Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2001 (24/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 24 de junio de 2001

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable al producto cerveza, contenido en el MORDAZA Apendice IV de la Ley del IGV e ISC
DECRETO SUPREMO Nº 118-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Articulo 61º del Texto Unico Ordenado - TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, establece que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se podra modificar las tasas y/o montos fijos; asi como los bienes contenidos en los Apendices III y/o IV; Que es conveniente modificar el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los bienes contenidos en el MORDAZA Apendice IV; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 61º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; DECRETA: Articulo 1º.- Modificase el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los siguientes bienes contenidos en el MORDAZA Apendice IV del Texto Unico Ordenado TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, en la forma siguiente: PARTIDA ARANCELARIA 2203.00.00.00 PRODUCTO Cervezas MONTO EN NUEVOS SOLES S/. 1.45 por litro

Que, mediante documento de fecha 10 de MORDAZA de 2001, el Secretario General de la Asociacion de Television Educativa Iberoamericana (ATEI), ha comunicado al Ministro de Educacion la realizacion de la reunion tecnica "Encuentro Television Educativa Iberoamericana, siglo 21", la misma que se llevara a cabo en la MORDAZA de Murcia, Espana, los dias 27 y 28 de junio de 2001; Que, en la mencionada reunion tecnica se pondra en consideracion la formulacion de la propuesta de reconversion tecnica y economica realizada por el Programa de Television Educativa Iberoamericana (TEIB), en base a un replanteamiento de la estructura y organizacion de dicho Programa preparado por las instancias ejecutivas de su organismo gestor con la colaboracion de la Secretaria de Cooperacion Iberoamericana (SECIB); Que, de acuerdo al documento referido en el primer considerando y a la Ayuda Memoria Nº 060-OCI-2001, de la Oficina de Cooperacion Internacional, los gastos de alimentacion y hospedaje seran sufragados por la Asociacion de Television Educativa Iberoamericana (ATEI), por lo que los gastos de pasaje y tarifa CORPAC seran asumidos por el Ministerio de Educacion; Que, para tal efecto se designa al licenciado MORDAZA Patino MORDAZA, Presidente de la Comision del Plan Piloto del Proyecto de Educacion a Distancia del Ministerio de Educacion, por lo que resulta necesario autorizar su viaje; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 048-2001-PCM y 0532001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del licenciado MORDAZA Patino MORDAZA, Presidente de la Comision del Plan Piloto del Proyecto de Educacion a Distancia del Ministerio de Educacion, a la MORDAZA de Murcia, Espana, del 25 al 30 de junio de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos de pasajes y tarifa CORPAC, que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Educacion, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 626,04 Tarifa CORPAC US$ 25,00 Articulo 3º.- El Presidente de la Comision del Plan Piloto del Proyecto de Educacion a Distancia del Ministerio de Educacion, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar al Titular del Pliego, un informe detallado describiendo las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho de exoneracion o liberacion de impuestos y/o de derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominacion o clase a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion 25933

Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y entrara en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de junio del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 25929

EDUCACION

Autorizan viaje de Presidente de la ENERGIA Y MINAS Comision del Plan Piloto del Proyecto de Educacion a Distancia para partici- Autorizan viaje de funcionario de PEpar en evento sobre television educa- TROPERU S.A. a MORDAZA para particitiva, a realizarse en Espana par en evento sobre auditoria interna
RESOLUCION SUPREMA Nº 175-2001-ED MORDAZA, 22 de junio de 2001 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 271-2001-EM/VME MORDAZA, 20 de junio de 2001

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