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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (22/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

Pág. 212974 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de noviembre de 2001 PAGO DE COSTAS Artículo 9º.- El hecho de acogerse al PERTAM no libera la obligación de pagar las costas en los casos que la deuda estuviera en cobranza coactiva, las mismas que serán rebajadas en un 50%, cuyo pago constituye requisito previo para poder acogerse a los beneficios. QUIEBRA DE VALORES Artículo 10º.- La Oficina de Rentas procederá a anular o quebrar de oficio los valores emitidos, en los siguientes casos: a.- Cuando el tributo hubiera sido cancelado o fraccio- nado conforme a la presente Ordenanza. b.- Cuando la multa hubiera sido cancelada o fraccio- nada conforme a la presente Ordenanza. c.- Cuando sólo contengan reajustes, intereses y recargos. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Suspéndase el trámite de los expedientes de deudas tributarias y administrativas en cobranza coactiva, durante el plazo de vigencia del PERTAM. Segunda.- Las medidas cautelares trabadas y ejecu- tadas que garanticen el pago de la deuda, antes de la vigencia del PERTAM se mantienen conforme a su estado. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese a la alcaldía para que vía Decreto dicte las normas complementarias y de ejecución de la presente Ordenanza. Segunda.- Encárguese a la Oficina de Imagen Institu- cional, Oficina de Rentas, Oficina de Seguridad Vial, Ofici- na de Ejecutoría Coactiva y al Área de Estadística e Infor- mática el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARINA SEQUEIROS MONTESINOS Alcaldesa 34963 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban habilitación urbana nueva de lote único de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN Nº 609-2001-RASS Expediente Nº 009061-2001.2 Santiago de Surco, 20 de setiembre de 2001 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El petitorio de Inversiones ALKO S.A.C., debida- mente representada por su Gerente General Carlos Luis Majluf Cahuas, para que se apruebe la Habilitación Urbana Nueva de Lote Unico del terreno de su propiedad con 2,640.00 m2., constituido por el Sublote 10-A-2, calle Cruz del Sur Nº 415, Urb. Club Golf Los Incas, distrito de Santiago de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Notificación Nº 107-2001-SDOPRIV- DDU-MSS (fs. 45) se requiere a la recurrente para que cumpla con adjuntar Certificado de Zonificación y Vías Nº 034-2001-DDU-MSS (original) y Plano de Diseño de la Lotización a escala 1/500. Ello es subsanado por Inversio- nes ALKO S.A.C. con escrito de fecha 3.8.2001 (fs. 46 a 50); Que, la Comisión de Habilitaciones Urbanas emite Dictamen Favorable, de fecha 7.8.2001 (fs. 54 a 56), apro- bando que los Aportes Reglamentarios se redimirán en dinero; dictamen que fue comunicado a la recurrente con Notificación Nº 118-2001-SDOPRIV-DDU-MSS (fs. 57); Que, la Subdirección de Obras Privadas emite el Informe Nº 241-2001-SDOPRIV-DDU (fs. 59 a 62) indicando que Inver- siones ALKO S.A.C. ha cumplido con presentar la documen- tación prevista en el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos y que efectuada la inspección ocular al terreno, se encuentra conforme, procediendo emitir la Resolución de aprobación de Habilitación Urbana Nueva de Lote Unico; Estando a la normatividad contenida en la Ordenanza Nº 009-99-MSS, Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos y facultad expresa contenida en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Artículo 47º inciso 6);RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR FUNDADO el petito- rio de Inversiones ALKO S.A.C. y en consecuencia aprobar, de conformidad con los Planos signados con el Nº 079-2001- SDOPRIV-DDU-MSS, la Habilitación Urbana Nueva de Lote Unico del terreno de DOS MIL SEISCIENTOS CUA- RENTA METROS CUADRADOS (2,640.00 m2) para Uso Residencial de Baja Densidad R-1, constituido por el Sublo- te 10-A-2, de la urbanización Club Golf Los Incas, ubicado con frente a la calle Cruz del Sur Nº 415, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a Inversiones ALKO S.A.C. para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses contados a partir de la notificación de la presente Resolu- ción, las Obras de Habilitación Urbana del terreno de 2,640.00 m2 cuyos proyectos se aprueban debiendo sujetar- se dichos trabajos a los Planos firmados y sellados, teniendo en cuenta lo siguiente: - DISEÑO URBANO.- El Cuadro de Areas que se aprueba es el siguiente: Area Total Bruta 2,640.00 m2. Area cedida para vías 0.00 m2. Area Util del Lote Unico 2,640.00 m2. Area de Aportes: Recreación Pública 4% 105.60 m2. Redimirá en dinero Parques Zonales 6% 158.40 m2. Redimirá en dinero Ministerio de Educación 2% 52.80 m2. Redimirá en dinero Otros fines 1% 26.40 m2. Redimirá en dinero La calle Cruz del Sur, por tratarse de vía en una parcelación semirrústica, no cuenta con la vereda y berma de estacionamien- to, que los recurrentes están obligados a ejecutar dentro del proceso de Habilitación Urbana Nueva que por la presente Resolución se aprueba, en el tramo correspondiente al frente del predio de su propiedad de 60.00 m. La vereda y berma deben ejecutarse con anchos de 1.20 m. y 2.00 m., respectivamente. - PAVIMENTOS.- Las características de las obras de Pavimentación por ejecutar correspondientes a la vereda y berma serán las siguientes: Aceras.- Serán de concreto de calidad de f 'c= 175 kg./ cm2, de 0.10 m. de espesor y construida sobre un terraplén de material seleccionado de buena calidad y debidamente nivelado y compactado. El acabado será con mezcla cemento y arena fina, preparado en proporción 1:2 y de un centímetro de espesor, bruñado cada 1.00 metro y con juntas cada cinco metros. El desnivel de la acera con relación a la calzada termi- nada será de 0.20 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.45 m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal modo que cuando se ejecuten reparaciones no se comprometa al sardinel. La calidad del concreto será de f 'c= 175 kg/cm2. Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra de chacra, compactada y nivelada, con árboles cada 12 m. en pozas de concreto. Artículo Tercero.- DISPONER, quede como carga ins- crita en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima la obligación de los propietarios de cancelar los déficits de Aportes Reglamentarios, que serán redimidos en dinero, antes de la Recepción de Obras y en consecuencia queda como garantía, el Lote Unico. En cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC Artículo 29º, los déficits de Aportes para Recreación Pública de 105.60 m2 y para Otros Fines de 26.40 m2 deben ser valoriza- dos y cancelados en la Municipalidad de Santiago de Surco; para Parques Zonales de 158.40 m2 en Serpar-Lima y para el Ministerio de Educación de 52.80 m2 en dicho Ministerio. Artículo Cuarto.- DISPONER la remisión de los pre- sentes actuados administrativos a la Municipalidad Metro- politana de Lima para su ratificación de acuerdo a Ley. Artículo Quinto.- ORDENAR la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, quedando para tal efecto Inversiones ALKO S.A.C. obligada al pago de los gastos que irrogue dicha publicación. Artículo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dis- puesto en los artículos precedentes a la Dirección de Desarrollo Urbano, a través de la Subdirección de Obras Privadas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 31940