Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2001 (22/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 22 de noviembre de 2001
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Otorgar a la ASOCIACION CIVIL DE COMUNICACION SOCIAL SOLIDARIDAD, autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora : BC-FM : 92.7 MHz : OBT-3P-FM : 50 w. : 256F8E : H24 : Jr. Maranon Nº 419, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Coordenadas: L.O. 78° 37' 00" L.S. 08° 59' 00" La operacion de la referida estacion de radiodifusion se efectuara, ademas de las caracteristicas tecnicas MORDAZA indicadas, de acuerdo a los siguientes parametros tecnicos: - La potencia radiada efectiva menor que 100 w. - La altura del centro de radiacion de la antena, menor o igual que 30 m. - Patron de radiacion conformada con NULL hacia Chimbote. - La MORDAZA de servicio: localidad de SANTA. El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sancion de dejar sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- La ASOCIACION CIVIL DE COMUNICACION SOCIAL SOLIDARIDAD, esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedida de modificar las caracteristicas y parametros tecnicos a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ESPARZA Viceministro de Comunicaciones 34833

de setiembre de 1991, para operar por el plazo de un (1) ano, una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa; Que, el Articulo 51º del TUO de la Ley de Telecomunicaciones concordado con el Articulo 120º de su Reglamento General, establecen que las autorizaciones son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobacion previa y expresa del Ministerio, siempre que hayan transcurrido dos (2) anos, contados a partir de la fecha de su entrada en vigencia, tratandose de servicios de radiodifusion; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 594-2001-MTC/15.19.03.2, senala que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), se constato que esta operando satisfactoriamente, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue la autorizacion solicitada, incluyendose el cambio de ubicacion, aumento de potencia y cambio de MORDAZA de emision de la mencionada estacion; Que, asimismo, la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A. ha solicitado se apruebe la transferencia de la citada autorizacion a favor de su empresa, en virtud de la Fusion por Absorcion realizada entre las empresas RADIODIFUSORA 1160 S.A. y RADIO SUDAMERICANA S.A. con fecha 12 de agosto de 1996 y la Resolucion Viceministerial Nº 249-98-MTC/15.03 de fecha 9 de setiembre de 1998, mediante la cual se reconoce a la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A. como titular de las autorizaciones, permisos y licencias de las que fuera titular la EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A. asi como los procedimientos relativos a la obtencion de dichos derechos que se encuentra en tramite; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 7772001-MTC/15.19.01, senala que de la evaluacion de la documentacion presentada, considera factible aprobar la transferencia de la autorizacion de la estacion de radiodifusion en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Cayma, provincia y departamento de MORDAZA, que solicitara la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A.; y asimismo, considera procedente conceder la autorizacion por diez (10) anos, en periodos sucesivos, con la modificacion de las caracteristicas tecnicas solicitadas, reconociendose a dicha empresa como la titular de la misma; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada a la empresa RADIO SUDAMERICANA S.A. (antes RADIO SUDAMERICANA E.I.R.L.) por Resolucion Ministerial Nº 662-91-TC/15.17, para la operacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Cayma, provincia y departamento de MORDAZA, a favor de la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A.; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Autorizar, en periodos sucesivos, por el plazo de diez (10) anos a la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A., la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Cayma, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora : : : : : : BC-FM 100.5 MHz OCW-6T 1 Kw. 256F8E H24

Aprueban transferencia de autorizacion otorgada a persona juridica para la operacion del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 982-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 29 de octubre de 2001 VISTAS, las solicitudes presentadas por la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A. sobre autorizacion por diez (10) anos de la estacion en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Cayma, provincia y departamento de MORDAZA, cambio de caracteristicas tecnicas; asi como aprobacion de transferencia y reconocimiento de nueva titular de dicha autorizacion; CONSIDERANDO: Que, la empresa RADIODIFUSORA SUDAMERICANA S.A. (antes RADIO SUDAMERICANA E.I.R.L.) fue autorizada por Resolucion Ministerial Nº 662-91-TCC/15.17 del 10

: Jr. Progreso- La Tomilla, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa. Coordenadas: L.O. 71° 32' 44.52" L.S. 16° 21' 44.34"

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