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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (10/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 204255 NORMAS LEGALES Lima, domingo 10 de junio de 2001 De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Orgánica del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción y el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar resuelto el contrato de con- cesión suscrito con la empresa AMERICAN PAGING S.R.L. para la prestación del Servicio Público de Buscapersonas, en el área de cobertura que comprende la provincia de Lima del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, en consecuencia sin efecto la Resolución Minis- terial Nº 262-97-MTC/15.03, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 25013 Otorgan concesiones a empresa y persona natural para la prestación del servicio público de distribución de ra- diodifusión por cable RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 233-2001-MTC/15.03 Lima, 6 de junio de 2001 Vista, la solicitud formulada por la empresa T.V. CABLE "RIOJA" E.I.R.L. para que se le otorgue conce- sión para la prestación del servicio público de distribu- ción de radiodifusión por cable; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del Artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decre- to Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción otorgar concesiones, autorizaciones, permi- sos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el Artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios públicos de difusión se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, el Artículo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos de difusión se encuentra el servicio público de distribución de radiodifusión por cable; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 243-2001- MTC/15.03.UECT, señala que habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legisla- ción para otorgar la concesión solicitada para la presta- ción del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa T.V. CABLE "RIOJA" E.I.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modifi- catorias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa T.V. CABLE "RIOJA" E.I.R.L. concesión para la prestación del servi-cio público de distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende el distrito de Moyobamba, provincia de Moyobamba, del departamento de San Martín. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa T.V. CABLE "RIOJA" E.I.R.L. para la prestación del servicio público a que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticinco (25) cláusulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de con- cesión que se aprueba mediante la presente resolución. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el con- trato de concesión no es suscrito por la empresa solici- tante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 25012 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 235-2001-MTC/15.03 Lima, 6 de junio de 2001 Vista, la solicitud formulada por JULIO CESAR SILVA REINA para que se le otorgue concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodi- fusión por cable; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del Artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corres- ponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción otorgar concesiones, autoriza- ciones, permisos y licencias en materia de telecomunica- ciones; Que, el Artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios públicos de difusión se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, el Artículo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos de difusión se encuentra el servicio de distribu- ción de radiodifusión por cable; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 241-2001- MTC/15.03.UECT, señala que habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legisla- ción para otorgar la concesión solicitada para la presta- ción del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, es procedente la solicitud formulada por JU- LIO CESAR SILVA REINA; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supre- mos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a JULIO CESAR SILVA REI- NA concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende el distrito de