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Pág. 204262 NORMAS LEGALES Lima, domingo 10 de junio de 2001INSTRUCCIONES Los deudores tributarios deberán efectuar su presentación en la Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes, Intendencia Regional u Oficina Zonal (de acuerdo a la dependencia SUNAT a la que pertenecen, según su domiciliofiscal). Los Medianos y Pequeños Contribuyentes de la Intendencia Regional Lima deberán efectuar su presentación encualquiera de los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la provincia de Lima y en la provinciaconstitucional del Callao. REQUISITOS PARA EL ACOGIMIENTO AL SISTEMA El acogimiento al Sistema Especial de Actualización y Pago de deudas tributarias exigibles al 30.08.2000 -SEAP- (D.Leg. N° 914), tendrá efectos siempre que el deudor tributario cumpla a la fecha de presentación de la solicitud de acogimiento, con lossiguientes requisitos, por cada tipo de deuda por el que solicita su acogimiento al Sistema:a) Haber presentado las declaraciones y efectuado el pago de las obligaciones tributarias y/o aportes correspondientes a los períodos tributarios cuyo vencimiento se produzca en los 2 (dos) meses anteriores a la fecha de acogimiento. b) De optarse por la modalidad de pago al contado, se deberá efectuar hasta la fecha de acogimiento, el pago del 90% de la deuda acogida al Sistema. De optarse por la modalidad de pago fraccionado, haber efectuado el pago de lacuota inicial, la que no debe ser menor al 5% de la deuda acogida al Sistema, ni menor de S/. 150.00. c) En ambos casos, se deberá efectuar el pago previo (del monto total de deuda acogida o de la cuota inicial) a través de las boletas de pago correspondientes o pagos a través del TEF (Transferencia Electrónica de Fondos), comorequisito para la presentación de la solicitud. d) De solicitar acogimiento por deuda que se encuentre impugnada, se deberá desistir del medio impugnatorio corres- pondiente que se encuentre en trámite ante la autoridad administrativa o judicial. e) De estar acogido al Régimen Especial de Fraccionamiento Tributario - REFT, no debe tener saldo pendiente de pago de las cuotas vencidas. f) De estar en proceso de reestructuración patrimonial, adjuntar copia del Acta de la Junta de Acreedores que aprueba el acogimiento. DEUDAS TRIBUTARIAS QUE NO PUEDEN SER MATERIA DE ACOGIMIENTO AL SISTEMA Las siguientes deudas no podrán ser materia de acogimiento al Sistema:a) Las deudas exigibles con posterioridad al 30.08.2000.b) Los intereses de los pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta correspondientes a los períodos tributarios de enero a julio de 2000. c) Las infracciones que no hayan sido subsanadas en los casos previstos en el numeral 6.1 del Artículo 6° del Decreto Supremo N° 101-2001-EF - Reglamento. d) Las deudas correspondientes a las personas naturales a quienes con anterioridad a la fecha de acogimiento, se hubiera abierto instrucción o se hubiera emitido sentencia condenatoria vigente por delito tributario o aduanero, así como lasdeudas de las empresas o entidades a través de las cuales las personas naturales indicadas anteriormente, hubieranrealizado los hechos materia de la instrucción, de acuerdo con lo señalado en el Art. 4° del Reglamento. e) Las deudas impugnadas respecto de las cuales no se hubiera presentado el escrito de desistimiento respectivo.f) Las deudas acogidas al REFT (Ley 27344 y normas modificatorias).g) Las deudas por prestaciones otorgadas por el ESSALUD, a trabajadores de entidades empleadoras morosas.h) Las multas impuestas a las empresas supervisoras por la comisión de las infracciones tipificadas en el Decreto Supremo N° 005-96-EF. TIPOS DE DEUDA POR LAS CUALES SE PUEDE SOLICITAR ACOGIMIENTO AL SISTEMA Tributos administrados por la SUNAT, Contribuciones al ESSALUD, Contribuciones a la ONP, Contribuciones al SENCICOy Contribuciones al FONAVI. INSTRUCCIONES GENERALES 1. USO DEL FORMULARIO En relación con el presente formulario, se tendrá en cuenta lo siguiente: a) Se utilizará para solicitar el acogimiento al SEAP, y deberá acompañarse a ésta, los anexos correspondientes (según Tipo de Deuda) donde se detalle las deudas por las que se solicita el acogimiento. b) Deberá presentarse por duplicado, siendo su distribución la indicada en el margen izquierdo.c) Podrá