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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2001 (16/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 200043 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de marzo de 2001 cables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, la Dirección de Administración de Frecuen- cias de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los términos del Informe Nº 250-2000-MTC/ 15.19.03.2, señala que habiéndose efectuado la ins- pección técnica a las instalaciones de la referida estación de radiodifusión en Frecuencia Modulada (FM), se constató que cuenta con el equipamiento necesario y han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento; por lo que emite su conformidad técnica para que se le otorgue la autorización por diez (10) años, incluyéndose el cambio de ubicación de la planta retransmisora; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Direc- ción General de Telecomunicaciones, mediante Infor- me Nº 050-2001-MTC/15.19.01, opina que es proceden- te autorizar la operación de la citada estación de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Ministerial Nº 684-97-MTC/15.19; así como también es procedente autorizar el cambio de caracte- rística técnica acotado de dicha estación; De conformidad con el TUO de la Ley de Teleco- municaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificato- rias; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., la opera- ción de una estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modula- da (FM), ubicada en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :103.3 MHz. Indicativo :OAR-4C-FM Potencia :1 KW. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de Planta Retransmisora :Av. Ferrocarril Nº 268, distri- to y provincia de Barranca, departamento de Lima. Coordenadas: L.O. 77° 45' 09.85" L.S. 10° 45' 10.57" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolución Ministerial Nº 684-97-MTC/15.19, por tanto vencerá el 1 de enero del año 2008. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 19977 Autorizan a empresa la operación de estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 166-2001-MTC/15.03 Lima, 7 de marzo de 2001VISTAS, las solicitudes formuladas por la empresa RADIO SABOR MIX S.A., para operar una estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonora co- mercial en Frecuencia Modulada (FM), situada en el distrito, provincia y departamento de Huánuco; y sobre disminución de potencia y cambio de ubicación de dicha estación; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 070-98-MTC/ 15.03, publicada el 10 de mayo de 1998, se concedió a RADIO SABOR MIX S.A., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuen- cia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departa- mento de Huánuco; Que, según el Artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para operar un servicio de radiocomunicación autorizado; Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección y a mérito del informe técnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción podrá expedir la correspondiente licen- cia; Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendrán un plazo máximo de diez (10) años para los servicios de radio- difusión, renovables a solicitud del interesado; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifi- cables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 033-2001-MTC/ 15.19.03.2, señala que habiéndose efectuado la inspec- ción técnica a las instalaciones de la referida estación de radiodifusión en Frecuencia Modulada (FM), se constató que cuenta con el equipamiento necesario y que han sido satisfactorias las pruebas de funcionamien- to, por lo que emite su conformidad técnica para que se le otorgue autorización para operar la estación del servicio de radiodifusión por 10 años, incluyéndose el cambio de ubicación y la disminución de potencia; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Direc- ción General de Telecomunicaciones, mediante Infor- me Nº 045-2001-MTC/15.19.01, señala que es proceden- te autorizar la operación de la citada estación de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Viceministerial Nº 070-98-MTC/15.03; así como también es procedente autorizar los cambios de características técnicas antes indicados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la empresa RADIO SABOR MIX S.A., la operación de una estación retransmisora del servicio de radiodifu- sión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de Huánuco, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :99.3 MHz. Indicativo :OCT-3I Potencia :0.25 Kw Emisión :256F8E