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NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de marzo de 2001 Unidad de Contabilidad Juan Tineo Vásquez, Pedro Zapata Chávez y Percy Márquez León por la presunta comisión de faltas administrativas disciplinarias pre- vistas por el Artículo 28º incisos a) y b) del D. Leg. N° 276, concordante con el Artículo 21º inciso a) del acotado respecto a la Observación N° 1.6.2.; contra el ex Director de Asesoría Jurídica Dr. Gustavo Barran- tes Mejía por la presunta comisión de faltas adminis- trativas disciplinarias establecidas por el Artículo 28º incisos a), d) y f) del D. Leg. N° 276 respecto a la Observación N° 1.7.3; contra los ex Jefes de la Oficina de Contabilidad Juan Tineo Vásquez y Pedro Zapata Chávez por la presunta comisión de faltas adminis- trativas disciplinarias previstas por los incisos a), d) y f) del Artículo 28º del D. Leg. N° 276 respecto a la Observación N° 1.8.1; contra los ex Jefes de la Oficina de Contabilidad Juan Tineo Vásquez, Pedro Zapata Chávez y Percy Márquez León por la presunta comi- sión de faltas administrativas disciplinarias previs- tas por los incisos a), d) y f) del Artículo 28º del D. Leg. N° 276 respecto a la Observación N° 1.9.1; contra los ex Directores de Administración Danilo Armas Var- gas, Wilfredo Ruiz Baldarrago y José Oblitas Gallo por la presunta comisión de faltas administrativas disciplinarias previstas por los incisos a), d) y f) del Artículo 28º del D. Leg. N° 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa respecto a la Observación N° 2.3.2; contra los ex Jefes de la Unidad de Contabilidad Juan Tineo Vásquez, Percy Márquez León y Pedro Zapata Chávez por la presunta comisión de faltas administrativas disciplinarias previstas por el Artí- culo 28º incisos a) y d) del D. Leg. N° 276, concordante con el Artículo 21º inciso a) de la norma acotada, respecto a la Observación N° 2.4.3; contra los ex Secretarios Municipales Luis Antonio Ledesma Víl- chez, Víctor Raúl Pinto Geldres y Silvio Fabián Acosta Zamora por la presunta comisión de faltas adminis- trativas disciplinarias previstas por el Artículo 28º incisos a) y d) del D. Leg. N° 276, concordante con el Artículo 21º inciso a) del acotado, respecto a la Obser- vación N° 3.1. Que, asimismo, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios acordó por UNANIMI- DAD instaurar proceso administrativo disciplinario con- tra el ex Alcalde Luis Suárez Cáceres y el ex Director Municipal Jorge Klein Miranda por la presunta comisión de faltas administrativas disciplinarias previstas por los incisos a), d) y f) del Artículo 28º del D. Leg. N° 276, respecto a la Observación N° 4.1.4; contra el ex Alcalde Luis Suárez Cáceres y el ex Director Municipal Jorge Klein Miranda por la presunta comisión de faltas admi- nistrativas disciplinarias previstas por los incisos a), d) y f) del Artículo 28º del D. Leg. N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativas respecto a la Observación N° 4.2.1; contra los ex Directores de Desarrollo Urbano señores Ricardo Espinoza Guzmán y Julio Cesar Gutié- rrez Quintana por la presunta comisión de faltas admi- nistrativas disciplinarias previstas por los incisos a), d) y f) del Artículo 28º del D.Leg. N° 276 respecto a la Obser- vación N° 5.1.1; contra el ex Jefe de la Unidad de Abaste- cimiento Jaime Luna Victoria Andrade y del ex Director de Desarrollo Urbano Julio Cesar Gutiérrez Quintana, por la presunta comisión de faltas administrativas disci- plinarias previstas por los incisos a), d) y f) del Artículo 28º del D. Leg N° 276, respecto a la Observación N° 5.1.2; contra el ex Director de la Oficina de Asesoría Jurídica Gustavo Barrantes Mejía y el ex Director de Desarrollo Urbano Ing. Juan Toche Maynetto por la presunta comi- sión de faltas administrativas disciplinarias previstas por los incisos a), d) y f) del Artículo 28º del D. Leg. N° 276, respecto a la Observación N° 6.2.4; contra el ex Director de Asesoría Jurídica Gustavo Barrantes Mejía y el ex Alcalde Oscar Venegas Aramburú por la presunta comi- sión de faltas administrativas disciplinarias previstas por el Artículo 28º incisos a) y d) del D. Leg. N° 276 respecto a la Observación N° 6.2.9; finalizando