Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2001 (22/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de junio de 2001

SUNASS
Autorizan a EMAPA CANETE S.A. efectuar reajuste tarifario diferenciado por localidad, categoria de usuario y rangos de consumo
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 031-2001-SUNASS/CD MORDAZA, 18 de junio del 2001 VISTOS: La Carta Nº 001-2001-EMAPA CANETE S.A./PD, de fecha 2 de MORDAZA del 2001 mediante el cual la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Canete Sociedad Anonima - EMAPA CANETE S.A., solicita un reajuste en sus tarifas vigentes para cubrir sus costos y gastos desembolsables y compensar los menores ingresos que obtendra por efecto de la aplicacion de la Resolucion de Superintendencia Nº 1200-99-SUNASS, que dispone el Reordenamiento Tarifario en su MORDAZA etapa para la referida EPS; El Informe Nº 061-2001-SUNASS-110 del 6.6.2001, en el que se evalua el sustento tecnico de la solicitud de reajuste tarifario de la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 240-2000-SUNASS se amplia el plazo de la etapa preparatoria del sistema tarifario, autorizando a las EPS a solicitar un reajuste en sus tarifas; Que, la empresa EMAPA CANETE S.A. ha solicitado un reajuste tarifario, para lo cual ha observado el procedimiento y adjunta los documentos a que se refiere la Resolucion Nº 150-99-SUNASS; Que, al ser evaluada la solicitud de la empresa EMAPA CANETE S.A., se concluye que es procedente autorizar un reajuste tarifario diferenciado por localidades, categorias de usuarios y rangos de consumo en las tarifas de agua potable que cobra EMAPA CANETE S.A., dado que la empresa debe compensar la reduccion de sus ingresos por efecto de la aplicacion de la MORDAZA etapa del reordenamiento tarifario, asi como atender sus obligaciones prioritarias de costos y gastos desembolsables, las financieras y las inversiones con recursos propios que permitan alcanzar las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestion Empresarial; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en la Sesion Nº 10-2001 de fecha 15 de junio del 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa EMAPA CANETE S.A., a efectuar un reajuste tarifario diferenciado por localidad, categoria de usuario y rangos de consumo, conforme a los niveles maximos que figuran en el Anexo Nº 1 de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Establecer que la autorizacion a que se refiere el articulo anterior debera ser aplicada a la estructura tarifaria aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1200-99-SUNASS para la empresa EMAPA CANETE S.A., correspondiente a la MORDAZA etapa del reordenamiento tarifario. Articulo 3º.- Aprobar las Metas de Calidad del Servicio y la Gestion Empresarial MORDAZA 2001 a Junio 2002 de EMAPA CANETE S.A., las mismas que figuran en el Anexo Nº 2. Articulo 4º.- La autorizacion concedida para el incremento de tarifas quedara sin efecto si, en el transcurso de los treinta (30) dias calendario siguiente a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, EMAPA CANETE S.A. no procediera a la correspondiente aprobacion del mencionado incremento tarifario. Esta situacion no exime a la EPS del cumplimiento de las Metas a que se refiere el Articulo 3º de esta Resolucion. Articulo 5º.- MORDAZA de su aplicacion, las tarifas deberan ser aprobadas por la Junta General de Accionistas y publicadas en el diario o semanario encargado

de la insercion de los avisos judiciales de la MORDAZA donde opera la empresa, entrando en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 6º.- El monto incluido en el calculo tarifario por concepto de inversion con recursos propios se constituira en un fondo intangible que no podra ser utilizado para otros fines, debiendo EMAPA CANETE S.A. destinar mensualmente un 14.6% de los ingresos para la formacion progresiva del Fondo Intangible MORDAZA indicado. Articulo 7º.-. Dicho fondo podra ser utilizado en casos fortuitos o de fuerza mayor debidamente sustentado, con cargo a reponer el monto utilizado en el mas breve plazo, con conocimiento de la SUNASS. Articulo 8º.-. Celebrar un Convenio de Gestion con EMAPA CANETE S.A., a fin de lograr se cumplan con las metas aprobadas en la presente resolucion, el mismo que sera suscrito por el Gerente General de la SUNASS. Articulo 9º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OLIVEROS MORDAZA Presidente del Consejo Directivo ANEXO N° 1 EPS EMAPA CANETE S.A. Estructura Tarifaria para el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado
A.- Servicio de agua potable 1.- Localidades de Cerro MORDAZA, San MORDAZA, Imperial, Mala, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, San MORDAZA y Lunahuana
Rangos Cerro MORDAZA San MORDAZA, San MORDAZA Lunahuana MORDAZA de Consumo Imperial, Mala, m3/mes San MORDAZA, y MORDAZA Tarifas Tarifas Tarifas Tarifas Tarifas S/./m3 S/./m3 S/./m3 S/./m3 S/./m3 Domestica 0 a 20 0.420 0.581 0.442 0.316 0.505 21 a mas 0.668 0.929 0.703 0.607 0.920 Comercial 0 a 30 0.709 0.791 0.598 0.529 0.726 31 a mas 1.111 1.411 1.186 0.968 1.331 Industrial 0 a 100 0.797 1.057 0.832 0.726 1.016 101 a mas 1.476 1.863 1.573 1.331 1.863 Social 0 a 60 0.315 0.318 0.260 0.237 0.318 61 a mas 0.581 0.581 0.620 0.436 0.581 Categoria

2.- Localidad de Quilmana
Categoria Rangos de Consumo m3/mes 0 a 20 21 a mas 0 a 20 21 a mas Tarifas S/./m3 0.281 0.515 0.313 0.615

Domestica Comercial

3.- Localidad de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA
Categoria Rangos de Consumo m3/mes 0 a 20 21 a mas 0 a 20 21 a mas 0 a 50 51 a mas Tarifas S/./m3 0.420 0.781 0.509 0.999 0.380 0.730

Domestica Comercial Social

B.- Cargo por el servicio de alcantarillado Localidades de Cerro MORDAZA, Quilmana y MORDAZA MORDAZA de Flores: Equivale al 60% del importe a facturar por el servicio de agua potable. Localidades de San MORDAZA, Imperial, Mala, San MORDAZA, San MORDAZA, Lunahuana, MORDAZA y Chilca: Equivale al 50% del importe a facturar por el servicio de agua potable.

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