ser utilizado en el caso de optar por la modalidad de pago al contado o fraccionado o aquellos que resultaran con importe a pagar igual a cero. d) Deberá llenarse a máquina o con letra tipo imprenta.e) Para el acogimiento al Sistema de sólo Multas, Costas, Gastos, Recargos, Intereses o Reajustes, se deberá presentar solamente el Form. 4840 con los datos de identificación del deudor tributario, excepto para el caso demultas impugnadas, en cuyo caso se deberá presentar el detalle de las mismas en el anexo correspondiente,debiéndose presentar el desistimiento ante la entidad en que se presentó la impugnación.2. MOTIVOS QUE GENERAN EL RECHAZO DE LA SOLICITUD El formulario será rechazado si se presenta alguna de las siguientes observaciones:a) Falta el tipo de documento de identificación y/o número del mismo.b) Falta la firma del deudor tributario o del representante legal.c) Presentase borrrones y/o enmendaduras.d) El N° de orden del ejemplar para el deudor no coincida con el del ejemplar para la SUNAT.e) Incumplimiento de los requisitos para el acogimiento.f) De tener solicitudes presentadas o aprobadas del SEAP por el mismo tipo de deuda.g) Encontrarse en proceso o tener sentencia condenatoria vigente por delito tributario o aduanero. INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS Casilla 02 : Consignar el número de RUC que corresponda al deudor tributario. Casilla 50 : Consignar el código del tipo de documento de identidad (según la TABLA N° 3). Casilla 51 : Consignar el número del documento correspondiente. Casilla 28 : Consignar el número de teléfono del deudor tributario. Casilla 40 : Consignar la cantidad total de formularios anexos que se adjuntan, independientemen- te del tipo de deuda. Resumen de la Determinación Efectuada: El acogimiento al Sistema, así como la modalidad de pago, son independientes por cada tipo de deuda,aun cuando puede solicitarse el acogimiento en un único Formulario 4840. Deuda acogida : En las casillas 801, 811, 821, 831 y/o 841, consignar el monto de la deuda por el cual se solicita el acogimiento al Sistema, el mismo que deberá corresponder al consigna-do por el deudor tributario en las casillas correspondientes al Monto Total de laDeuda Actualizada del último anexo presentado, por cada tipo de deuda (casillas991, 992, 993, 994 y/o 995). Modalidad de pago : En las casillas 802, 812, 822, 832 y/o 842, según el tipo de deuda, consignar ‘0’ en caso de tratarse de pago al contado o ‘1’ de tratarse de pago fraccionado. Pago al contado o : De seleccionarse la modalidad de pago al contado, se deberá consignar el 90% Cuota inicial del monto indicado en la casilla de DEUDA ACOGIDA (801, 811, 821, 831 y/o 841), en las casillas 803, 813, 823, 833 y/o 843 respectivamente, según el tipo de deuda.Si la modalidad de pago seleccionada es fraccionada, en las casillas 803, 813, 823, 833, y/o 843, consignar como mínimo el 5% del monto señalado en la(s)casilla(s) de DEUDA ACOGIDA, el cual no debe ser menor de S/. 150.00. Número de cuotas : En las casillas 804, 814, 824, 834 y/o 844, consignar el número de cuotas por el cual se solicita el acogimiento al Sistema, considerando que, como máximo, elvencimiento de la última cuota debe ser el último día hábil del mes de enero delaño 2011. Monto de cuotas : En las casillas 805, 815, 825, 835 y/o 845, consignar el monto de las cuotas, el cual resulta de multiplicar el saldo de la(s) casilla(s) de DEUDA ACOGIDA menos la(s)casilla(s) de CUOTA INICIAL por el factor indicado en la TABLA N° 2 de la Resolu-ción de Superintendencia que establece las normas para el acogimiento al Siste-ma y que aprueba la tabla de factores, por tipo de deuda, de acuerdo al número decuotas por el cual se solicita el acogimiento al Sistema. El monto de cada cuota no podrá ser menor de S/. 150.00. Importe pagado : En las casillas 807, 817, 827, 837 y/o 847, consignar el monto efectivamente pagado a través de las boletas de pago correspondientes o a través del TEF, por Tipo deDeuda, dirigidos al Pago al Contado o de la Cuota Inicial. Dichos pagos deben efectuarse de manera previa a la presentación de la solicitud de acogimiento. EL FORMULARIO 4840 NO ES FORMULARIO DE PAGOIMPORTANTE CODIGO DENOMINACIÓN8 Doc. Prov. de IdentidadTABLA N° 3 1 L.E o DNI2 Carné FF.PP3 Carné FF.AA4 Carné Extranj.7 Pasa- porte