Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2001 (25/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo MORDAZA, lunes 25 de junio de 2001

NORMAS LEGALES
ANO XIX - Nº 7673

http://www.editoraperu.com.pe
Pag. 205063

"ANO DE LA CONMEMORACION DE LOS 450 ANOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"

PCM
Prorrogan Estado de Emergencia declarado en diversos distritos de las provincias de MORDAZA, Morropon, Sullana, Sechura, Huancabamba, Ayabaca, Paita y Talara
DECRETO SUPREMO Nº 075-2001-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2001-PCM de fecha 27 de MORDAZA del ano 2001 se declaro en emergencia los distritos de MORDAZA, MORDAZA, Catacaos, Cura MORDAZA, El Tallan, Tambo Grande, Las MORDAZA, La MORDAZA, y La Union de la provincia de Piura; los distritos de Morropon, Chulucanas, La Matanza, San MORDAZA de Bigote, Salitral, Chalaco, Buenos Aires y MORDAZA MORDAZA de la provincia de Morropon; los distritos de MORDAZA MORDAZA, Bellavista, Marcavilca, Querocotillo, Lancones, Sullana, Salitral, MORDAZA Checa de la provincia de Sullana; los distritos de Sechura y Rinconada-Llicuar de la provincia de Sechura; los distritos de Canchaque, Huaranca, Huancabamba, MORDAZA de la Frontera (Sapalache), Sondor, Sondorillo, San MORDAZA de El Faique y Lalaquiz de la provincia de Huancabamba; los distritos de MORDAZA, Ayabaca, MORDAZA y Pacaipampa de la provincia de Ayabaca; los distritos de Paita, Amotape, Tamarindo y Vichayal de la provincia de Paita; los distritos de Los Organos, Mancora, Parinas, La MORDAZA, El Alto y Lobitos de la provincia de Talara del departamento de Piura; Que, el referido dispositivo otorgo por el plazo de sesenta (60) dias medidas extraordinarias, a fin de que con una actuacion inmediata y decidida se adopten acciones de emergencia y rehabilitacion, como consecuencia de las precipitaciones pluviales que produjeron deslizamientos, produciendo danos en la infraestructura vial, educativa, de riego y cultivos, pesquera y en los servicios publicos; Que, los Sectores involucrados en la emergencia y el Consejo Transitorio de Administracion Regional han dado a conocer la necesidad de un plazo mayor de las medidas consideradas en el Decreto Supremo Nº 0472001-PCM para ejecutar las acciones de emergencia que les permita resolver los problemas presentados y que demanden las infraestructuras afectadas asi como la ayuda oportuna de la poblacion; Que, pese a la inmediatez de las medidas ejecutadas, no se han logrado superar los problemas que obligaron a la toma de decision que contiene el dispositivo mencionado, por lo que se hace imprescindible prorrogar por un plazo adicional las medidas consideradas; Que, de acuerdo al Articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru corresponde al Poder Ejecutivo decretar el Estado de Emergencia estableciendo los plazos y medidas de caracter presupuestal a seguir para superar dicho estado; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica;

DECRETA: Articulo 1º.- Prorrogase por treinta (30) dias a partir del 27 de junio del presente ano el Estado de Emergencia declarado por Decreto Supremo Nº 047-2001-PCM. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de la Presidencia, el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de junio del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 25935

DEFENSA
Autorizan viaje de Agregado Militar de la Embajada del Peru en Espana en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 511-DE/EP/CP-JAPE 1.a MORDAZA, 19 de junio de 2001 Visto el Oficio Nº 33629 6b /03.13.13 del 29 de MORDAZA de 2001; del General de Brigada Director de Inteligencia en el que se comunica la autorizacion al General de Brigada Agregado Militar del Peru en Espana, para asistir a una visita de caracter oficial a la MORDAZA de Zaragoza. CONSIDERANDO: Que, con Hoja Informativa Nº 33607 6a/03.13.13 del 28 de MORDAZA de 2001, el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, autorizo al senor General de Brigada don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agregado Militar a la Embajada del Peru en Espana, para asistir a una visita de caracter oficial de los Agregados Castrenses a la MORDAZA de MORDAZA del 26 al 29 de MORDAZA de 2001; Que, el RFA - 550-10 "Reglamento de los Agregados Castrenses del Peru en el Extranjero" en el parrafo 20 a (1), establece que los viajes que el Agregado MORDAZA juzgue conveniente realizar para el mejor cumplimiento de su mision, se haran con el conocimiento del jefe de la Mision Diplomatica a la que pertenece, y en el parrafo 20 a (2), establece que estos viajes, cuando demanden gastos extras que deben ser reintegrados, deberan ser previa-

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