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Pág. 200281 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de marzo de 2001 Visto el resultado de los exámenes del Concurso de Admisión, convocado por Resolución Ministerial Nº 0017-2001-RE, de fecha 9 de enero de 2001, para el ingreso al Ciclo de Estudios de la Academia Diplomática del Perú, correspondiente al año lecti- vo 2001; Teniendo en cuenta que el Artículo segundo de dicha Resolución Ministerial establece un máximo de veinte vacantes para el Primer Año de la Academia Diplomáti- ca del Perú y que el Artículo Tercero señala que el ingreso a la Academia Diplomática será por estricto orden de méritos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la incorporación al Ci- clo de Estudios de la Academia Diplomática del Perú, que se inicia el presente año, de los postulantes que han obtenido los veinte primeros promedios aprobatorios en los exámenes del Concurso de Admisión 2001, cuyos nombres se indican a continuación por orden de méri- tos: Mutze Ponce, Stephan Ríos Segura, Carlos Alberto Maeda Ikehata, Anne Isasi Ruiz-Eldredge, Luis Felipe Leyva Poggi, Luis Angel Seoane Byrne, Glauco Javier Aguilar López, Analí Margarita Altamirano Asmat, Víctor Alberto Arévalo Van Oordt, Carlos Javier Guevara Rospigliosi, Gilberto Ulises Pajuelo Ponce, Gerald Oscar Luyo López, Denisse Marielle Taquía Salcedo, Julio Alexis Astolfi Repetto, Gianinna Rodríguez Bustamante, José Roberto Cárdenas Mendoza, José Antonio Sánchez Cornejo, Julio César Velarde Rivas, Adriana Lourdes Echevarría Sierra, Carmen Rocío Llosa Schiantarelli, Luis Felipe Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 20413 SALUD Autorizan a procuradora formular denuncia penal contra diversos fun- cionarios y servidores del Ministerio por presunta comisión de delitos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 178-2001-SA/DM Lima, 16 de marzo del 2001 CONSIDERANDO: Que por Oficio SA/DM Nº 181-2001, se ha dispuesto que la Inspectoría General de Salud practique una acción de control, en torno a la presunta existencia de una serie de irregularidades en el proceso de adquisi- ción, almacenamiento, registro y distribución de medici- na, equipos, instrumental médico y otros bienes adquiri- dos a la República Popular China y a otros proveedores durante el período comprendido entre el año 1990 y 1998;Que a raíz de dicha disposición se ha procedido a efectuar una evaluación integral de los hechos refe- ridos en el considerando precedente, habiéndose determinado la existencia de adquisiciones efectua- das en el período 1990 - 1998 por un monto ascendente a S/. 169 133 472,88, tal como lo informó la ex Directora Ejecutiva de Economía, según Oficio OEE Nº 518-98, adquisiciones que comprenderían medica- mentos y equipos de procedencia China cuya compra fue hecha a la República Popular China en los años 1990, 1991 y 1993 y otras, efectuadas a distintos proveedores; bienes adquiridos que habrían sido almacenados, registrados y distribuidos irregular- mente, no contándose, debido a ello, con registros de ingreso y salida en la contabilidad del Ministerio de Salud, situación agravada porque parte de ellos habrían sido pagados íntegramente, no obstante a existir disposiciones precisas de que todo pago por estos conceptos deben estar respaldados con la con- formidad de ingreso a Almacén; Que tales hechos dieron lugar a que la Inspecto- ría General del Ministerio de Salud llevara a cabo acciones de control, habiendo dicho órgano de con- trol emitido los Informes Nºs. 007-97-OECAF-IGS (reformulado en marzo de 1998) "Examen Especial Concurso Público de Precios Nº 01-95-MINSA-MIPE y Licitación OSP/PER/113/158-PNUD-PSBPT" y 003- 2000-IGS "Auditoría a los Estados Financieros 1998", cuyas recomendaciones no habrían sido cumplidas debido a una presunta existencia de un concierto de voluntades de diversos funcionarios y servidores del Ministerio de Salud para incumplir las funciones propias de su cargo, situación que habría favorecido a diversos proveedores y ocasionado un perjuicio económico al Estado ya que dicha inconducta funcio- nal se habría mantenido a través del tiempo, al no haberse adoptado en los diversos niveles de gestión del Ministerio de Salud, las medidas correctivas oportunas correspondientes; Que teniendo en cuenta tales antecedentes, esti- mamos que la acción u omisión en la que habrían incurrido los funcionarios y servidores involucrados en las distintas gestiones y acciones de control, que han dado lugar a los hechos materia de la acción de control dispuesta constituirían indicios razonables de la existencia de ilícitos penales tales como los tipificados en los Artículos 384º, (Concusión impro- pia), 377º (abuso de Autoridad) y 428º (Delito contra la fe pública - Falsedad ideológica), entre otros, que ameritan una profunda y exhaustiva investigación, siendo necesario se autorice a la Procuradora Públi- ca, Encargada de los Asuntos Judiciales del Minis- terio de Salud para que en defensa de los intereses del Estado, si lo estima a bien formule la denuncia que corresponda y promueva las acciones judiciales a que hubiere lugar; Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica del Ramo en el Informe Nº 378-2001-OAJ; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Estado, así como en el Decreto Ley Nº 17537 y su modificatorio, el Decreto Ley Nº 17667; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: Autorizar a la Procuradora Pública, Encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Salud, para que en representación y defensa de los intere- ses del Estado formule la denuncia que corresponda y promueva las acciones judiciales a que hubiere lugar, contra los funcionarios y servidores del Mi- nisterio de Salud, y, contra los que resulten respon- sables de los hechos señalados en la parte considera- tiva que antecede. Regístrese y comuníquese. EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 20358