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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (24/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 205050 NORMAS LEGALES Lima, domingo 24 de junio de 2001 FLOTA VEHICULAR :Cuatro ómnibus FLOTA OPERATIVA :Tres ómnibus: UC-2246 (1995), UC-2021 (1994) y VG-1728 (1995) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus: UP-3186 (1994). HORARIOS :Salidas de Chiclayo: A las 10.00 a.m. y 09.00 p.m.. Salidas de Bagua Chica: A las 10.00 a.m. y 09.00 p.m. Las Tarjetas de Circulación Vehicular serán expedi- das con relación al año de fabricación de los vehículos antes indicados. Artículo Segundo.- La presente Resolución Directo- ral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Artículo Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrroga- bles, contados a partir del día siguiente de la publica- ción de la presente resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Artículo Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 23153 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Chiclayo - Trujillo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 493-2001-MTC/15.18 Lima, 24 de abril de 2001 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 003418, 003418-A, 003418-B y 2000-003418-C de fechas 11 de diciembre del 2000, 11 y 24 de enero y 1 de febrero del 2001, organizados por la EMPRESA DE TRANS- PORTES GACELA E.I.R.L., sobre nueva concesión de ruta: Chiclayo - Trujillo y viceversa, Informe Técnico Nº 133-2001-MTC/15.18.04.1 y Memorándum Nº 645-2001- MTC/15.18.04 de la Dirección de Transporte de Pasaje- ros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES GACELA E.I.R.L., mediante los expedientes indicados en Vistos y al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, solicita nueva conce- sión de ruta: Chiclayo - Trujillo y viceversa; Que, la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Informe Técnico Nº 133-2001-MTC/15.18.04.1 concluye que la referida empresa ha cumplido con adjuntar los requisitos seña- lados en el Artículo 13º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, concordado con el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción aprobado por Decreto Supremo Nº 029- 2000-MTC, recomendando declarar procedente el pedi- do formulado; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memo-rándum Nº 645-2001-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 522-2001-MTC/15.18.01 ambas dependen- cias de esta Dirección General de Circulación Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 13º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05- 95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de la EMPRESA DE TRANSPORTES GACELA E.I.R.L., la concesión de ruta: Chiclayo - Trujillo y viceversa, para prestar servicio público de transporte terrestre interprovin- cial de pasajeros por carretera en ómnibus, por el período de diez (10) años, computados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a los términos siguientes: RUTA :CHICLAYO - TRUJILLO y viceversa ORIGEN :CHICLAYO DESTINO :TRUJILLO ITINERARIO :CHEPEN - GUADALUPE - PACASMA- YO - SAN PEDRO - PAIJÁN - CHOCOPE ESCALA COMERCIAL :CHEPEN FRECUENCIAS :Una (1) diaria en cada extremo de ruta FLOTA VEHICULAR :Dos (2) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Un (1) ómnibus UC-2178 (1989) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus UO-6990 (1986) HORARIOS :Salida de Chiclayo: A las 06.00 horas Salida de Trujillo: A las 11.00 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas en rela- ción al año de fabricación de los vehículos antes citados. Segundo.- La presente Resolución Directoral debe- rá ser publicada por la concesionaria, en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario improrrogables, conta- dos a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del Reglamento aproba- do por el Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacio- nal e Internacional. Regístrese y comuníquese. OSCAR MORENO ARAUJO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 22722 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban proyectos de trazado, lotiza- ción, pavimentación de calzadas y aceras correspondientes a habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito de La Molina RESOLUCIÓN Nº 280-2001-MML-DMDU Lima, 12 de junio de 2001