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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (18/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 211381 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de octubre de 2001 de las Américas, a realizarse en la ciudad de Montreal, Canadá, del 3 al 5 de octubre de 2001; Que, el citado evento tiene como objetivo dar a conocer las oportunidades del programa del Mercado Multimedia de las Américas, los adelantos de la animación tridimen- sional, las aplicaciones de la televisión interactiva, los aportes de la informática en el campo de la salud, de la educación a la distancia, del comercio electrónico, así como también ampliar horizontes en el ámbito del desarrollo tecnológico; Que, por la importancia que tiene la participación del Perú, en el citado evento, es pertinente autorizar el viaje de un funcionario del INEI, para que asista al lanzamiento de la primera etapa del Mercado Multimedia de las Amé- ricas; Que, los auspiciadores del evento asumirán los gastos del pasaje y parte de viáticos que irrogue la participación del citado funcionario; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, el viaje del Ing. MANUEL MATOS ALVARADO, Director Técnico de Desarrollo Informático del Instituto Nacional de Estadística e Informática, a la ciudad de Montreal, Canadá, del 3 al 5 de octubre del 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente Resolución, serán asumidos con Recursos Ordinarios del Pliego 02 Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos :US$ 275.00 - Tarifa CORPAC :US$ 25.00 Artículo 3º.- El representante del INEI antes mencio- nado, en el término de quince días calendario, contados a partir de su retorno al país, deberá elaborar un informe a la Jefatura del INEI, en el cual describirá las actividades desarrolladas en el mencionado viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 32901 Autorizan viaje de profesional del OSI- NERG para participar en reuniones relativas al proyecto de acuerdo de normas sobre interconexión y sumi- nistro de energía eléctrica con Ecua- dor y Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 530-2001-PCM Lima, 16 de octubre de 2001 Visto el Oficio Nº 154-2001-OSINERG-SECD del Pre- sidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG; CONSIDERANDO: Que los Ministros de Energía y Minas de las Repúbli- cas del Perú, Colombia y Ecuador, suscribieron el "Acuer- do para la Interconexión Regional de los Sistemas Eléctri- cos y el Intercambio Internacional de Energía Eléctrica" con la finalidad de fomentar y promover la adaptación delos regímenes jurídicos internos que permitan la libre comercialización, exportación, importación y acceso al uso de las redes de transporte de energía eléctrica entre los países firmantes; Que el Acuerdo citado precedentemente dispone que el grupo dedicado a aspectos normativos y regulatorios presentará una propuesta de armonización de marcos normativos en un plazo de sesenta días, para lo cual, cada uno de los países designará representantes de los entes reguladores con dedicación exclusiva y a tiempo completo, a las reuniones que sostendrá en Ecuador y Colombia entre los meses de octubre y noviembre del presente año; Que, los citados Ministros acordaron promover re- uniones de los entes reguladores de los tres países, esto es, CREG de Colombia, CONELEC de Ecuador y OSI- NERG del Perú, reuniones que tuvieron lugar en las ciudades de Quito - Ecuador y Lima - Perú, en las que se elaboró un proyecto de documento "Acuerdo sobre Nor- mas que regulan la Interconexión y el Suministro de Energía Eléctrica"; Que, se realizarán otras reuniones para tratar los puntos mencionados en los considerandos anteriores, en las ciudades de Quito, Ecuador y Bogotá, Colombia, por lo que resulta necesario autorizar la participación de un funcionario del OSINERG para que participe en los cita- dos eventos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero JAVIER CAMAC GUTIERREZ, Especialista de la Gerencia de Generación y Transmisión de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERG, a las ciudades de Quito - Ecuador, del 10 al 12 de octubre de 2001 y del 28 de octubre al 3 de noviembre del 2001 y a la ciudad de Bogotá del 4 al 10 y del 23 al 24 de noviembre del 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes :US$ 1177.00 - Viáticos :US$ 3600.00 - Tarifa Corpac :US$ 25.00 Artículo 3º.- El representante del OSINERG antes mencionado, en el término de quince (15) días calendario, contados a partir de su retorno al país, deberá elaborar un informe para la Presidencia del OSINERG, en el cual describirá las actividades desarrolladas en el mencionado viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 32902 Autorizan viaje de representantes de PROMPERU a Argentina para partici- par en la Feria Internacional de Turis- mo FIT 2001 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 531-2001-PCM Lima, 16 de octubre de 2001 Vista la Carta Nº C.625.2001/PP.SE de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú - PROM- PERU;