Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2001 (22/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
DECRETA:

MORDAZA, jueves 22 de marzo de 2001

Articulo 8º.- COMPROBANTES DE PAGO Y RUC Las adquisiciones de bienes y/o servicios que realicen las Unidades Ejecutoras y Entidades, estaran sujetas a lo establecido en el Reglamento de Comprobantes de Pago. Para efecto del cumplimiento de lo dispuesto por la presente MORDAZA, las Unidades Ejecutoras y Entidades que no cuenten con numero de RUC, deberan obtenerlo. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La informacion correspondiente a las adquisiciones realizadas durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 1997, debera ser entregada en la forma y plazos que establezca la Presidencia del Consejo de Ministros. La Presidencia del Consejo de Ministros podra requerir a las Unidades Ejecutoras y Entidades, la MORDAZA de la informacion correspondiente a las adquisiciones realizadas en los anos anteriores al ano 1997. Segunda.- La obligacion establecida en el Articulo 7º rige a partir del 1 de noviembre de 1997. Tercera.- Las Unidades Ejecutoras y Entidades que se encuentren obligadas a llevar Registro de Compras conforme a las normas del Impuesto no estaran obligadas a llevar el Registro de Compras a que se refiere el Articulo 7º. Cuarta.- Lo dispuesto en el presente Decreto Supremo no es de aplicacion a las adquisiciones a las que se refiere el inciso d) del Articulo 19º de la Ley Nº 26850, modificada por Ley Nº 27330. Quinta.- La Presidencia del Consejo de Ministros, por Resolucion Ministerial, podra modificar el anexo a que se refiere el Articulo 2º. Sexta.- Las obligaciones de proporcionar informacion sobre las adquisiciones de bienes y/o servicios y de llevar el Registro de Compras, establecidas en los Articulos 2º y 7º, para las Unidades Ejecutoras y Entidades que reciban fondos provenientes del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) o cuyos fondos MORDAZA administrados por la referida institucion, rigen a partir del 1 de marzo de 1998. 20446

Articulo 1º.- Exonerese del pago de intereses, moras y otros recargos generados por el incumplimiento de pago de la Tarifa por Uso de Agua Superficial con Fines Agrarios acumulados al 31 de agosto de 2000, a los usuarios de agua que cumplan con cancelar sus adeudos, MORDAZA del 31 de MORDAZA de 2001. Articulo 2º.- Las Juntas de Usuarios deberan informar mensualmente a las Autoridades Locales de Aguas respectivas el numero de usuarios de agua que se acojan al beneficio mencionado en el articulo precedente. Articulo 3º.- Precisase que los recargos, intereses o moras generados por el incumplimiento de pago de la Tarifa por Uso de Agua Superficial con Fines Agrarios, acumulados al 31 de agosto de 2000, que hubieran sido pagados o cobrados desde el 2 de enero de 2001 hasta la publicacion del presente dispositivo, no generaran reembolso alguno ni devolucion para los usuarios de agua por parte de las Organizaciones de Usuarios respectivas ni por el Estado. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de marzo del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA AMAT Y MORDAZA Ministro de Agricultura 20447

Designan diversos funcionarios de la Direccion Regional de Agricultura de Pasco
RESOLUCION SUPREMA Nº 090-2001-AG MORDAZA, 21 de marzo de 2001 VISTO: El Oficio Nº 0162-2001-CTARP-DRA del Director Regional de Agricultura de Pasco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 032-94-AG, de fecha 9 de marzo de 1994, se designo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Oficina de Informacion Agraria de la ex Direccion Subregional Agraria de Pasco de la entonces Direccion Regional Agraria MORDAZA MORDAZA Caceres; Que, a traves de Resolucion Suprema Nº 092-98-AG, de fecha 7 de noviembre de 1998, se designo al senor Ing. Solon MORDAZA Carhuallanqui MORDAZA en el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Oficina de Planificacion Agraria de la Direccion Regional Agraria Pasco; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 036-2000AG, de fecha 23 de MORDAZA de 2000, se designo a los senores CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Oficina de Administracion, y Bach. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director de Programa Sectorial II de la Agencia Agraria Pasco, ambos de la Direccion Regional de Agricultura de Pasco; Que, a traves de Resolucion Suprema Nº 102-2000AG, de fecha 17 de octubre de 2000, se designo al Med. Vet. Ibo MORDAZA MORDAZA Vergel en la plaza de Director de Programa Sectorial II, Director de la Agencia Agraria Oxapampa de la Direccion Regional Agraria Pasco; Que, resulta necesario dar por concluidas las mencionadas designaciones;

AGRICULTURA
Exoneran de intereses, moras y recargos por incumplimiento de pago de la Tarifa por Uso de Agua Superficial con Fines Agrarios, a usuarios que cancelen adeudos MORDAZA del 31 de MORDAZA de 2001
DECRETO SUPREMO Nº 012-2001-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0432000-AG exonero del pago de intereses, moras y otros recargos generados por el incumplimiento de pago de la Tarifa por Uso de Agua Superficial con Fines Agrarios acumulados al 31 de agosto de 2000, a los agricultores que cumplan con cancelar sus adeudos, MORDAZA del 31 de diciembre de 2000; Que, el plazo establecido resulto insuficiente para acogerse al beneficio descrito en el considerando precedente, siendo necesario dictar medidas similares, contribuyendo a proporcionar mecanismos para el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los usuarios de agua por MORDAZA e indefectible vez; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Articulo 118ºde la Constitucion Politica del Peru;

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