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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (21/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 212933 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de noviembre de 2001 celebren, una cláusula que establezca la indivisibilidad de los mismos. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la misma que estará a cargo de los interesados, debiendo efectuarse en un plazo máximo de 30 días calendario, contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Re- solución a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción correspondiente, a la Municipalidad Distri- tal de San Juan de Miraflores y a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. ROSA CACERES VALENCIA Directora de Habilitaciones Urbanas Dirección General de Obras Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 34774 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Autorizan celebración de matrimonio civil masivo en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2001-MDI Independencia, 12 de noviembre de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 4º de la Constitución Política del Perú, la comunidad y el Estado protegen a la familia, promueven el matrimonio y los reconoce como Institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, de acuerdo a lo establecido en el Art 233º del Código Civil, la regularización jurídica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidación, estable- cimiento, en armonía con los principios y normas procla- madas de nuestra Constitución; Que, en la jurisdicción de Independencia existe un alto índice de parejas de escasos recursos que viven en unión de hecho y que desean formalizar su estado civil contrayendo matrimonio; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como Institución Natural y Fundamental de la sociedad cautelando de esta manera su legalidad y seguridad jurídica; En uso de las facultades que le confiere el Art. 47º incisos 6) y 17) de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Autorizar la celebración del II Matrimonio Civil Masivo del 2001 a llevarse a cabo el día 15 de diciembre del 2001 a horas 8.00 a.m., en Plaza Cívica. Artículo Segundo.- Los contrayentes deben presen- tar los siguientes requisitos: 1. SOLTEROS: a) Pliego Matrimonial. b) Fólder de Trámite. c) Partida de Nacimiento original de ambos contra- yentes (actualizado). d) Copias autenticadas de L.E. y/o D.N.I. de ambos contrayentes. e) Certificados Médicos de ambos contrayentes o Partida de Nacimiento de uno de los hijos.f) Declaración Jurada de domicilio. g) Para los militares o policías, certificado de soltería de su respectiva Institución. h) Dos testigos con sus L.E. y/o D.N.I. 2. VIUDOS: Además de los requisitos para los solteros: a) Partida de Matrimonio. b) Partida de Defunción del cónyuge fallecido. c) Declaración Jurada Notarial de los hijos bajo su Patria Potestad y bienes que están bajo su administra- ción. 3. DIVORCIADOS: Además de los requisitos para los solteros: a) Partida de Matrimonio anterior con la anotación marginal de la disolución del vínculo matrimonial adjun- tando copia certificada de la sentencia del divorcio. b) Declaración Jurada de los hijos bajo su Patria Potestad y bienes que están bajo su administración con firma legalizada ante Notario Público. 4. MENORES DE EDAD: Además de los requisitos para los solteros: a) Autorización del Juez de Familia (Oficio del juez y resolución). b) Boleta Militar. 5. EXTRANJEROS: Los mismos documentos para los peruanos solteros, además los siguientes requisitos: a) Partida de Nacimiento original visada por el Cónsul Peruano en el país de origen con traducción oficial visada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. b) Copia del Pasaporte y/o Carné de Extranjero, Certificado Consular de Soltería, Viudez o Divorcio visa- da por el Cónsul Peruano con traducción oficial visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. Artículo Tercero.- Disponer la exoneración de los plazos legales para la referida celebración y la dispensa de la publicación del Edicto Matrimonial por cuenta de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- Fijar como pago por concepto de Matrimonio Civil Masivo de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Quinto.- Establecer como plazo para la presentación de expedientes hasta el 10 de diciembre del 2001. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia General y Gerencia de Desarrollo Humano y Subgerencia de Re- gistros Civiles el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO CHACALTANA YEREN Alcalde 34768 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS Cancelan proceso de selección del con- curso público convocado para la prestación del servicio de limpieza pública de la ciudad de Iquitos RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 411-2001-A-MPM Iquitos, 9 de noviembre de 2001