TEXTO PAGINA: 1
DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, lunes 7 de mayo de 2001 AÑO XIX - Nº 7623 Pág. 202403Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS" CONGRESO DE LA REPÚBLICA RESOLUCIÓN LEGISLA TIVA Nº 27449 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLA TIVA QUE APRUEBA EL "PROT OCOLO AL CONVENIO PARA LA COOPERACIÓN EN EL MARCO DE LA CONFERENCIA IBEROAMERICANA PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA SECRET ARÍA DE COOPERACIÓN IBEROAMERICANA SECIB" Artículo Único .- Objeto de la resolución legis - lativa Apruébase el "Protocolo al Convenio para la Coopera- ción en el Marco de la Conferencia Iberoamericana pa - ra la Constitución de la Secretaría de Cooperación Iberoamericana SECIB", suscrito en La Habana, el 15 de noviembre de 1999, durante la celebración de la IX Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil uno. CARLOS FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la República HENRY PEASE GARCÍA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 4 de mayo de 2001. Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y ar- chívese. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de MinistrosPROTOCOLO AL CONVENIO PARA LA COOPERACIÓN EN EL MARCO DE LA CONFERENCIA IBEROAMERICANA PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE COOPERACIÓN IBEROAMERICANA (SECIB) Los Estados miembros de la Conferencia Iberoame- ricana, Considerando: Que el Convenio para la Cooperación en el marco de la Conferencia Iberoamericana, suscrito en San Carlos de Bariloche, el 15 de octubre de 1995 (en adelante "Convenio de Bariloche"), estableció un marco institucional para regular las relaciones entre sus miembros, con el propósito de incrementar la participación de los ciudadanos en la construcción de un espacio iberoamericano y fortalecer el diálogo y solidaridad entre sus pueblos. Que el Convenio de Bariloche ha puesto en marcha un amplio número de programas de cooperación, así como la constitución de un sistema de redes de colaboración entre instituciones de los Estados Iberoamericanos. Que la importancia de las actividades de cooperación vinculadas a la Conferencia Iberoamericana y la necesidad de difundir esa valiosa experiencia entre los ciudadanos y las instituciones de nuestros países, hacen necesario y pertinente la creación de un organismo ejecutivo de carác- ter permanente que contribuya en el cumplimiento de los fines del Convenio de Bariloche. Que los Jefes de Estado y de Gobierno Iberoamericanos acordaron la creación de una Secretaría de Cooperación Iberoamericana en la VIII Cumbre Iberoamericana de Oporto. Que su constitución con ocasión de la IX Cumbre Ibero- americana celebrada en la ciudad de La Habana (Cuba), cumple la voluntad de los Jefes de Estado y de Gobierno de reforzar el marco institucional creado por el Convenio de Bariloche, Convienen lo siguiente: Artículo 1: Constitución de la SECIB Se constituye la Secretaría de Cooperación Iberoame- ricana (SECIB) como organismo internacional. Estará do- tada de personalidad jurídica propia y capacidad para celebrar toda clase de actos y contratos necesarios para el cumplimiento de sus objetivos e intervenir en toda acción judicial y administrativa, en defensa de sus intereses. Artículo 2: Objetivo de la SECIB 1. La SECIB tiene como objetivo general contribuir a la consolidación de la Comunidad Iberoamericana de Nacio- nes sobre la base de los valores compartidos en ella, el desarrollo de la cooperación y el acercamiento y la interac- ción de los actores de la cooperación iberoamericana. 2. Para alcanzar dicho objetivo, las acciones de coopera- ción se centrarán en el fortalecimiento de las característi- cas específicamente iberoamericanas y se articularán en torno a los siguientes ejes: la difusión de la lenguas y la cultura comunes, la interacción de las sociedades y la profundización en el conocimiento mutuo y el fortaleci- miento de las instituciones. Artículo 3: Funciones La Secretaría de Cooperación se crea en el marco del Convenio de Bariloche como un organismo de apoyo a los Responsables de Cooperación en el ejercicio de las funcio- nes recogidas en el Convenio, dará cuenta de sus activida- des a los Responsables de Cooperación y por su intermedio a los Coordinadores Nacionales con ocasión de las reunio- nes preparatorias de las Cumbres, y cuando sea requerido