Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2001 (24/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, MORDAZA 24 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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ORDENANZA Articulo 1º.- Aplicar para el ejercicio 2001 la vigencia de las Ordenanzas Nº 009-2000-MDR y Nº 029-MDR que aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital del Rimac. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Municipal y a la Oficina de Planificacion y Presupuesto el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 25885

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Disponen tener por cumplidas obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION Nº 375-2001-RASS EXPEDIENTE Nº 002800-2000.2 MORDAZA de MORDAZA, 14 de junio de 2001 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Recurso de Reconsideracion formulado por la Inmobiliaria "El Pelicano" S.A. contra la Resolucion Nº 223-2001-RASS de fecha 19 de marzo del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Nº 223-2001-RASS se dispone la Inhibicion de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA en el procedimiento de Recepcion de Obras del terreno constituido por el Lote "D" del ex Fundo de La Talana, iniciado por Inmobiliaria "El Pelicano" S.A. hasta que el Poder Judicial emita sentencia firme o ejecutoriada en el MORDAZA judicial de prescripcion adquisitiva, respecto a parte del area materia de recepcion de obras; Que, el presente recurso de reconsideracion cumple con las formalidades previstas en el Articulo 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, ha sido presentado dentro del plazo legal establecido en el Articulo 101º del acotado cuerpo legal y lo recaudan con pruebas instrumentales consistentes en las Resoluciones Nºs. 58 y 60 expedidas por el 49º Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA determinando que se cumpla lo ejecutoriado y dando por consignada la suma de S/. 2,800.00 Nuevos Soles por concepto de costas; respectivamente (fs. 171 y 173); Que, la impugnante esgrime como sustento que la sentencia emitida por el 49º Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA ha quedado consentida y ejecutoriada y como prueba de ello es el hecho de que la Clinica San MORDAZA de MORDAZA ha consignado a favor del demandado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivadeneyra, las costas y costos del MORDAZA civil en que fueron vencidos, adjuntando MORDAZA autenticada por fedatario de las Resoluciones Judiciales Nº 58 indicando que se cumpla lo ejecutoriado y se requiera al Hogar Clinica San MORDAZA de MORDAZA para que dentro del tercer dia de notificada cumpla con pagar la suma aprobada por concepto de costas, bajo apercibimiento de ejecucion forzosa (fs. 171) y Nº 60 autenticada por fedatario dando por consignado el Certificado de Deposito del Banco de la Nacion Nº 2001422200199, por la suma de S/. 2,800.00 Nuevos Soles (fs. 173); acompana tambien copias de Cedulas de Notificacion Judicial

autenticadas por fedatario en las que constan las citadas Resoluciones Judiciales (fs. 172 y 175); Que, con las pruebas instrumentales presentadas por la Inmobiliaria "El Pelicano" S.A. y detalladas en el considerando precedente, resulta evidente que la sentencia recaida en el MORDAZA judicial de prescripcion adquisitiva respecto al area materia de Recepcion de Obras ha quedado consentida; consecuentemente legalmente es factible dar tramite a lo solicitado por la recurrente; Que, la Subdireccion de Obras Privadas ha emitido el Informe Nº 260-2000-SDOP-DDU-MSS (fs. 138 a 141) concluyendo que efectuada la correspondiente inspeccion ocular al terreno constituido por el Lote "D" del ex Fundo La Talana, con un area total de 10,800.00 m2, es tecnicamente conforme. Se debe considerar a la Inmobiliaria "El Pelicano" S.A. como titular del MORDAZA de habilitacion MORDAZA de dicha area, al haberla adquirido de sus anteriores propietarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivadeneyra y esposa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Naranjo de MORDAZA MORDAZA (Ficha Nº 1325080 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, obrante a fs. 27 y 28), considerando la habilitacion de MORDAZA Progresivo y declararse cumplidas las obras de conformidad con el Plano signado con el Nº 056-2000-MSS-DDU-SDOP del Lote Unico para Uso de Vivienda Taller II - R4; De conformidad con la normatividad contenida en la Ley Nº 26878, su modificatoria Ley Nº 27153, TUO del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Ordenanza Nº 09-99-MSS y facultad expresa prevista en el Articulo 47º, inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Considerar a Inmobiliaria "El Pelicano" S.A. como la titular de la Habilitacion MORDAZA del terreno de 10,800.00 m2 (DIEZ MIL OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS), constituido por el Lote "D" del ex Fundo La Talana, ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; por estar probada su condicion de propietaria de dicho inmueble. Articulo Segundo.- Considerar de MORDAZA Progresivo a la presente Habilitacion MORDAZA, dejandose pendiente de ejecucion las obras de pavimentacion de aceras, bermas y calzada de la MORDAZA "Parque Alto"; las aceras y bermas de la MORDAZA "A" y "Las Palmas", para ser cumplidas por la Inmobiliaria "El Pelicano" S.A. en un plazo MORDAZA de (diez) 10 anos contados a partir de notificada con la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Tener por cumplidas las Obras de Habilitacion MORDAZA ejecutadas por Inmobiliaria "El Pelicano" S.A. de conformidad con el Plano Nº 0562000-MSS-DDU-SDOP, del Lote Unico para Uso de Vivienda Taller II - R4, del terreno de 10,800.00 m2 (DIEZ MIL OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS), de area bruta, constituido por el Lote "D" del ex Fundo La Talana, ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA y en consecuencia se autoriza la libre adjudicacion del Lote Unico del area util de 9,531.80 m2 (NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTIUN METROS CUADRADOS CON OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS) que se recepciona, de conformidad con el Cuadro de Areas siguiente: CUADRO DE AREAS Area Total Bruta Area Util de Lote Unico Areas de Vias Publicas Areas de Aportes: Recreacion Publica 10,800.00 m2 9,531.80 m2 1,268.20 m2

1,188.00 m2 (se ha redimido en dinero) Ministerio de Educacion 216.00 m2 (se ha redimido en dinero)

Articulo Cuarto.- Inmobiliaria "El Pelicano" S.A. en el Contrato de Adjudicacion debera insertar una clausula que establezca la indivisibilidad del Lote Unico, el cual estara destinado a Uso de Vivienda Taller II - R4.

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