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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2001 (22/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 200282 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de marzo de 2001 Suspenden en sus funciones a Direc- tor General de Administración, Direc- tora Ejecutiva de Economía y Conta- dor General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 179-2001-SA/DM Lima, 16 de marzo del 2001 CONSIDERANDO: Que por Oficio SA/DM Nº 181-2001, se ha dispuesto que la Inspectoría General de Salud practique una acción de control, en torno a la presunta existencia de una serie de irregularidades en el proceso de adquisi- ción, almacenamiento, registro y distribución de medici- na, equipos, instrumental médico y otros bienes adquiri- dos a la República Popular China y a otros proveedores durante el período comprendido entre el año 1990 y 1998; Que a raíz de dicha disposición se ha procedido a efectuar una evaluación integral de los hechos refe- ridos en el considerando precedente, habiéndose determinado la existencia de adquisiciones efectua- das en el período 1990 - 1998 por un monto ascendente a S/. 169 133 472,88, tal como lo informó la ex Directora Ejecutiva de Economía, según Oficio OEE Nº 518-98, adquisiciones que comprenderían medica- mentos y equipos de procedencia China cuya compra fue hecha a la República Popular China en los años 1990, 1991 y 1993 y otras, efectuadas a distintos proveedores; bienes adquiridos que habrían sido almacenados, registrados y distribuidos irregular- mente, no contándose, debido a ello, con registros de ingreso y salida en la contabilidad del Ministerio de Salud, situación agravada porque parte de ellos habrían sido pagados íntegramente, no obstante a existir disposiciones precisas de que todo pago por estos conceptos deben estar respaldados con la con- formidad de ingreso a Almacén; Que tales hechos han dado lugar a que la Inspecto- ría General del Ministerio de Salud llevara a cabo acciones de control, habiendo dicho órgano de con- trol emitido los Informes Nºs. 007-97-OECAF-IGS (reformulado en marzo de 1998) "Examen Especial Concurso Público de Precios Nº 01-95-MINSA-MIPE y Licitación OSP/PER/113/158-PNUD-PSBPT" y 003- 2000-IGS "Auditoría a los Estados Financieros 1998", cuyas recomendaciones no habrían sido cumplidas debido a una presunta existencia de un concierto de voluntades de diversos funcionarios y servidores del Ministerio de Salud para incumplir las funciones propias de su cargo, situación que habría favorecido a diversos proveedores y ocasionado un perjuicio económico al Estado ya que dicha inconducta funcio- nal se habría mantenido a través del tiempo, al no haberse adoptado en los diversos niveles de gestión del Ministerio de Salud, las medidas correctivas oportunas correspondientes; Que teniendo en cuenta tales antecedentes, esti- mamos que la acción u omisión en la que habrían incurrido los funcionarios y servidores involucrados en las distintas gestiones y acciones de control, que han dado lugar a los hechos materia de la acción de control dispuesta constituirían indicios razonables de la existencia de ilícitos penales tales como los tipificados en los Artículos 384º, (Concusión impro- pia), 377º (abuso de Autoridad) y 428º (Delito contra la fe pública - Falsedad ideológica), entre otros, que ameritan una profunda y exhaustiva investigación, siendo necesario se autorice a la Procuradora Públi- ca, Encargada de los Asuntos Judiciales del Minis- terio de Salud para que en defensa de los intereses del Estado, si lo estima a bien formule la denuncia que corresponda y promueva las acciones judiciales a que hubiere lugar; Que en tanto se determinen las responsabilidades a que hubiere lugar, es conveniente suspender las funcio- nes de Director General de la Oficina General de Admi- nistración, de Directora Ejecutiva de la Oficina Ejecuti-va de Economía y del Contador General del Ministerio de Salud; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legisla- tivo Nº 276 y disposiciones conexas; SE RESUELVE: 1º.- Suspender en las funciones de Director General de Administración al CPC JOSE MANUEL RAMOS MUÑOZ. 2º.- Suspender en las funciones de Directora Ejecu- tiva de la Oficina Ejecutiva de Economía, a la economis- ta doña ANA JOSEFINA CABELLO ALVARO. 3º.- Suspender en las funciones de Contador Gene- ral del Ministerio de Salud, al CPC JUAN JOSE GARA- YAR JURADO. Regístrese y comuníquese. EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 20359 M T C Declaran al SENCICO en proceso de reestructuración organizativa institu- cional DECRETO SUPREMO Nº 011-2001-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 147, Ley de Orga- nización y Funciones del Servicio Nacional de Capa- citación para la Industria de la Construcción - SEN- CICO, establece que esta Institución Pública Descen- tralizada del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, es la encargada de la for- mación, capacitación integral, calificación y certifi- cación profesional de los trabajadores de la activi- dad de la construcción y de realizar las investi- gaciones, estudios y otras actividades necesarias para atender sus fines; Que, por Decreto Supremo Nº 08-95-MTC de fecha 16 de junio de 1995, se fusionó el Instituto Nacional de Investigación y Normalización de la Vivienda - ININVI con el SENCICO, asumiendo este último las funciones, personal, bienes, recursos y acervo documentario del primero; Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 27427, Ley de racionalidad y límites en el gasto público para el año fiscal 2001, faculta a las entidades del Sector Público a llevar a cabo un proceso de Reestruc- turación Organizativa Institucional con el objeto de mejorar su eficiencia, racionalizar sus gastos y generar el ahorro público, sin demandar recursos adicionales a los aprobados para la entidad; Que, resulta pertinente llevar a cabo un proceso de Reestructuración Organizativa Institucional en SENCI- CO, a fin de mejorar su eficiencia, y racionalizar sus gastos, coadyuvando a un mejor cumplimiento de sus objetivos institucionales; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27427; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar al Servicio Nacional de Capa- citación para la Industria de la Construcción - SENCI- CO, en proceso de Reestructuración Organizativa Ins- titucional, hasta el 15 de abril de 2001. Artículo 2º.- Facultar al SENCICO a aprobar me- diante Resolución del Titular del Pliego, con el acuerdo de su Consejo Directivo Nacional, las modificaciones de