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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2001 (20/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 207056 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de julio de 2001 David Roncal Santos Santuario Histórico Bosque de Pomac Zona Reservada Laquipampa Omar Ubillús Tolentino Zona Reservada Los Pantanos de Villa Rodolfo Panduro Rengifo Zona Reservada de GueppiJaime Matute Pinedo Zona Reservada Alpahuayo Mishana Artículo 2º.- Agradecer al personal que fue encarga- do hasta la fecha de las funciones de Jefe de Área Natural Protegida. Artículo 3º.- Déjase sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MATÍAS PRIETO CELI Jefe del INRENA 27541 ECONOMÍA Y FINANZAS Aceptan donación que será destinada a damnificados de los departamentos de Moquegua y A yacucho y al Progra- ma de Educación en Salud y Nutrición de la Región Pucallpa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 370-2001-EF Lima, 19 de julio de 2001 Visto el Expediente Nº 4896-2001 presentado por la Fundación Contra El Hambre, sobre aprobación de do- nación; CONSIDERANDO: Que, mediante Certificado de Donación, legalizado por la Sección Consular de la Embajada del Perú en Corea, Korea Food For The Hungry International (KFHI),con sede en Seoul, Korea, efectúa una donación de bienes a favor de la Fundación Contra El Hambre; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo aprobado mediante De- creto Supremo Nº 055-99-EF y Decreto Supremo Nº 099-96-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 155-97-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR Y APROBAR en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por Ko- rea Food For The Hungry International (KFHI), afavor de la Fundación Contra El Hambre, consistente en 267 cajas conteniendo ropa nueva y una computa- dora, con un valor CIF de US$ 4,872,50 y un peso de8.000,00 kgs., según Carta de Donación de fecha 7 de junio del año 2001 y Conocimiento de Embarque Nº KKLU805520860, la que será distribuida en formagratuita entre los damnificados de la Emergencia suscitada en los departamentos de Moquegua y Aya- cucho, y destinado al Programa de Educación en Saludy Nutrición de la Región Pucallpa. Artículo 2º.- Compréndase la donación citada en el artículo precedente dentro de los alcances del inciso k)del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo aprobado mediante Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas, ala Contraloría General de la República y a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de losplazos establecidos.Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 27557 Aceptan donaciones efectuadas a fa- vor del Cuerpo General de BomberosVoluntarios del Perú y del INDECI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 371-2001-EF Lima, 19 de julio de 2001Visto el Oficio Nº 121-2001-CGBVP/CG del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; CONSIDERANDO: Que, la JAPAN FIREFIGHTERS ASSOCIATION del Japón, en el marco de colaboración y ayuda al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, ha efectuadola donación de cuatro (4) vehículos usados, cuyas carac- terísticas se detallan en la parte Resolutiva de la presen- te Resolución; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por DecretoSupremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuitoa favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Su- premo Nº 055-99-EF, Decreto Supremo Nº 099-96-EF ynormas modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Go- bierno Peruano, la donación efectuada por JAPAN FI-REFIGHTERS ASSOCIATION del Japón, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, con- sistente en dos (2) vehículos ambulancia y dos (2) vehí-culos contra incendio usados, llegados al puerto de Ma- tarani con un valor FOB de ¥ 600,000.00 yenes japone- ses, peso 12,550.00 kgs., según carta de donación adjun-ta y Conocimiento de Embarque Nº OSZX-1, del vapor HUAL TRAILER del 28.6.2001 de Osaka Japón como sigue: 1. Vehículo Ambulancia usado. Valor : ¥ 150,000.00Marca : TOYOTA Chasis : RZH1330000440 Año : 1992Color : Blanco y rojo Timón : Derecho Combustible : GasolinaMotor : 2RTZ 0382551 Modelo : T-RZH133S 2. Vehículo Ambulancia Usado Valor : ¥ 150,000.00 Marca : TOYOTA Chasis : RZH1330000309 Año : 1991Color : Blanco Timón : Derecha Combustible : Gasolina