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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2001 (09/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

Pág. 199798 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de marzo de 2001 Generales y Mantenimiento requiriendo se amplíe la contratación del suministro de combustible para las uni- dades vehiculares de esta Corporación, declarados en Situación de Urgencia; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 1302-2000-RASS del 28.12.2000, se declaró en Situación de Urgencia los Sumi- nistros de Combustible, Gasolina, Petróleo Diesel D-2 y Gas Licuado de Petróleo por un período de 60 días a partir del 1.1.2001 mientras se lleva a cabo los procesos de Licitación Pública correspondientes; Que mediante los informes de visto exponen que el monto previsto de S/. 467,640.06 Nuevos Soles para la adquisición de Combustibles para la Municipalidad en cuanto al Petróleo Diesel D-2, se consumirá el 6.3.2001, la Gasolina de 84 Octanos el 3.3.2001, la Gasolina de 90 Octanos el 21.3.2001 y el Gas Licuado de Petróleo el 15.3.2001, solicitando se tomen las provisiones del caso a fin de no poner en riesgo la operatividad y funcionamiento de los vehículos de propiedad de la Corporación, más aún si los procesos de Licitación Pública Nº 01 y 02-2001-CE-MSS han programado el otorgamiento de la Buena Pro para el 16 de marzo, siempre y cuando no se declare desiertos dichos procesos en segunda convocatoria, dado cuenta que en primer convocatoria fueron declarados desiertos en fecha 16.1.2001 para el caso de los combustibles y el 23.1.2001 para el Gas Licuado de Petróleo; Que mediante Informe Nº 384-2001-OAJ-MSS del 5.3.2001 la Oficina de Asesoría Jurídica en concordancia con sus Infor- mes Nºs. 1892 y 1931-2000-OAJ-MSS sus fechas 15 y 21 de diciembre de 2000 respectivamente, opina que al amparo del Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 establece que el requerimiento solicitado por la Unidad de Servicios Generales y Mantenimiento y la Unidad de Logística, sea atendido como Situación de Urgencia, toda vez que su ausencia, comprometería en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial como es el normal funcionamiento de los vehículos de la Dirección de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Seguridad Ciudadana y demás áreas municipales; sin perjuicio de identificarse y sancionarse a los funcionarios responsables por esta falta de planificación y programación oportuna, por ser una necesidad eminentemen-te previsible de acuerdo a lo expuesto por el Oficio Nº 104-2001- CG/SC del 7.2.2001 remitido por la Contraloría General de la República; Con las visaciones de la Dirección Municipal, Oficinas de Administración y Finanzas, Asesoría Jurídica y las Unidades de Servicios Generales y Mantenimiento y de Logística; De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 19º literal c), 20º y 21º de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado Nº 26850 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgencia los Suministros de combustible de Gasolina y Petróleo D-2, y Combustible de Gas Licuado de Petróleo para las unidades vehiculares de esta Corporación a partir del 5 de marzo del 2001 por un período de 60 días y/o hasta la suscripción del contrato con el proveedor que obtenga la Buena Pro en el Proceso de Selección correspondiente, lo que ocurra primero. Artículo Segundo.- Autorizar al Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas como Organo Encargado para que proceda a contratar, mediante Proceso de Adju- dicación Directa de Menor Cuantía, los Suministros de Combustibles requeridos por las Unidades de Servicios Generales y Mantenimiento, y Logística. Artículo Tercero.- Encargar al Director Municipal para que adopte las medidas correctivas y disciplinarias contra los funcionarios responsables por la falta de plani- ficación y programación oportuna para la contratación de Suministro de Combustible para la Corporación. Artículo Cuarto.- Comunicar la presente Resolu- ción a la Comisión del Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Contraloría General de la República, y se publique en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 19634