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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (21/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 212932 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de noviembre de 2001 Aprueban tasa por concepto de servicios de inscripción y renova- ción de inscripción en el Indice de Profesionales del Registro Predial Urbano RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 207-2001/RPU-JEF Lima, 19 de noviembre de 2001 VISTO, el Memorándum Nº 417-2001/RPU-GAR de fecha 19 de noviembre del 2001 de la Gerencia de Administración de Recursos, que señala el costo que se debe cobrar, por el servicio de Ingreso y Renova- ción en el Indice de Profesionales del Registro Pre- dial Urbano; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Formalización de la Propiedad Formal aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, el Registro Predial Urbano - RPU es una institución pública descentralizada con autonomía registral, fun- cional, técnica, administrativa, económica y financie- ra, encargada de normar, supervisar, registrar, fijas tasas y derechos por los servicios e información que suministre, así como perfeccionar los procedimientos registrales en cuanto al trámite y costo, a fin de brindar eficiente y oportuno servicio; Que, por Decreto Supremo Nº 033-2001-JUS, se aprobó el Reglamento de los Indices de Profesionales del Registro Predial Urbano - RPU el cual regula la actuación y registro de profesionales autorizados para certificar actos, contratos en Formularios Re- gistrales que se presenten en el Registro Predial Urbano; Que, la Segunda Disposición Transitoria del citado Reglamento, establece que la Jefatura del Registro Pre- dial Urbano, aprobará las tasas necesarias para su apli- cación; Que, acorde con el Estatuto del Registro Predial Urbano - RPU aprobado por Decreto Supremo Nº 014-97- MTC, corresponde al Jefe del RPU, emitir resoluciones y directivas de aplicación general, las que son de cumpli- miento obligatorio por los diversos órganos de la Enti- dad; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Formalización de la Propiedad Formal aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, De- cretos Supremos Nº 014-97-MTC, Nº 033-2001-JUS y al amparo de lo dispuesto en la Resolución Ministe- rial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Tasa correspondien- te a los servicios de Inscripción y Renovación de Inscrip- ción en el Indice de Profesionales del Registro Predial Urbano - RPU, la cual será equivalente al 0.9% de la Unidad Impositiva Tributaria, cuyo monto expresado en moneda de curso legal a la fecha es de S/. 27.00 nuevos soles. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVA LUZ CORNEJO FALCON Jefe del Registro Predial Urbano (e) 34880MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan subdivisión sin cambio de uso y sin obras complementarias de terreno ubicado en el distrito de San Juan de Miraflores RESOLUCIÓN Nº 067-2001-MML-DMDU-DHU Lima, 12 de octubre de 2001 LA DIRECCIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Visto, el Expediente Nº 30764-2001, Anexo Nº 6937- 2001 y Anexo Nº 7735-2001, seguido por GRUPO ALDA S.A. representado por su Gerente General don Alberto Andrade Botteri; por el cual solicita la Subdivisión sin Cambio de Uso y sin Obras Complementarias del terreno de 5,592.36 m2 calificado para uso de Industria Liviana "I-2", constituido por el Sublote 1A de la manzana "H" de la urbanización San Juan de Miraflores, ubicado en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departa- mento de Lima. CONSIDERANDO: Que, el recurrente ha cumplido con presentar la documentación requerida para el trámite correspondien- te, y abonado los derechos administrativos señalados en el TUPA y en el Reglamento Nacional de Construccio- nes. Que, estando al Informe Nº 084-2001-MML-DMDU- DHU de fecha 13 de julio del 2001, emitido por la Dirección de Habilitaciones Urbanas se opina por la procedencia del trámite solicitado. De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021, el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997 y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Subdivisión sin Cambio de Uso y Sin Obras Complementarias del terre- no de 5,592.36 m2 (CINCO MIL QUINIENTOS NOVEN- TIDOS METROS CUADRADOS CON TREINTISEIS DECIMETROS CUADRADOS) calificados para el uso de INDUSTRIA LIVIANA "I-2" constituido por el Sublo- te Nº 1A de la manzana "H" de la urbanización "San Juan de Miraflores", ubicado en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima. La Subdivisión que se autoriza se conforma de la siguiente manera: - SUBLOTE 1A-1 con un área de 815.30 m2 (Ochocien- tos Quince metros cuadrados con treinta decímetros cuadrados). - SUBLOTE 1A-2 con un área de 4,777.06 m2 (Cuatro mil setecientos setentisiete metros cuadrados con seis decímetros cuadrados). Las características de los Sublotes resultantes figu- ran en el Plano signado con el Nº 088-2001-MML-DMDU- DHU y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la Inscripción ante la Oficina Registral de Lima y Callao de los Sublotes 1A-1 y 1A-2, así como autorizar la Libre Venta de los mismos, además la presente Resolución sólo aprueba la Subdivisión del Lote 1A y no convalida las edificaciones existentes. Artículo Tercero.- DISPONER que los propietarios están obligados a insertar en los Contratos de Venta que