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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (15/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 211261 NORMAS LEGALES Lima, lunes 15 de octubre de 2001 E. VIGENCIA La presente directiva rige desde el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano conforme a lo establecido en el Art. 29º de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162. F. CONSIDERACIONES PARA LA FORMULACIÓN DEL PLAN ANUAL DE CONTROL La Contraloría General de la República como órgano rector del Sistema Nacional de Control establece los linea- mientos de política y directivas que permitan un mejor planeamiento y ordenamiento de las acciones del Sistema, su control y posterior evaluación. F.1 Misión y Visión de la Contraloría General de la República En el marco del proceso de Planeamiento Estratégico Sectorial para el período 2002-2006, la Contraloría General ha planteado como Visión, Misión y Objetivos Estratégicos los siguientes: MISIÓN "La Contraloría General de la República es el órgano superior del Sistema Nacional de Control que cautela el uso eficiente, eficaz y económico de los recursos del Estado, la correcta gestión de la deuda pública, así como la legalidad de la ejecución del presupuesto del sector público y de los actos de las instituciones sujetas a control. Promovemos mejoras en la gestión pública y asumi- mos el liderazgo en la lucha contra la corrupción" VISIÓN "Ser una Institución moderna capaz de controlar el buen uso de los recursos del Estado y promover una cultura de honestidad y transparencia en la gestión pública". Como objetivos estratégicos institucionales y del Siste- ma Nacional de Control, se aprobaron: 1. La Mejora y Modernización del Control Gubernamental; 2. La Promo- ción de la Lucha contra la Corrupción Administrativa; y, 3. El Fortalecimiento del Sistema Nacional de Control. Di- chos objetivos, inciden en la intensificación de las acciones de control, modernización de los sistemas de gestión y control, activación de mecanismos preventivos, de detec- ción y sanción en la lucha contra la corrupción, y en mejoras de la capacidad técnica y operativa de los Órganos de Auditoría Interna. F.2 Lineamientos de Política Los lineamientos de política del Sistema Nacional de Control son aprobados por Resolución de Contraloría y constan en el documento "Lineamientos de Política para la Formulación del Plan Anual de Control de los Órganos del Sistema Nacional de Control" , el mismo que constituye un instrumento orientador para la progra- mación de las actividades de control. G. DISPOSICIONES GENERALES G.1 El Plan Anual de Control para el año 2002 es el documento de gestión institucional, cuya formulación y cumplimiento es obligatorio por parte de los órganos confor- mantes del Sistema Nacional de Control, el cual comprende la programación de las Acciones de Control y Acciones Complementarias que deben ejecutarse en el ejercicio anual. La formulación del Plan se efectúa tomando en cuenta los objetivos institucionales de la Entidad y Lineamientos de Política aprobados por la Contraloría General de la República. G.2 Los Órganos de Auditoría Interna y unidades orgáni- cas de línea de la Contraloría General ingresarán la informa- ción de la programación, ejecución y evaluación del Plan Anual de Control en el Sistema de Auditoría Gubernamental - SAGU, cuyos reportes corresponden a los formatos estable- cidos en la presente Directiva. Los OAI deberán generar el diskette con la información pertinente del SAGU y remitirlo a la Contraloría General, adjuntando los formatos que emite el Sistema debidamente visados por el órgano auditor. Únicamente, en los casos comprobados de limitaciones técnicas o carencia de equipos informáticos, los OAI podrán remitir dicha información en los formatos impresos.G.3 Los reportes impresos del SAGU remitidos a la Contraloría General tienen carácter de declaración jurada, los mismos que deben ser evaluados por las unidades orgánicas de línea y Sedes Regionales de la Contraloría General de acuerdo a su ámbito de control. G.4 El Plan Nacional de Control para el año 2002 es el documento de gestión del Sistema Nacional de Control, que consolida las Acciones de Control programadas por los Órganos de Auditoría Interna y las unidades orgánicas de línea de la Contraloría General de la República, es aproba- do por Resolución de Contraloría. H. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DE LOS PRO- CESOS H.1 FORMULACIÓN DEL PLAN ANUAL DE CON- TROL I. ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL PLAN ANUAL DE CONTROL El Plan Anual de Control se elabora con la siguiente estructura y contenido: PLAN ANUAL DE CONTROL PARA EL AÑO 2002 -Datos Generales i.Información del Sector / Institución ii.Información del Órgano de Auditoría Interna -Programa de Actividades iii.Acciones de Control iv.Acciones Complementarias -FORMATOS 1–A y 1–B I.1 Datos Generales i. Información del Sector / Institución i.1 Diagnóstico y problemática del Sector / Institución - Análisis FODA. i.2 Misión y Visión. - Misión. - Visión. i.3 Objetivos Estratégicos Sectoriales / Institucionales. En las entidades del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas, la información del Sector o Institución deberá ser concordante con el Plan Estratégico Sectorial (PESEM) o Plan Estratégico Institucional (PEI) del período 2002-2006, requerido mediante R.M.Nº 084-2001-EF/10 y remitido a la Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros del Ministerio de Economía y Finanzas. Co- rresponde a las inspectorías de los Ministerios preparar la información de carácter sectorial. ii. Información del Órgano de Auditoría Interna ii.1 Diagnóstico y problemática del OAI - Análisis FODA. ii.2 Misión del OAI. ii.3 Visión del OAI (imagen futura). La Misión y Visión del OAI se expresan con base en la Misión y Visión de la Contraloría General de la República. I.2 Programa de Actividades El Programa de Actividades comprende las Acciones de Control y Acciones Complementarias. Para efecto de la presente directiva se define como Acciones de Control a los Exámenes Especiales, Auditorías Financieras y Auditorías de Gestión; y como Acciones Complementarias a todas las actividades no incluidas en la clasificación anterior que de manera directa o indirecta coadyuvan al proceso de control. II. PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES La programación de actividades deberá considerar la real capacidad operativa disponible en el Órgano de Audi- toría interna, sin incluir al personal por contratar a futuro bajo cualquier modalidad y dentro del marco legal. La programación toma en cuenta un estándar de 230 días al año y 8 horas diarias por auditor, equivalentes a un total de 1,840 h/h anuales laborables por cada auditor. La distribución de horas laborables se realiza de la siguiente forma: En las Inspectorías y Organos de Auditoría Interna :