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Pág. 204475 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de junio de 2001 De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013- 93-TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 024-98- MTC; 002-99-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE RADIODI- FUSIÓN S.A., la operación de una estación retransmiso- ra del servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF, ubicada en el distrito de Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de Lima, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Banda III Video: 199.25 MHz Audio: 203.75 MHz Canal :11 Indicativo :OAS-4D-TV Potencia :Video: 100w Audio: 10 w Emisión :Video: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de la Planta Retransmisora :Cerro San Pedro, distrito de Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de Lima. Coordenadas: L.O. 77° 44' 09" L.S. 10° 47' 44" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente incluye el período de insta- lación y prueba de doce (12) meses otorgado por la Reso- lución Ministerial Nº 463-96-MTC/15.17, por tanto ven- cerá el 11 de setiembre de 2006. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender la correspon- diente licencia de operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 25234 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Cusco-Arequipa RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 523-2001-MTC/15.18 Lima, 2 de mayo de 2001 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 2001- 000847, 2001-000847-A, 016864 y 2001-000847-B de fe- chas 24 de enero, 27 de febrero y 6 de abril del 2001, organizado sobre nueva concesión de ruta: Cusco-Arequi- pa y viceversa, solicitado por la empresa TRANSPORTES CROMOTEX S.A.C., Informe Técnico Nº 322-2001-MTC/ 15.18.04.1 y Memorándum Nº 1246-2001-MTC/15.18.04 de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa TRANSPORTES CROMOTEX S.A.C, mediante los expedientes indicados en Vistos, solicita el otorgamiento de nueva concesión de ruta:Cusco-Arequipa y viceversa, al amparo de lo estable- cido en el Reglamento del Servicio Público de Trans- porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Ca- rretera en Ómnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional ha revisado la docu- mentación presentada según Informe Técnico Nº 322- 2001-MTC/15.18.04.1 concluyendo que la referida em- presa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones Vivienda y Construcción aprobado por Decreto Supremo Nº 029- 2000-MTC; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transpor- te de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum Nº 1246-2001-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 596-2001-MTC/15.18.01 ambas de- pendencias de la Dirección General de Circulación Te- rrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción aprobado por Decreto Supremo Nº 029- 2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Orgánica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de la empresa TRANS- PORTES CROMOTEX S.A.C. la nueva concesión de ruta: Cusco-Arequipa y viceversa, para prestar servicio públi- co de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en ómnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :CUSCO - AREQUIPA y viceversa ORIGEN :CUSCO DESTINO :AREQUIPA ITINERARIO :SICUANI-JULIACA-PUNO ESCALA COMERCIAL :SICUANI-JULIACA-PUNO FRECUENCIAS :Dos (2) diarias en cada extremo de ruta FLOTA VEHICULAR :Cinco (5) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Cuatro (4) ómnibus: UH-3968 (1995), UH-4779 (1999), UO-9058 (1996) y UO-6706 (1995) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UH-2759 (1991) HORARIOS :Salidas del Cusco: 07.30 y 16.30 horas Salidas de Arequipa: 07.00 y 16.30 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas con rela- ción al año de fabricación de los vehículos antes mencio- nados. Segundo.- La presente resolución deberá ser publica- da por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguiente a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Resolu- ción a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. OSCAR MORENO ARAUJO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 23151