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Pág. 204490 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de junio de 2001 mo Nº 03-94-SA - Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, puede ser temporal (de 10 a 25 años) o perpetuo. Que, por los hechos enunciados, la Contraloría Gene- ral de la República ha determinado que existe responsa- bilidad administrativa en los señores ex Directores Car- lota Vera Ramos, Graciela Morris Abarca y Alfonso Valle- jo Días, representantes de la Municipalidad de La Molina ante la firma COAPSA del período 1992 a 1995, quienes incumplieron las facultades conferidas en las Resolucio- nes Nºs. 0947-MDLM-A-90 de 28.Nov.90, 0411-93 del 22.Abr.93 y 1511-94 de 12.Dic.94, así como lo establecido en el inciso b) Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remu- neración del Sector Público" que señala que es obligación del Servidor Público salvaguardar los intereses del Esta- do y emplear austeramente los recursos públicos; Que, mediante el informe señalado en el exordio, la citada Comisión ha recomendado instaurar proceso admi- nistrativo disciplinario a los señores Carlota Vera Ramos, ex Directora de Infraestructura Urbana, Graciela Morris Abarca, ex Directora Municipal y Alfonso Vallejo Días, ex Director Municipal, por los fundamentos expuestos dando lugar a la falta disciplinaria contemplada en el inciso d) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, en consecuencia es necesa- rio emitir la Resolución correspondiente; Estando al mérito de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por los Artículos 2º y 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y el Artículo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR PROCESO ADMI- NISTRATIVO DISCIPLINARIO a los ex funcionarios, señores CARLOTA VERA RAMOS, GRACIELA MORRIS ABARCA y ALFONSO VALLEJO DIAS, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los ex funcionarios referidos en el Artículo Primero, deberán presentar sus descargos en un plazo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, de confor- midad a lo establecido en los Artículos 167º, 168º y 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Comisión Espe- cial de Procesos Administrativos Disciplinarios designa- da por Resolución de Alcaldía Nº 336-2000 el cumplimien- to de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 25286 MUNICIPALIDAD DE LINCE FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 037-2001-MDL Mediante Oficio Nº 205-2001-MDL-SG la Municipali- dad Distrital de Lince solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 037-2001-MDL, publicado en nues- tra edición del día 7 de junio de 2001, en la página 204082. DICE: Artículo 5º.- La inscripción de los candidatos será del 4 al 8 de junio hasta las 16.30 horas, en la División de Promoción Social. DEBE DECIR: Artículo 5º.- La inscripción de candidatos será en la oportunidad que establezca la Resolución de Alcaldía de Convocatoria a elecciones.DICE: Artículo 8º.- Las tachas podrán ser presentadas los días 12 y 13 de junio hasta las 16.30 horas, y deberán ser resueltas en el día 15 de junio. DEBE DECIR: Artículo 8º.- Las tachas podrán ser presentadas y absueltas en la oportunidad que establezca la Resolución de Alcaldía de Convocatoria a elecciones. DICE: Artículo 9º.- b) Presentar un recurso escrito al Presi- dente del Comité Electoral hasta el día 13 de junio hasta las 16.30 horas ... DEBE DECIR: Artículo 9º.- b) Presentar un recurso escrito al Presi- dente del Comité Electoral hasta la fecha que se esta- blezca en la Resolución de Alcaldía de Convocatoria a elecciones ... DICE: Artículo 11º.- "... publicado sus nombres en lugares visibles de los locales Municipales el día 18 de junio a las 12.00 horas." DEBE DECIR: Artículo 11º.- "... publicado sus nombres en lugares visibles de los locales Municipales." 25338 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 035-MSI Mediante Oficio Nº 524-2001-SG/MSI, la Municipali- dad de San Isidro solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 035-MSI, publicada en nuestra edición del día 14 de junio de 2001, en la página 204435. DICE: "Artículo Tercero.- La Administración Tributaria publi- cará en la página web de la Municipalidad Distrital de San Isidro, cuya dirección es Av. Los Incas Nº 270, El Olivar - San Isidro, la relación de deudas tributarias comprendidas en los alcances de lo señalado en los artículos precedentes, relación que también podrá ser consultada en las oficinas de la Dirección de Rentas de la Municipalidad. La fecha de extinción de las deudas tributarias antes mencionadas será la de incorporación en la mencionada página web; no siendo necesario que la Administración realice notificación adicional de la resolución correspon- diente. DEBE DECIR: "Artículo Tercero.- La Administración Tributaria pu- blicará en la página web de la Municipalidad Distrital de San Isidro, cuya dirección es http://www.infoweb.com/ sanisidro , la relación de deudas tributarias comprendi- das en los alcances de lo señalado en los artículos prece- dentes, relación que también podrá ser consultada en las oficinas de la Dirección de Rentas de la Municipalidad. La fecha de extinción de las deudas tributarias antes mencionadas será la de incorporación en la mencionada página web; no siendo necesario que la Administración realice notificación adicional de la resolución correspon- diente. 25363