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Pág. 200274 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de marzo de 2001 Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procura- dora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 20364 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 085-2001-JUS Lima, 19 de marzo de 2001 Visto el Oficio Nº 197-2001-JUS-PPMJ, de fecha 14 de febrero de 2001, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que del Informe Nº 026-2000-ORLC/GL de la Gerencia Legal de la Oficina Registral de Lima y Callao se ha determinado que con respecto al Título Nº 198299 del 31 de octubre de 2000, que contiene la escritura pública de 31 de diciembre de 1994, sobre otorgamiento de poder de doña América Vallenas Mendoza Vda. de Coronado y otros a favor de Alonzo Moreno León, otorgado ante el ex Notario Público de Cañete, don Antonio Jesús Chavarry Arce, se efec- tuaron diversas observaciones, entre ellas, que los otorgantes comparecen con Documento Nacional de Identidad y no con Libreta Electoral, a pesar de que esta última era la que estaba vigente en 1994, y que algunos de ellos ya estaban fallecidos a la fecha del otorgamiento de la referida escritura pública; Que estando a los hechos expuestos, se evidencia que existen indicios razonables de la comisión de delito contra la Fe Pública, por parte de Alonzo Moreno León, Carlos Enrique Minaya Cruz y Antonio Jesús Chavarry Arce, al efectuar inserciones de declaraciones falsas en una escritura pública, dando por vivas a personas fallecidas y pretender el ejercicio de ese poder inscribién- dolo en el Registro de Mandatos; Que estando a los hechos expuestos, es procedente la autorización a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, de Representa- ción y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justi- cia, para que en representación y defensa de los intere- ses del Estado, interponga las acciones judiciales corres- pondientes contra don Alonzo Moreno León, don Carlos Enrique Minaya Cruz, don Antonio Jesús Chavarry Arce, y los que resulten responsables de la comisión del delito contra la Fe Pública, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública, para los fines correspondien- tes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 20365RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 086-2001-JUS Lima, 19 de marzo de 2001 Visto el Oficio Nº 198-2001-JUS-PPMJ, de fecha 14 de febrero de 2001, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que del Informe Nº 032-2000-ORLC/GL de la Gerencia Legal de la Oficina Registral de Lima y Callao, se aprecia la falsificación de las firmas y sellos del Notario Público de Lima, Dr. Aníbal Cor- vetto Romero, así como la posible falsificación de la firma de una persona fallecida, efectuadas en el Formulario Registral Original de Declaratoria de Fábrica, cuya inscripción fue solicitada por doña Gumercinda Ramírez Alva; Que con carta de 20 de diciembre de 2000, el referido Notario Público manifiesta que la firma y los sellos que obran en dicho Formulario no corresponden a su Oficio Notarial, habiendo sido falsificados; Que en la anotación preventiva de sucesión del causante Miguel Castillo Maguiña, se observa que falleció el 16 de noviembre de 1998; sin embargo, la certificación de la firma que aparece en el Formula- rio Registral Original de Declaratoria de Fábrica, presentado para su inscripción por doña Elizabeth Mónica Torres García, corresponde al 1 de marzo de 2000; Que es procedente la autorización a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, de Representa- ción y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justi- cia, para que en representación y defensa de los intere- ses del Estado, interponga las acciones judiciales corres- pondientes contra doña Gumercinda Ramírez Alva, doña Elizabeth Mónica Torres García y los que resulten responsables de la comisión del delito contra la Fe Pública, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procura- dora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 20366 Autorizan a diversas instituciones fun- cionar como centros de conciliación en las ciudades de Chiclayo, Arequipa, Lima y Huancayo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 058-2001-JUS Lima, 19 de marzo de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 20624 de fecha 26 de diciembre de 2000, de la asociación denominada Centro de Conciliación para la Paz - CECONP;