Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (12/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 204326 NORMAS LEGALES Lima, martes 12 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que el "Acta Constitutiva del Centro de For- mación para la Integración Regional (CEFIR)" , fue suscrita en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, el 27 de junio de 1999, con ocasión de la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y el Caribe - Unión Europea; aproba- da mediante Resolución Legislativa Nº 27464, de fecha 18 de mayo del año 2001; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento internacional; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acta Constitutiva del Centro de Formación para la Integración Regional (CEFIR)", suscrita en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, el 27 de junio de 1999, con ocasión de la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y el Caribe - Unión Europea; aprobada mediante Resolución Legislativa Nº 27464, de fecha 18 de mayo del año 2001. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la Repú- blica. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de junio del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 25147 Autorizan pago de cuotas y/o contribu- ciones a la FAO, ONU, CICAD y FEMCIDI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 252-2001-RE Lima, 11 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales priorizados, de manera que permita potenciar la capaci- dad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internaciona- les priorizados, con cargo al presupuesto asignado al Ministerio de Relaciones Exteriores para el ejercicio presupuestal 2001; Que, la cancelación de las cuotas priorizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, serán aten- didas de acuerdo a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con el numeral 17.1 del Artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 909, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el pago de las cuotas y/o contribuciones a los organismos internacionales que figuran en la relación establecida por el Ministerio de Relaciones Exteriores que se detalla a continuación, por el importe de NOVECIENTOS CUARENTIOCHO MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 948 000,00).ORGANISMO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA 400 000,00 LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACION (FAO) Cancelación de la cuota del año 1999 y pago parcial de la cuota del año 2000 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) 500 000,00 Cancelación de la cuota del año 2000 y pago parcial de la cuota del año 2001 FONDO GENERAL DE LA COMISION INTERAMERICANA 8 000,00 PARA EL CONTROL DEL ABUSO DE DROGAS (CICAD) Contribución voluntaria del Programa Interamericano de Río de Janeiro FONDO ESPECIAL MULTILATERAL DEL CIDI (FEMCIDI) 40 000,00 Pago de la contribución del año 2001 Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimien- to de lo dispuesto en el artículo precedente, serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordina- rios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00165, Componente 0966, Meta 00551, Gené- rica 4 Otros Gastos Corrientes, Específica 42 Cuotas Internacionales del Presupuesto del Ministerio de Re- laciones Exteriores correspondiente al ejercicio 2001. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 25161 Autorizan al Ministerio de Pesquería el pago de cuota a la Organización Lati- noamericana de Desarrollo Pesquero - OLDEPESCA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 253-2001-RE Lima, 11 de junio de 2001 VISTO: El Oficio Nº 189-2001-PE/DM, de 22 de mayo de 2001, del Ministerio de Pesquería, en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la elaboración de la Resolución Suprema que autorice el segundo pago par- cial de la cuota del año 2001 a la Organización Latinoa- mericana de Desarrollo Pesquero (OLDEPESCA); CONSIDERANDO: Que, el numeral 17.3 del Artículo 17º del Decreto Legisla- tivo Nº 909, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, autoriza a las entidades del sector público a pagar, con cargo a sus respectivos presupues- tos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos inter- nacionales de los cuales el Perú es país miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de mane- ra que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación de asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el segundo pago parcial de la cuota del año 2001 al mencio- nado organismo internacional, con cargo al presupues- to del Ministerio de Pesquería; Estando a lo acordado;