la califica- ción del Informe Largo de Auditoría por el período termi- nado al 31 de diciembre de 1996, 1997 y 1998. Que, asimismo de la evaluación y análisis correspon- diente y estando al mérito de las observaciones, conclu- siones y recomendaciones del Informe Examen Especial de la Información Presupuestaria al 31 de diciembre de 1996, se advierten indicios razonables y suficientes ele- mentos de juicio que hacen necesario que a través delrespectivo proceso administrativo disciplinario, se pueda realizar una exhaustiva investigación de los hechos im- putados contra los ex Jefes de la Unidad de Contabilidad CPC Juan Tineo Vásquez y CPC Percy Márquez León, por lo que la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios acordó por unanimidad instaurar proceso administrativo disciplinario contra los ex Jefes de la Unidad de Contabilidad CPC Juan Tineo Vásquez y Percy Márquez León por la presunta comisión de faltas administrativas disciplinarias previstas por los incisos a) y d) del Artículo 28º del D. Leg. N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa, concordante con el Artículo 21º inciso a) del acotado, respecto a la Observación N° 3. Por otro lado, con relación al Informe Examen Especial de la Información Presupuestaria al 31 de diciembre de 1997, estando al mérito de las observaciones, conclusiones y recomendaciones luego de la evaluación y análisis corres- pondiente existen indicios razonables y suficientes ele- mentos de juicio que hacen necesario que a través del respectivo proceso administrativo disciplinario, se pueda realizar una exhaustiva investigación de los hechos im- putados contra el ex Jefe de la Unidad de Contabilidad CPC Pedro Zapata Chávez, por lo que luego de la delibe- ración correspondiente la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios acordó por unanimidad instaurar proceso administrativo disciplinario contra el ex Jefe de la Unidad de Contabilidad CPC Pedro Zapata Chávez por la presunta comisión de faltas disciplinarias previstas por el Artículo 28º incisos a) y d) del D. Leg. N° 276, concordante con el Artículo 21º inciso a) del acotado, con relación a la Observación N° 3. Que, respecto al Informe Examen Especial de la Infor- mación Presupuestaria al 31 de diciembre de 1998, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Discipli- narios luego de la evaluación y análisis correspondiente no advierte la existencia de indicios razonables que ha- gan presumir la comisión de faltas administrativas disci- plinarias por parte de los ex funcionarios comprendidos en las observaciones del Informe Examen Especial de la Información Presupuestaria correspondiente al período al 31 de diciembre de 1998. Estando a las consideraciones expuestas y con las facultades conferidas por el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y Artículo 167º del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneracio- nes del Sector Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aperturar proceso administrati- vo disciplinario a los ex funcionarios: Máximo Gestro Saba, Roger Paredes Martínez, María Esther Salvador Salvador, Wilfredo Ruiz Baldarrago, Percy Márquez León, Juan Tineo Vásquez, Pedro Zapata Chávez, Gustavo Barrantes Mejía, Danilo Armas Vargas, José Oblitas Gallo, Luis Antonio Ledesma Vílchez, Víctor Pinto Gel- dres, Silvio Fabián Acosta Zamora, Jaime Luna Victoria Andrade, José Laureano Santa Cruz Odar, Jesús Falcón Handabaka, Jorge Klein Miranda, Julio César Gutiérrez Quintana, Ricardo Espinoza Guzmán, Juan Toche May- netto y ex Alcaldes Oscar Venegas Aramburú y Luis Suárez Cáceres, por los considerandos expuestos en la presente Resolución. Artículo Segundo.- Otorgar un plazo de cinco (5) días hábiles luego de notificados los ex funcionarios y ex Alcaldes comprendidos en la presente Resolución, para que cumplan con presentar sus descargos conforme a ley. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de setentidós (72) horas previsto por el Artículo 167º del Reglamento de la Carrera Administrativa D.S. N° 005-90-PCM. Artículo Cuarto.- Encargar a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el cumpli- miento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde 19987Pág. 200021