Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2001 (20/07/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

Pag. 207064
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 313-2001-EM/VMM MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2001

VISTO: el expediente sobre extraccion de mineral no metalico sin derecho alguno en agravio del Estado, en el area denominada "CANTERA ESPINAL" ubicado en el paraje Cerro MORDAZA al sur-oeste del distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno. CONSIDERANDO: Que, de la investigacion realizada por la Direccion General de Mineria, se expidio la Resolucion Directoral de fecha 21 de marzo de 2000, que declaro comprobada la extraccion de mineral no metalico sin derecho minero alguno en agravio del Estado, dentro del area mencionada en el visto, efectuada por MORDAZA MORDAZA Aspilcueta de Nunez y la Asociacion MORDAZA MORDAZA, representada por su Presidente MORDAZA MORDAZA Chipana; Que, contra la mencionada Resolucion Directoral, MORDAZA MORDAZA Aspilcueta de Nunez interpuso Recurso de Revision, el mismo que fue declarado fundado en la parte impugnada, la que se revoco, por el Consejo de Mineria mediante Resolucion Nº 035-2001-EM/CM, de fecha 12 de febrero de 2001; Que, del estudio y analisis del expediente administrativo, se ha determinado que existen indicios razonables de la comision de delito en agravio del Estado, por lo que es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que formule la correspondiente denuncia penal y demas acciones legales contra la Asociacion MORDAZA MORDAZA, representada por su Presidente MORDAZA MORDAZA Chipana; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en el Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, en el Decreto Ley Nº 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas y en los Articulos 20º y 21º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 02793-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en nombre y representacion del Estado, formule la correspondiente denuncia penal y demas acciones legales pertinentes contra la Asociacion MORDAZA MORDAZA, representada por su Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitase al referido Procurador Publico los antecedentes de la presente Resolucion con transcripcion de la misma, para su conocimiento y demas fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 27513 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 314-2001-EM/VMM MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2001 VISTO: el expediente sobre extraccion de mineral no metalico sin derecho alguno en agravio del Estado, en la Cantera de Arcilla "A", comprendida en el area del petitorio minero MORDAZA I, Codigo Nº 04-00138-95, ubicado en el paraje denominado "Rumicolca", MORDAZA de Pinipampa, distrito de Andahuaylillas, provincia de Quispicanchis, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, de la investigacion realizada por la Direccion General de Mineria, se expidio la Resolucion Directo-

ral de fecha 14 de MORDAZA de 2000, que declaro comprobada la extraccion de mineral no metalico sin derecho minero alguno en agravio del Estado, en la Cantera de Arcilla "A", comprendida en el area del petitorio minero MORDAZA I, Codigo Nº 04-00138-95, ubicada en el paraje denominado "Rumicolca", MORDAZA de Pinipampa, distrito de Andahuaylillas, provincia de Quispicanchis, departamento de MORDAZA, efectuada por la Asociacion de Pequenos Productores Tejeros del Poblado de Pinipampa; Que, contra la mencionada Resolucion Directoral, MORDAZA Choqueccahua MORDAZA, en su calidad de Presidente de la Asociacion de Pequenos Productores Tejeros del Poblado de Pinipampa, interpuso recurso de revision, el mismo que fue declarado infundado mediante Resolucion Nº 104-2001-EM/CM, de fecha 6 de MORDAZA de 2001; Que, del estudio y analisis del expediente administrativo, se ha determinado que existen indicios razonables de la comision de delito en agravio del Estado, por lo que es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que formule la correspondiente denuncia penal y demas acciones legales contra MORDAZA Choqueccahua MORDAZA, Presidente de la Asociacion de Pequenos Productores Tejeros del Poblado de Pinipampa; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en el Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, en el Decreto Ley Nº 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas y en los Articulos 20º y 21º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 02793-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en nombre y representacion del Estado, formule la correspondiente denuncia penal y demas acciones legales pertinentes contra MORDAZA Choqueccahua MORDAZA, Presidente de la Asociacion de Pequenos Productores Tejeros del Poblado de Pinipampa, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitase al referido Procurador Publico los antecedentes de la presente Resolucion con transcripcion de la misma, para su conocimiento y demas fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 27512 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 315-2001-EM/VMM MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2001 VISTO: el expediente sobre denuncia de extraccion de mineral no metalico sin derecho alguno en agravio del Estado, en las denominadas MORDAZA I, MORDAZA II, MORDAZA III y MORDAZA IV de la concesion minera extinguida CIMA, Partida Nº 13520, ubicada en el paraje denominado "Huancapununan - Auquipampa", distrito y provincia de Carhuaz, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, de la investigacion realizada por la Direccion General de Mineria, se expidio la Resolucion Directoral de fecha 23 de febrero de 2001, que declaro comprobada la extraccion de mineral no metalico sin derecho minero alguno en agravio del Estado, en las denominadas MORDAZA I, MORDAZA II, MORDAZA III y MORDAZA IV de la concesion minera extinguida CIMA, Partida Nº 13520, ubicada en el paraje denominado "Huancapununan - Auquipampa", distrito y provincia de Carhuaz, departamento de MORDAZA,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.