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Pág. 211384 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de octubre de 2001 de efectuado el viaje, deberá presentar un informe a PROMPERU, detallando las actividades realizadas en el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente resolución no da derecho a exoneración de impuestos ni de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 32907 Autorizan viaje del Presidente de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza a España, para pre- sentar Programa de Emergencia a la Mesa de Cooperación Internacional RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 536-2001-PCM Lima, 16 de octubre de 2001 Visto el Oficio Nº 321-2001-MCLCP del Presidente de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza; CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza ha sido invitado para acompañar a la Delegación Peruana que viajará a España a la presen- tación del Programa de Emergencia a la Mesa de Coopera- ción Internacional; Que, en tal sentido resulta pertinente autorizar el viaje del Presidente de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza, para que asista al citado evento; De conformidad con lo señalado por el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 004-2000- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Padre GASTON GARATEA YORI ss.cc. Presidente de la Mesa de Concer- tación para la Lucha contra la Pobreza, a la ciudad de Madrid, España, del 17 al 25 de octubre de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución será con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 003: Secretaría General - PCM del Pliego 01 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 1,025.00 Viáticos :US$ 2,860.00 Tarifa Corpac :US$ 25.00 Artículo 3º.- El representante antes mencionado en el término de quince (15) días de efectuado el viaje deberá de elaborar un informe para los miembros de la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza, donde describi- rá los actividades realizadas en el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración de impuestos ni de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 32908CONGRESO DE LA REPÚBLICA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO Nº 011-2001-CR Mediante Oficio S/N el Congreso de la República soli- cita se publique Fe de Erratas de la Resolución Legislativa del Congreso Nº 011-2001-CR, publicada en nuestra edi- ción del día 13 de octubre de 2001, en la página 211176. DICE: "Artículo 14º.- Modificación del segundo párrafo del inciso c) y el tercer párrafo del inciso e) del Artículo 55º del Reglamento del Congreso Modifícase el segundo párrafo del inciso c) y el tercer párrafo del inciso e) del Artículo 55º del Reglamento del Congreso, con el siguiente texto: (...)" DEBE DECIR: "Artículo 14º.- Modificación del primer acápite del inciso c) y el segundo acápite del inciso e) del Artí- culo 55º del Reglamento del Congreso Modifícase el primer acápite del inciso c) y el segundo acápite del inciso e) del Artículo 55º del Reglamento del Congreso, con el siguiente texto: (...)" DICE: "Artículo 23º.- Modificación del primer párrafo y los incisos a), e) y j) del Artículo 88º del Reglamento del Congreso Modifícase el primer párrafo y los incisos a), e) y j) del Artículo 88º del Reglamento del Congreso, con el siguiente texto: (...)" DEBE DECIR: "Artículo 23º.- Modificación del primer párrafo y los incisos a) primer párrafo, e) y j) del Artículo 88º del Reglamento del Congreso Modifícase el primer párrafo y los incisos a) primer párra- fo, e) y j) del Artículo 88º del Reglamento del Congreso, con el siguiente texto: (...)" 32895 DEFENSA Autorizan contratar servicios de reparación, garantía, mantenimiento y suministro de repuestos para sistema de comunicaciones de la Marina de Guerra mediante proceso de adjudi- cación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1158-DE/MGP Lima, 10 de octubre de 2001 Visto los antecedentes relacionados con el requeri- miento efectuado por la Dirección de Telemática de la Marina de Guerra del Perú, sobre la exoneración del proceso de selección para la contratación de los servicios de reparación, garantía, mantenimiento y suministro de re- puestos para el Sistema de Comunicaciones HARRIS. CONSIDERANDO: Que, la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú del Pliego 026: Ministerio de Defensa, en su