sobrecorriente de la fuente de alimenta- ción; o, ii.- Se instale en el punto final del cable que viene de la línea aérea un dispositivo de protección de sobrecorriente adecua- damente dimensionado. c) Los conductores del cable de conexión serán continuos y estarán directamente conectados a los terminales de alimen- tación de la caseta de interruptores o subestación, o termina- rán en un conector hembra que se conectará con el conector macho adherido a la caseta de interruptores o subestación claramente etiquetado y mecánicamente asegurado al conec- tor hembra. d) No se usará acopladores de cable o cajas de empalme en la línea de conexión de la caseta de interruptores o subesta- ción. 4. 6 Equipos eléctricos movibles 4.6.1 Caseta de interruptores movible La construcción de la estructura será adecuada para el movimiento sobre terreno rugoso o estará provista con ade- cuados medios de izaje para permitir levantarlo sobre otro medio de transporte. La cubierta de la caseta de interruptores cumplirá con las exigencias tipo IP24 (ver tabla Nº 4: “Selección de cubiertas para lugares no peligrosos”) y estará puesto a tierra por medio de un sistema de puesta a tierra que cumplirá los requerimien- tos del Código Nacional de Electricidad relacionado a: Utiliza- ción, Sección Alta Tensión. La caseta de interruptores incluirá los siguientes ele- mentos: a) Medios de desconexión.- Los medios de desconexión serán manualmente operados, trifásicos, agrupados, del tipo hoja visible, excepto donde se use equipos de interrupción extraíbles. Adicionalmente serán de una capacidad adecuada, instalados en el punto de entrada de energía y enclavado con el interruptor.b) Interruptor.- El interruptor tendrá una adecuada capacidad de interrupción, debe ser completo con todos los dispositivos necesarios para dar protección contra cortocircui- tos, sobrecargas y fallas a tierra. c) Dispositivos de control.- Los dispositivos de control que requieran ajuste o reconexión no deben estar localizados dentro de la sección de alta tensión de la cubierta de la caseta de interruptores. 4.6.2 Subestaciones movibles 4.6.2.1 Subestaciones Las subestaciones que consistan de un conjunto de equipos eléctricos montados sobre una estructura autoportante movi- ble deberán cumplir con lo siguiente: a) Estructura de la subestación.- La estructura auto- portante será adecuada para el movimiento a través de terre- no rugoso o estará provista de adecuados medios de izaje para permitir el levantamiento sobre un medio de transporte. b) Transformador de potencia.- El transformador de potencia y los demás componentes de la subestación estarán dentro de una cubierta totalmente cerrada o estarán compren- didos dentro de un cerco fuerte de malla entrelazada o equiva- lente con una altura de al menos 2 m por encima de la plataforma y localizados a una distancia segura de cualquier parte energizada. Un aviso de advertencia indicando la ten- sión será puesto en forma visible a la entrada de la cubierta del transformador. c) Conexión del dispositivo de puesta a tierra del neutro.- El dispositivo de puesta a tierra del neutro deberá instalarse tan cerca como sea posible al neutro del transforma- dor. Si el cable que conecta el neutro del transformador y el dispositivo de puesta a tierra excede los 2 m de longitud será protegido por elevación o por una cubierta. 4.6.2.2 Sistema de puesta a tierra para subestacio- nes movibles Las subestaciones movibles serán puestas a tierra de acuerdo a las exigencias del Código Nacional de Electricidad relacionado a Utilización, sección Alta Tensión. 4.6.2.3 Resistencia del sistema de puesta a tierra de la subestación movible El sistema de puesta a tierra será diseñado e instalado para evitar la transferencia de potenciales que excedan los 100 V desde el sistema de puesta a tierra de la subestación movible a cualquier equipo eléctrico móvil. La resistencia del sistema de puesta a tierra de la subestación movible con electrodos será medida y la protección de falla a tierra será probada después de cada instalación o cambio de ubicación de la subestación. Se hará cambios si es necesario para asegurar que la elevación del potencial a tierra no exceda los 100 V. (ver apéndice A) 4.6.3 Cables de arrastre (uso) 4.6.3.1 Accesorios de los cables Los cables entrarán a las carcazas metálicas de los moto- res, cajas de empalmes y compartimientos eléctricos solamen- te a través de accesorios apropiados. Los cables de arrastre serán asegurados a las máquinas para protegerlos de daños y para evitar esfuerzos mecánicos sobre las conexiones eléctri- cas. 4.6.3.2 Empalmes permanentes en cables de arras- tre Cuando se haga empalmes permanentes en cables de arrastre, estos empalmes serán: a) Mecánicamente fuertes con una adecuada conductivi- dad eléctrica; b) Aislados y sellados en forma efectiva para evitar el ingreso de humedad; y, c) Probados por continuidad y aislamiento, por personal calificado antes de ser puestos en servicio. Un registro de reparaciones y pruebas será conservado. 4.6.3.3 Protección de cables de arrastre 4.6.3.3.1 Deberá escogerse una ruta adecuada para los cables para evitar que sean dañados y serán mantenidos visibles con adecuados marcadores a intervalos regulares a lo largo de la ruta del cable. Los acopladores de cable no estarán directamente sobre el piso de tierra, sino soportados a cierta altura sobre éste.