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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (24/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 205052 NORMAS LEGALES Lima, domingo 24 de junio de 2001 Artículo Tercero.- DÉJESE, como carga inscribi- ble en la Oficina Registral de Lima y Callao, el pago pendiente por los Déficit de Aportes para Recreación Pública de 104.56 m2 y para el Ministerio de Educación de 26.14 m2 hasta que los órganos de control de dichos servicios lo dispongan, debiendo los mismos ser cance- lados previo al otorgamiento de la Resolución de Recep- ción de Obras, quedando el Lote Unico en garantía de pago por dichos aportes. Artículo Cuarto.- CONSIDERAR, con construc- ción simultánea el proceso de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media R3 del terreno de 1,307.00 m2 ubicado en la falda del cerro de San Francisco colindante con la urbanización La Capilla, del distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, debiendo gestionar ante la Municipalidad Distri- tal, la respectiva Licencia de Construcción. Artículo Quinto.- AUTORIZAR a la Municipali- dad Distrital de La Molina para que de conformidad con el Reglamento Nacional de Construcciones otorgue a Segundo Peche Santillán la respectiva Licencia de Construcción sobre el área útil de vivienda. Artículo Sexto.- DISPONER que las edificaciones que en virtud de esta autorización se construyan no podrán ser habilitadas, ni el Concejo Distrital respectivo, expedirá los Certificados de Conformidad de Obra de las mismas, mientras las Obras de Habilitación no se encuen- tren oficialmente recepcionadas por este Concejo. Artículo Séptimo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Octavo.- TRANSCRIBIR, la presente Re- solución a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción, al Servicio de Administración Tributaria (SAT), a la Dirección Municipal de Fiscalización y Control y a la Municipalidad Distrital de La Molina, para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. CARLOS BRINGAS CONSTANTINI Director Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 25827 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Disponen el embanderamiento gene- ral del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 06-2001-DA/MDB Breña, 13 de junio del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA CONSIDERANDO: Que, el 15 de julio del 2001 se celebra el Quincua- gésimo Segundo Aniversario de Creación Política del distrito de Breña, establecido por Decreto Ley Nº 11059 de fecha 15 de julio de 1949; Que, el 28 de julio del 2001, se celebra el Centésimo Octogésimo Aniversario de la Independencia del Perú; Que, habiéndose programado una serie de activi- dades que requieren de la participación del vecindario breñense, corresponde una manifestación tradicional de identificación patriótica el cumplir con embandera- miento y la limpieza y/o pintado de las fachadas en general de los inmuebles del distrito; Estando al mérito de lo expuesto y en uso de las facultades que le confiere el Inc. 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853; Ley Orgánica de Municipalidades;SE DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDE- RAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE BRE- ÑA, desde el 1 al 30 de julio del 2001 en todos los inmuebles del distrito, con motivo de conmemorarse el Quincuagésimo Segundo Aniversario de Creación Política del distrito de Breña y el Centésimo Octogé- simo Aniversario de la Independencia del Perú, respectivamente. Artículo Segundo.- INVITAR a la población bre- ñense a participar y concurrir a los actos celebratorios de estas magnas fechas. Artículo Tercero.- Los vecinos que incumplan el presente Decreto, se harán pasibles de las sanciones establecidas en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas - CUISA de la Municipali- dad de Breña. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Seguridad Ciudadana el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, y a la Unidad de Imagen Institu- cional, su difusión y publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 25634 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Amplían plazo de vigencia de ordenan- zas que aprobaron el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA Nº 030-MDR Rímac, 15 de junio del 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC POR CUANTO: El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Sra. Teniente Alcaldesa, Eco. Rosa Olinda Liza Nunton, con la asis- tencia de los señores Regidores: William Castañeda Lozano, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparraguirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fer- nando Fuentes Galindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pintado de Tejada, Teófilo Silva Zava- leta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Hua- mán Lazo; Se trató como punto de agenda, el Memorándum Nº 154-2001-MDR/OPP emitido por la Oficina de Planifica- ción y Presupuesto sobre ampliación de la vigencia del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital del Rímac; CONSIDERANDO: Que, el D.L. Nº 757 "Ley Marco Para el Crecimien- to de la Inversión Privada", establece las pautas para la aprobación, modificación y actualización de los Textos Únicos de Procedimientos Administrati- vos; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo estipulado en el D.L. Nº 757 "Ley Marco Para el Creci- miento de la Inversión Privada", y por las competencias conferidas a los Gobiernos Locales en su respectiva Ley Orgánica, con el voto unánime de los miembros del Consejo y con dispensa de la aprobación del acta se aprueba lo siguiente: