Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2001 (22/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 22 de noviembre de 2001

Articulo Primero.- Declarar FUNDADA la denuncia seguida contra los doctores Niro MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Lecaros MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocales de la Sala Mixta de la Corte Superior de Ucayali, por el delito de Prevaricato. Articulo Segundo.- Remitir los actuados al Fiscal Superior llamado por ley, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento de la presente resolucion a los senores Presidentes, de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistratura, Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Ucayali y Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Ucayali, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 34955

Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga que se otorga, la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito de la Region San MORDAZA S.A.A. debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que se vencio el referido plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO DE LA RESOLUCION SBS Nº 857-2001 BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702) Relacion de bienes adjudicados por obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito de la Region San MORDAZA S.A.A. prorroga de seis meses para su venta, conforme con lo dispuesto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros.
MORDAZA de Bien Descripcion / Ubicacion Fecha de Adjudicacion Valor en Libros Valor de Prorroga Realizacion de segun Tasacion Tenencia S/. 165,140.00 22.5.02

SBS
Prorrogan plazo otorgado a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito de la Region San MORDAZA S.A.A. para que proceda a enajenar inmueble adjudicado en pago de deuda
RESOLUCION SBS Nº 857-2001 MORDAZA, 9 de noviembre de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion del bien inmueble que forma parte del Anexo de la presente Resolucion, otorgado en dacion de pago, presentada por la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito de la Region San MORDAZA S.A.A., conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que el Articulo 215º de la Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que trate debe enajenarlos en un plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, la MORDAZA Rural debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular SBS Nº CR-132-2000 establece los procedimientos a seguir para la constitucion de provisiones para los bienes adjudicados o recuperados con prorroga y en el numeral 4 que las solicitudes para prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario sera rechazada la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "E" mediante Informe Nº DESF "E" 136-2001/OT y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y, en virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 807-99 del 26 de agosto de 1999; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito de la Region San MORDAZA S.A.A. proceda a la enajenacion del bien adjudicado senalado en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, debiendo ajustarse a los lineamientos establecidos en la Circular SBS Nº CR-0132-2000.

Predio Sector Chontamuyo - 22.11.00 S/. 206,425.00 MORDAZA distrito Banda de Shilcayo - provincia y departamento de San MORDAZA

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Autorizan al Banco Wiese Sudameris el traslado de agencia ubicada en el Cercado de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 866-2001 MORDAZA, 13 de noviembre de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris, para que se le autorice el traslado de una Agencia ubicada en el Jr. Cuzco Nº 245, hacia el Jr. Carabaya Nº 543, Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el traslado solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "C", mediante Informe Nº DESF "C" 149-OT/2001; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 32º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguroscon la Circular Nº B-1996-97 y la Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Wiese Sudameris, el traslado de una Agencia ubicada en el Jr. Cuzco Nº 245, hacia el Jr. Carabaya Nº 543, Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 34957

Autorizan al Banco de Comercio el traslado de agencia ubicada en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 867-2001 MORDAZA, 13 de noviembre de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA

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