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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2001 (05/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 202341 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de mayo de 2001 LATINA, para que se le renueve la autorización para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Huacho, provincia de Huaura y departamen- to de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 758-90-TC/ 15.17 del 31 de mayo de 1990, se autorizó la operación definitiva por el plazo de diez (10) años, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en FM, ubicada en el distrito de Huacho, provincia Huaura y departamento de Lima, a la EMPRESA PERUANA DE COMUNICACIONES E.I.R.L. - RADIO LATINA; Que, la EMPRESA PERUANA DE COMUNICACIO- NES E.I.R.L. - RADIO LATINA, solicita la renovación de la autorización de su estación radiodifusora comercial en Frecuencia Modulada (FM), al amparo del Artículo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-98-MTC; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 124-2001-MTC/ 15.19.03.2, señala que habiéndose efectuado la inspec- ción técnica a las instalaciones de la estación de radio- difusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), se constató que la referida empresa viene operan- do satisfactoriamente, por lo que emite su conformidad técnica para que se le otorgue la renovación de la autorización solicitada; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Direc- ción General de Telecomunicaciones, mediante Infor- me Nº 132-2001-MTC/15.19.01, señala que es proceden- te otorgar la renovación de la autorización solicitada por la mencionada empresa para operar la citada esta- ción de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM); De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aproba- do por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modifi- catorias y el Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización de la EMPRESA PERUANA DE COMUNICACIONES E.I.R.L. - RADIO LATINA, para la operación de una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Fre- cuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :99.3 MHz. Indicativo :OCZ-4F-FM Potencia :300 W. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de Estudios y Planta Transmisora :Av. Túpac Amaru B4, Urb. Los Jardines, distrito de Huacho, provincia de Huaura y departa- mento de Lima. Coordenadas: L.O. 77° 35' 22" L.S. 11° 06' 05" Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, que vencerá el 31 de mayo del año 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 22872Autorizan a empresa la operación de estación retransmisora del servicio de radiodifusión comercial por televisión RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 289-2001-MTC/15.03 Lima, 30 de abril de 2001 VISTA, la solicitud presentada por la COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSIÓN S.A., sobre autorización por el plazo de diez (10) años, para operar una estación retransmisora del servicio de ra- diodifusión comercial por Televisión, ubicada en el distrito de Pariñas, provincia de Talara y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 518-96-MTC/ 15.17 del 11 de setiembre de 1996, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de setiembre de 1996, se concedió a la COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSIÓN S.A., el plazo de doce (12) meses para que proceda a la instalación y operación en período de prueba de una estación retransmisora del servicio de radiodifusión comercial por Televisión, en el distrito y provincia de Talara, departamento de Piura; Que, según el Artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para operar un servicio de radiocomunicación autorizado; Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección y a mérito del informe técnico respectivo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción podrá expedir la correspondiente licen- cia; Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendrán un plazo máximo de diez (10) años para los servicios de radiodifu- sión, renovables a solicitud del interesado; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifi- cables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los términos del Informe Nº 025-99-MTC/15.19.03.2 señala que técnicamente es procedente conceder la autorización por diez (10) años a la COMPAÑÍA LATI- NOAMERICANA DE RADIODIFUSIÓN S.A., para que continúe operando la estación retransmisora de Radiodi- fusión Comercial por Televisión, procediendo a regulari- zar el distrito al cual pertenece la ubicación de la Planta Retransmisora; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Direc- ción General de Telecomunicaciones, mediante Infor- me Nº 146-2001-MTC/15.19.01, opina que es proceden- te autorizar la operación de la citada estación de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Ministerial Nº 518-96-MTC/15.17; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93- TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE RADIODI- FUSIÓN S.A., la operación de una estación retransmiso- ra del servicio de radiodifusión comercial por televisión,