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Pág. 204959 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de junio de 2001 Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 diciembre 1987, Decreto Supremo Nº 041-DE/SG de fecha 15 diciembre 1989, Decreto Supremo Nº 099-90-PCM de fecha 8 agosto 1990, Decreto Supremo Nº 049-91-EF de fecha 15 marzo 1991, Resolución Ministerial Nº 104-96-MTC de fecha 19 marzo 1996, Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM de fecha 27 abril 2001 y Ley Nº 27427; Que, el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 048- 2001-PCM de fecha 27 abril 2001, norma que los funcio- narios y servidores públicos que realicen viajes al exte- rior deberán sustentar con documentos hasta por lo menos el 80% del gasto realizado, de otro lado, establece que el 20% restante podrá sustentarse mediante Declara- ción Jurada, asimismo, dispone que el saldo restante será devuelto por el funcionario o servidor a la entidad pública correspondiente, por otra parte, el Artículo 9º del citado dispositivo establece que es obligación del funcionario o servidor público presentar un Informe de sus acciones, así como entregar una rendición de cuen- tas de los gastos realizados, finalmente, establece que dicho informe deberá efectuarse aun en caso de no realizarse el viaje; Estando a lo propuesto por el Director de Adminis- tración de Personal, a lo recomendado por el Director General de Personal de la Marina, a lo opinado por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: 1.- Autorizar el viaje en Comisión del Servicio en el Extranjero al Capitán de Navío SGC. Carlos Atilio LEMA Osores CIP. 03737226, para que viaje a la ciudad de Hong Kong - CHINA, a partir del 12 al 21 junio 2001, a fin de que participe en la 15ava. Reunión del Consejo de COSPAS-SARSAT, a realizarse en dicho país. 2.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la Misión Oficial, sin exceder el período total establecido en el Artículo 1º de la presente Resolución. 3.- El Ministerio de Defensa (Marina de Guerra del Perú), a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, efectuará por dicho concepto el pago de: CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 96/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 4,782.96), de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: US$ 1,772.36 + Imp. USA 85.20 x 1 Ofic. Sup. :US$ 1,857.56 Dólares Equipajes: US$ 1,502.00 x 20% :US$ 300.40 Dólares Indemnización de Viaje: US$ 260.00 x 10 días x 1 Ofic. Sup. :US$ 2,600.00 Dólares Impuesto al Viaje: US$ 25.00 x 1 Persona (Perú) :US$ 25.00 Dólares ============= Total del gasto :US$ 4,782.96 Dólares 4.- El citado Oficial Superior deberá presentar el Informe escrito y rendición de cuenta documentada, de conformidad a lo establecido en los Artículos 5º y 9º del Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM de fecha 27 abril 2001. 5.- La presente Resolución no otorga derecho a liberación o exoneración de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República WALTER LEDESMA REBAZA Ministro de Defensa 25791Autorizan a oficiales de la Marina de Guerra participar en viajes de instruc- ción que se realizarán a bordo de bu- ques escuela de Chile y Brasil RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 494-DE/MGP Lima, 13 de junio de 2001 Visto el Oficio N.100-1124 del Director de Instruc- ción, de fecha 28.mayo.2001, mediante el cual reco- mienda la designación del Alférez de Fragata Samuel Isaac NAMIHAS Castro, CIP. 00904661, para que par- ticipe en el Viaje de Instrucción a bordo del Buque Escuela "ESMERALDA" de la Armada de Chile, a llevarse a cabo del 1 julio 2001 al 4 febrero 2002, siendo el embarco en Valparaíso, CHILE; CONSIDERANDO: Que, la Armada de Chile, ha formulado una invita- ción para que un Oficial Subalterno de la Marina de Guerra del Perú, egresado de la última promoción de Oficiales, participe en el Viaje de Instrucción a bordo del Buque Escuela "ESMERALDA", en pro de fortalecer los tradicionales vínculos de amistad entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada de Chile; Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 05-87- DE/SG de fecha 4 diciembre 1987, modificado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 008-DE/SG de fecha 4 febrero 1992, norma los conceptos que se abona al Personal Militar de las Fuerzas Armadas que viaja al extranjero en Misión de Estudios o como Instructor; Que, el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM de fecha 27 abril 2001, norma que los funcionarios y servidores públicos que realicen viajes al exterior deberán sustentar con documentos no menos del 80% del gasto realizado, pudiendo el 20% restante sustentarse median- te Declaración Jurada; y que el saldo restante será devuel- to por el funcionario o servidor a la entidad pública correspondiente. Asimismo que el Artículo 9º del citado dispositivo, establece que es obligación del funcionario o servidor público presentar un informe de sus acciones y entregar la rendición de cuentas acción que deberá efec- tuarse igualmente en caso de no realizarse el viaje; Que, el Artículo 41º del Decreto Legislativo Nº 752 de fecha 8.noviembre.1991, Ley de Situación Militar de los Oficiales del Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea, señala el tiempo compensatorio que deben ser- vir los Oficiales que reciban instrucción de perfecciona- miento en el extranjero; y, Estando a lo dispuesto por el señor Almirante Coman- dante General de la Marina y a lo acordado con el señor General EP. Ministro de Estado en la Cartera de Defensa; SE RESUELVE: 1.- Autorizar el viaje en Misión de Estudios en el Extranjero al Alférez de Fragata Samuel Isaac NAMIHAS Castro, CIP. 00904661, para que participe en el Viaje de Instrucción a bordo del Buque Escuela "ESMERALDA" de la Armada de Chile, a llevarse a cabo del 1. julio.2001 al 4.febrero.2002, siendo el embarco en Valparaíso, CHILE. 2.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y/o término de la Misión Oficial, sin exceder el período de tiempo total establecido en el Artículo 1º de la presente Resolución. 3.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará por dicho concepto el pago de NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTISEIS Y 26/100 DOLARES AME- RICANOS (US$ 9,526.26), de acuerdo al siguiente detalle: -Pasajes: Lima - VALPARAISO (CHILE) - Lima US$ 877.92 x 1 Oficial Subalterno US$ 877.92 -Equipajes (50% del valor total del pasaje neto) US$ 744.00 x 50% US$ 372.00