Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2001 (22/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 22 de noviembre de 2001

Articulo 3º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de un (1) ano otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 662-91-TC/15.17, por tanto vencera el 10 de setiembre de 2011. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Articulo 4º.- La EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A., como nueva titular de la autorizacion acotada, queda obligada a cumplir con todas las obligaciones o cargos que deriven de la presente autorizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ESPARZA Viceministro de Comunicaciones 34834

durante la temporada de invierno 2001/02 realice las operaciones proyectadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261; y, con la opinion favorable de las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la ampliacion del plazo de ejecucion del Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPANA y BRITISH AIRWAYS, para prestar el servicio de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta LONDRES - MORDAZA - MORDAZA y vv., con siete (7) frecuencias semanales. El plazo de vigencia de la presente autorizacion es por seis (6) meses vigente a partir del 27 de setiembre del 2001, dia siguiente al vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 048-2001-MTC/15.16. Articulo Segundo.- La autorizacion indicada en el Articulo Primero se sujetara a las siguientes condiciones: 1. La presente autorizacion comprende la explotacion por parte de IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPANA, de los derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire entre MORDAZA - MORDAZA y vv.; y, por parte de BRITISH AIRWAYS solo la comercializacion de los derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire en la ruta LONDRES - MORDAZA, via MORDAZA, sin derechos de trafico hacia/desde LIMA. 2. En la publicacion y comercializacion de los servicios materia del Acuerdo de Codigo Compartido que se autoriza, ambos transportadores deberan hacer mencion expresa al publico usuario, que se trata de vuelos de codigo compartido de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. Articulo Tercero.- MORDAZA empresas de transporte aereo se encuentran obligadas a presentar mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a las operaciones de codigo compartido que se autorizan por la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- La presente autorizacion sera revocada, previa comunicacion a MORDAZA empresas transportadoras, cuando incumplan las obligaciones contenidas en la presente Resolucion Directoral; o renuncie, se suspenda o se revoque el respectivo Permiso de Operacion. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorizacion, sera sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo Quinto.- En la presente autorizacion, MORDAZA empresas responden indivisible y solidariamente frente a los pasajeros y carga transportados, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el respectivo contrato. Articulo Sexto.- La presente autorizacion queda sujeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; Decreto Supremo Nº 054-88-TC y sus modificatorias; asi como al cumplimiento estricto de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolucion Directoral tanto por parte de IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPANA y de BRITISH AIRWAYS, asi como a las demas disposiciones legales vigentes y directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN-VENG Director General de Aeronautica Civil 34011

Autorizan ampliacion de plazo de ejecucion del Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre Iberia y British Airways para prestar servicio de transporte aereo regular de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 158-2001-MTC/15.16 MORDAZA, 26 de octubre del 2001 Vista, la solicitud de IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPANA y de BRITISH AIRWAYS, sobre la prorroga de la aprobacion del Acuerdo de Cooperacion Comercial de Codigo Compartido suscrito entre MORDAZA empresas, para el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Directoral Nº 048-2001-MTC/15.16 del 13 de marzo de 2001, se autorizo el Acuerdo de Cooperacion Comercial entre IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPANA y BRITISH AIRWAYS, para operar en la modalidad de Codigo Compartido, el Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo entre LONDRES - MORDAZA - MORDAZA y vv., con seis (6) frecuencias semanales; Que, con Solicitud de Registro Nº 048411 del 24 de setiembre del 2001 y Solicitud de Registro Nº 049112 del 26 de setiembre del 2001, de IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPANA y de BRITISH AIRWAYS respectivamente, solicitaron la prorroga por doce meses de la autorizacion del Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre MORDAZA aerolineas para operar el Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en la ruta MORDAZA - MORDAZA y vv., con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire, con seis (6) frecuencias semanales para IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPANA y la comercializacion de los derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire en la ruta LONDRES - MORDAZA y vv., via MORDAZA, sin derechos de trafico hacia/desde LIMA; Que, de otro lado, con Solicitud de Registro Nº 052640 del 12 de octubre del 2001, IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPANA solicita la ampliacion del numero de frecuencias a ser servidas bajo la modalidad de Codigo Compartido con BRITISH AIRWAYS de seis (6) a siete (7) frecuencias semanales, segun lo autorizado a IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPANA en su Permiso de Operacion vigente; Que, IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPANA cuenta con Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, otorgado segun Resolucion Directoral Nº 050-98-MTC/15.16 del 17 de MORDAZA de 1998, modificada por la Resolucion Directoral Nº 079-98-MTC/15.16 y Resolucion Directoral Nº 074-99MTC/15.16 del 23 de junio de 1998 y 4 de MORDAZA de 1999 respectivamente, autorizandola a servir la ruta MORDAZA MORDAZA y vv., con siete (7) frecuencias semanales y con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire; Que, el Departamento de Medio Ambiente, Transporte y Regiones del Gobierno del Reino Unido, ha designado a la empresa BRITISH AIRWAYS a fin de operar con derechos de trafico en la ruta LONDRES - MORDAZA via MORDAZA, bajo la modalidad de Codigo Compartido con IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPANA; Que, asimismo, la Direccion General de Aviacion Civil de Espana, ha concedido autorizacion excepcional y temporal a IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPANA para que

Otorgan a MORDAZA Team S.A.C. licencia para prestar servicio de transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario del Callao y su area de influencia
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 216-2001-MTC/15.15 MORDAZA, 26 de octubre de 2001 Vista la solicitud (Expedientes Nº 2001-005343) presentada por la empresa MORDAZA TEAM S.A.C., solicitando Licencia para la prestacion de Servicio de Transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Trans-

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