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Pág. 204942 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de junio de 2001 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Declaran nulidad de proceso de adjudi- cación directa selectiva para la construc- ción y equipamiento de semáforos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 146-2001-DM-MSS Santiago de Surco, 12 de junio de 2001 EL DIRECTOR MUNICIPAL VISTO: El Informe Nº 926-2001-OAJ-MSS del 11.6.2001 de la Oficina de Asesoría Jurídica respecto a la nulidad del proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 015-2001-CE- MSS para la Construcción y Equipamiento de Semáforos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 119-2001- DM-MSS del 7.5.2001 se aprueban las Bases Adminis- trativas y la Convocatoria mediante Adjudicación Di- recta Selectiva Nº 015-2001-DDU-MSS de la Obra Pú- blica Construcción y Equipamiento de Semáforos; Que, de acuerdo al cronograma del proceso en mención, aprobado mediante Acta del Comité Especial de fecha 11.5.2001, el Comité no cumplió con el requisito de notificar a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME, encargada de dar publicidad a dicha convo- catoria entre las pequeñas y microempresas; Que, el Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM en su Artículo 26º establece que el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por alguna de las causales establecidas en el Artículo 57º de la Ley, hasta antes de la celebración del contrato, siendo que en el presente caso se ha inobservado la forma prescrita por la normatividad aplicable que exige notificar a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME para que ejercite la publicidad de dicha convocatoria de las pequeñas y microempresas; Estando a lo expuesto y a lo preceptuado en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y el Informe Nº 926-2001-OAJ-MSS de la Oficina de Asesoría Jurídica del 11.6.2001; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarando la nulidad del proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 015-2001-CE-MSS - Construcción y Equipamiento de Semáforos, (Av. Circunva- lación - El Golf con Av. Golf - Los Incas, Av. Golf - Los Incas con Av. Raúl Ferrero y Av. Primavera con Av. Caminos del Inca) por los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.- Llamar la atención a los miem- bros del Comité Especial Permanente por las faltas incu- rridas en la tramitación del proceso antes señalado. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS A. ROBLES RECAVARREN Director Municipal 25807 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA Declaran en estado de urgencia el servi- cio de limpieza pública en la ciudad de Ica ACUERDO DE CONCEJO Nº 059-2001-ACM-MPI Ica, 20 de junio de 2001EL CONCEJO MUNICIPAL DE ICA VISTO; en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 20 de junio del 2001, sobre que se declare en estado de URGENCIA el servicio de Limpieza Pública en la ciudad de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades son los Órga- nos de Gobierno Local y como tales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 030-2001- ACM-MPI, de fecha 7 de mayo del 2001, se acordó autorizar a la Administración Municipal, convocar a Licitación Pública Nacional, para que se otorgue en concesión el Servicio de Limpieza Pública a la Empresa Privada; nombrándose a los Comités de Recepción de Propuestas y de Adjudicación de Concesiones, garanti- zándose la estabilidad laboral de todo el personal Obre- ro que actualmente viene laborando en el área de Servicio de Limpieza Pública, de acuerdo a Ley, cuyo proceso de concesión será aprobado por el Pleno del Concejo; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 493-2001- AMPI, de fecha 29 de mayo del 2001, se designa al Comité Especial para la Licitación Pública Especial Nº 01-2001-MPI, para la concesión del Servicio de Limpie- za de la ciudad de Ica, integrado por el Director de Administración, Director de Servicios Urbanos y el Jefe de Abastecimientos; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 563-2001- AMPI, de fecha 12 de junio del 2001, se aprobó las bases elaboradas por el Comité Especial designado para el proceso de Concesión de Limpieza Pública de la ciudad de Ica; Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 14-6-2001, se ratificó las Resoluciones precedentemen- te citadas; así como dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 040-2001-CM-MPI, de fecha 25 de mayo del 2001; Que, visto el Informe Técnico Nº 007-2001-DSC-MPI de fecha 9-5-2001 de la Dirección de Servicios Comuna- les, así como el Informe Legal Nº 332-2001-AJ-MPI, de fecha 20-6-2001 de la Dirección de Asesoría Jurídica; por el que se hace necesario que se declare en estado de Urgencia el Servicio de Limpieza Pública de la ciudad de Ica; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; con el voto Unánime de los Sres. Regidores presentes; y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Primero.- Declarar en Estado de Urgencia el Area de Limpieza Pública en la ciudad de Ica, por las considera- ciones precedentemente expuestas, de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordante con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, aprobatoria del Reglamen- to de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Segundo.- Exonerar por la Situación de Urgencia del Area de Limpieza Pública de la ciudad de Ica, del Proceso de Selección, autorizando al Titular del Pliego para que bajo los parámetros de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado proceda a hacer la Contratación de la Empresa que se encargará del Ser- vicio de Limpieza Pública en la ciudad de Ica, en tanto dure el Proceso de Concesión ya convocado. Tercero.- Comunicar el presente Acuerdo a la Contraloría General de la República, para los fines pertinentes y publíquese en el Diario Oficial El Pe- ruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR ANTONIO MIRANDA CORREA Alcalde 25808