Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2001 (21/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
ANO XIX - Nº 7576

http://www.editoraperu.com.pe
Pag. 200215

"ANO DE LA CONMEMORACION DE LOS 450 ANOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"

MORDAZA, miercoles 21 de marzo de 2001

DEFENSA
Aprueban el Reglamento de la Ley del Instituto Geografico Nacional
DECRETO SUPREMO Nº 005-DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento con el Tercer Articulo de las Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Titulo V de la Ley del Instituto Geografico Nacional, Ley Nº 27292, publicada el 27 de junio del ano 2000, se establece proponer reglamentar dicho dispositivo; Que, es conveniente aprobar el Reglamento de la Ley del Instituto Geografico Nacional; De conformidad con el numeral 8, del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con la opinion favorable de la Comision para la elaboracion del Reglamento de la Ley del Instituto Geografico Nacional; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de la Ley del Instituto Geografico Nacional, IGN, Institucion Publica Descentralizada del Sector Defensa, el cual consta de catorce (14) titulos, un (1) titulo preliminar, diecisiete (17) capitulos y cuarentidos (42) articulos, los que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de febrero del ano 2001. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO 1 DEL CONTENIDO Y ALCANCES Articulo 1º.- El presente reglamento establece y MORDAZA el funcionamiento tecnico administrativo, economico y financiero del Instituto Geografico Nacional, identificado tambien como IGN y responde a un MORDAZA de diseno, analisis y armonizacion de funciones y estructuras. Articulo 2º.- El Instituto Geografico Nacional es una institucion publica descentralizada con personeria juridica de derecho publico interno, perteneciente al sector Defensa; realiza sus actividades con autonomia tecnica, administrativa, economica, dentro de los limites del ordenamiento legal del sector publico. Articulo 3º.- El Instituto Geografico Nacional rige sus objetivos, funciones y atribuciones por su ley, la Ley Organi-

ca del Ministerio de Defensa, el presente reglamento y disposiciones que resulten de aplicacion a esta entidad como organismo publico descentralizado. Articulo 4º.- Es finalidad fundamental del Instituto Geografico Nacional elaborar y actualizar la Cartografia Basica Oficial del Peru, para tal efecto mantendra la base de datos geografico - cartograficos nacional y el sistema de informacion geografico-cartografica, proporcionando a entidades publicas y privadas la cartografia que requieran para los fines del Desarrollo y de la Defensa Nacional, en las limitaciones de Seguridad Nacional. TITULO II DE LAS FUNCIONES Y LA ESTRUCTURA ORGANICA CAPITULO 1 DE LAS FUNCIONES Articulo 5º.- Son funciones del Instituto Geografico Nacional, las establecidas en el Articulo 5º de la Ley 27292, y las que a continuacion se detallan: a) Realizar y conducir el MORDAZA cartografico basico oficial del Peru. b) Actuar como organismo competente del Estado para normar las actividades geografico-cartograficas que se ejecutan en el ambito nacional en su calidad de ente rector de la cartografia nacional. c) Participar en la creacion delimitacion o redelimitacion de circunscripciones territoriales, elaborando la cartografia oficial, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. d) Coordinar con las autoridades correspondientes los asuntos relacionados a los nombres geograficos o toponimos, propendiendo a la normalizacion de nombres geograficos con base en la cartografia basica oficial. e) Obtener por sensoramiento remoto y otras MORDAZA, la informacion, requerida para el MORDAZA cartografico, para lo cual podra utilizar cualquier medio civil o militar; asi como operar centros de obtencion de imagenes. f) Realizar estudios, brindar asesoramiento tecnico y prestar servicios en las areas de su competencia a entidades publicas y privadas. g) Promover y ejecutar investigaciones, asi como el desarrollo de las ciencias geografico-cartograficas y sus aplicaciones en el MORDAZA, interactuando con entidades nacionales e internacionales afines. h) Representar al MORDAZA ante los organismos tecnico-cientificos nacionales e internacionales en eventos y reuniones relacionadas con las ciencias geografico- cartograficas y sus aplicaciones. i) Celebrar convenios con personas naturales o juridicas, nacionales y extranjeras, con el objeto de obtener recursos que le permitan el cumplimiento de sus fines, asi como para formar, preparar y especializar a profesionales y tecnicos en las ciencias geografico-cartograficas. j) Organizar y administrar el Archivo Cartografico Nacional, la Base de Datos Cartograficos y el Sistema de Informacion Cartografico Nacional, con base en la infraestructura geodesica nacional, desarrollada por el IGN y asi mismo la cartografia historica patrimonial. k) Proporcionar el concurso tecnico y operativo en trabajos de colocacion, mantenimiento, reposicion y densificacion de hitos de la linea de frontera terrestre, de acuerdo a las instrucciones y requerimientos del Ministerio de Relaciones Exteriores, y participar como entidad asesora en las comisiones binacionales de limites y fronteras. l) Presidir la seccion nacional del Instituto Panamericano de Geografia e Historia, dependiente de la Organizacion de Estados Americanos. m) Autorizar a las entidades publicas y privadas la publicacion de mapas del Peru que contengan como tema principal las linderaciones politico-administrativas e informaciones toponimicas. n) Las demas funciones asignadas por ley.

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