Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2001 (12/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO

EN

1825

POR EL

MORDAZA TADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo MORDAZA, martes 12 de junio de 2001

NORMAS LEGALES
ANO XIX - Nº 7659

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Pag. 204311

"ANO DE LA CONMEMORACION DE LOS 450 ANOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27479
MORDAZA FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la Republica POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

informaciones. La difusion de la Inteligencia debe ser oportuna para contribuir a la toma de decisiones y asi poder alcanzar objetivos de seguridad y bienestar. Articulo 7º.- Utilizacion La utilizacion debida de la Inteligencia es de responsabilidad de la autoridad que la produce y de la que toma conocimiento de ella. Articulo 8º.- Niveles del Sistema La Inteligencia estrategica se produce en tres niveles: a) Nacional. b) MORDAZA de actividad o sector. c) Operativo. Articulo 9º.- Informacion El Sector Publico y Privado proporciona al Sistema de Inteligencia Nacional la informacion que es necesaria para la Seguridad y el Desarrollo Nacional. Articulo 10º.- Proteccion y Compartimento Por la naturaleza especial de sus actividades relacionadas a la Defensa Nacional, el SINA protege y compartimenta las informaciones e inteligencia que produce, asi como al personal, instalaciones, material y equipo. Los miembros del Consejo de Defensa Nacional tienen acceso a la Inteligencia primaria a traves del Consejo Nacional de Inteligencia. Articulo 11º.- Estructura El SINA esta conformado por: a) El Consejo Nacional de Inteligencia (CNI). b) La Direccion Nacional de Inteligencia Estrategica (DINIE). c) Los Organismos de Inteligencia del Sector Defensa. d) Los Organismos de Inteligencia del Sector Interior. e) Los Organismos de Alto Nivel de otros Sectores. Articulo 12º.- Responsabilidad El Sistema de Inteligencia Nacional es responsable de: a) Establecer politicas generales para las actividades de inteligencia y contrainteligencia. b) Orientar las actividades de inteligencia y contrainteligencia. c) Producir Inteligencia estrategica actual y predictiva. d) Evaluar y coordinar los requerimientos de apoyo economico y logistico para las actividades de Inteligencia. Articulo 13º.- Seguridad Las actividades e instalaciones del Sistema de Inteligencia Nacional tienen la mas alta clasificacion de seguridad. Articulo 14º.- Reserva El Sistema de Inteligencia Nacional dispone de un sistema de comunicaciones reservado, para el enlace entre sus organos correspondientes, denominado MORDAZA de Inteligencia.

LEY DEL SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL (SINA)
CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Articulo 1º.- Objeto de la ley La presente Ley tiene por objeto establecer el MORDAZA juridico que regule la naturaleza, estructura, funciones, atribuciones y responsabilidades, control y fiscalizacion, asi como las relaciones y ambito de la competencia del Consejo Nacional de Inteligencia y de la Direccion Nacional de Inteligencia Estrategica dentro del Sistema de Inteligencia Nacional. Articulo 2º.- Definicion El Sistema de Inteligencia Nacional (SINA) forma parte del Sistema de Defensa Nacional y se estructura para producir inteligencia y realizar actividades de contrainteligencia necesarias para la Seguridad y Desarrollo Nacional que el Estado garantiza mediante la Defensa Nacional. Articulo 3º .- Fundamentos El Sistema de Inteligencia Nacional (SINA) tiene como fundamentos la preservacion de la Soberania Nacional y la defensa del estado de derecho, enmarcado dentro del estricto respeto de los Derechos Humanos. Articulo 4º .- Caracter integral La Inteligencia es consubstancial a la Defensa y Desarrollo Nacionales, como tal tiene caracter integral y permanente, en los diferentes MORDAZA de la actividad nacional, a nivel estrategico y tactico. Articulo 5º.- Direccion El Sistema de Inteligencia Nacional es dirigido por el Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia en base a las directivas y orientaciones emanadas por el Presidente de la Republica en su condicion de Presidente del Consejo de Defensa Nacional. Articulo 6º.- Inteligencia La Inteligencia como actividad es el conocimiento anticipado logrado a traves del procesamiento de las

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