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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (22/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 211615 NORMAS LEGALES Lima, lunes 22 de octubre de 2001 SALUD Autorizan viaje de representante del Ministerio a los EE.UU. para participar en el curso "Reforma del Sector Salud y Financiamiento Sostenible" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 412-2001-SA Lima, 20 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que, debiendo asistir al curso "Reforma del Sector Salud y Financiamiento Sostenible", organizado por el Instituto del Banco Mundial (WBI), a desarrollarse en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 29 de octubre al 16 de noviembre del 2001; Que doña REBECA ROSARIO RODRIGUEZ PALA- CIOS, Consultora del Seguro Público de Salud, ha sido designada a participar en dicho curso; De conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM y disposiciones conexas; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1. Autorizar la participación de la Consultora de la Unidad de Seguro Público del Ministerio de Salud, doña REBECA ROSARIO RODRIGUEZ PALACIOS, en el curso "Reforma del Sector Salud y Financiamiento Sostenible", organizado por el Instituto del Banco Mundial (WBI), evento programado en Washington D.C., - Estados Unidos de América, del 29 de octubre al 16 de noviembre del 2001. 2. Los gastos que origine el cumplimiento de la presente Resolución serán asumidos por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD, según detalle: Pasajes US$ 812.00 Viáticos US$ 4 400.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Inscripción en el curso US$ 2 100.00 3. La presente Resolución no dará derecho a exonera- ciones aduaneras de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial LUIS SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud 33094 PESQUERÍA Aprueban formato de Declaración Ju- rada Mensual para la liquidación de derechos de pesca de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa co- rrespondiente al ejercicio 2001 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 276-2001-PE/DNEPP Lima, 18 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 040-2001-PE del 22 de enero del 2001, se establecieron los derechos de pescapor c oncepto de explotación de los recursos pelágicos an- choveta, sardina, jurel y caballa correspondientes al ejerci- cio 2001; Que mediante Resolución Ministerial Nº 139-2001-PE del 16 de abril del 2001, se adecuó el proceso de pago de derechos de pesca de los recursos pelágicos conforme a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley Gene- ral de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE; Que por Resolución Directoral Nº 033-2001-PE/DNEPP del 19 de abril del 2001, se aprobó el formato de Declaración Jurada Mensual para la liquidación de los derechos de pesca de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa para el ejercicio 2001, de aplicación para efectuar los pagos mensuales de los derechos de pesca a partir de marzo del presente año; Que a través de la Resolución Ministerial Nº 310-2001- PE del 14 de setiembre del 2001, se prorrogó por el presente año, la fecha de vencimiento de la primera y segunda cuota de los derechos de pesca correspondiente a la modalidad de pago en tres (3) armadas, establecida en el Artículo 3º de la Resolución Ministerial citada en el segundo considerando, disponiendo que la primera cuota vencerá el 30 de octubre del 2001 y liquidará las capturas realizadas entre el 1 de enero y el 31 de agosto del presente año; y, asimismo, se mantuvo vigente la disposición referente a que aquellos armadores que eligieron pagar mensualmente los derechos de pesca, deben efectuar la primera liquidación de tales derechos el 30 de octubre del 2001, aún cuando no debiesen hacer pago efectivo alguno; Que por Decreto Supremo Nº 032-2001-PE, del 20 de setiembre de 2001, se estableció un régimen excepcional a lo dispuesto en el Artículo 41º del Reglamento de la Ley General de Pesca, respecto a la reducción del 5% del monto de los derechos de pesca como incentivo por pronto pago y la deducción de los pagos por el servicio de Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT como pago a cuenta de los derechos de pesca, disponiendo que para gozar de tales beneficios los pagos mensuales por dere- chos de pesca y los pagos por servicio de SISESAT correspondientes a los meses de julio a diciembre de 2001 debían cancelarse totalmente dentro del mes siguiente al que corresponden; Que es necesario adecuar y establecer los formatos de declaración jurada por concepto de pago de derechos de pesca de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa correspondientes al pago mensual y a la primera cuota del ejercicio 2001, así como la información que deben contener los mismos; Estando a lo informado por la Dirección de Ordena- miento Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º de la Resolución Ministerial Nº 139-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el formato de Declaración Jurada Mensual para la liquidación de los derechos de pesca de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa correspondien- te al ejercicio 2001, el mismo que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El formato aprobado en el artículo ante- rior será de aplicación para efectuar la declaración y el pago mensual de los derechos de pesca a partir de setiembre del 2001. Los armadores que optaron por la alternativa de pago mensual de los derechos de pesca entre enero y agosto del 2001, adecuarán la declaración y el pago efectuado al formato de Declaración Jurada aprobado en el artículo siguiente. Artículo 3º.- Aprobar el formato de Declaración Jurada por concepto de pago de derechos de pesca de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa correspondiente a la primera cuota del ejercicio 2001, cuya fecha límite para su presentación ante el Ministerio de Pesquería es el 30 de octubre del 2001, el mismo que en Anexo 2 forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 033-2001-PE/DNEPP. Artículo 5º.- Los derechos de pesca se abonarán en el Banco Wiese Sudameris en la Cuenta Corriente Nº 000- 0093203 - Derechos de Pesca. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNANDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero