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Pág. 211626 NORMAS LEGALES Lima, lunes 22 de octubre de 2001 Aprueban formato de Declaración Ju- rada Mensual para la liquidación de derechos de pesca del recurso merlu- za, correspondiente al ejercicio 2001 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 278-2001-PE/DNEPP Lima, 18 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 140-2001-PE del 16 de abril del 2001, se establecieron las normas para efectuar el pago de derechos de pesca por concepto de explotación del recurso merluza correspondiente al ejerci- cio 2001; Que por Resolución Directoral Nº 034-2001-PE/DNEPP, del 19 de abril del 2001, se aprobó el formato de Declaración Jurada Mensual para la liquidación de los derechos de pesca del recurso merluza para el ejercicio 2001; Que a través de la Resolución Ministerial Nº 310-2001- PE del 14 de setiembre del 2001, se prorrogó por el presente año, la fecha de vencimiento de la primera y segunda cuota de los derechos de pesca correspondiente a la modalidad de pago en tres (3) armadas, establecida en el Artículo 3º de la Resolución Ministerial citada en el primer considerando, disponiendo que la primera cuota vencerá el 30 de octubre del 2001 y liquidará las capturas realizadas entre el 1 de enero y el 31 de agosto del presente año; y, asimismo, se mantuvo vigente la disposición referente a que aquellos armadores que eligieron pagar mensualmente los derechos de pesca, deben efectuar la primera liquidación de tales derechos el 30 de octubre del 2001, aun cuando no debiesen hacer pago efectivo alguno; Que por Decreto Supremo Nº 032-2001-PE, del 20 de setiembre de 2001, se estableció un régimen excepcional a lo dispuesto en el Artículo 41º del Reglamento de la Ley General de Pesca, respecto a la reducción del 5% del monto de los derechos de pesca como incentivo por pronto pago y la deducción de los pagos por el servicio de Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT como pago a cuenta de los derechos de pesca, disponiendo que para gozar de tales beneficios los pagos mensuales por derechos de pesca y los pagos por servicio de SISESAT correspondientes a losmeses de julio a diciembre de 2001 debían cancelarse totalmente dentro del mes siguiente al que corresponden; Que es necesario adecuar y establecer los formatos de declaración jurada por concepto de pago de derechos de pesca del recurso merluza correspondientes al pago men- sual y a la primera cuota del ejercicio 2001, así como la información que deben contener los mismos; Estando a lo informado por la Dirección de Ordena- miento Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º de la Resolución Ministerial Nº 140-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el formato de Declaración Jurada Mensual para la liquidación de los derechos de pesca del recurso merluza correspondiente al ejercicio 2001, el mis- mo que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El formato aprobado en el artículo ante- rior será de aplicación para efectuar la declaración y el pago mensual de los derechos de pesca a partir de setiembre del 2001. Los armadores que optaron por la alternativa de pago mensual de los derechos de pesca entre enero y agosto del 2001, adecuarán la declaración y el pago efectuado, en el formato de Declaración Jurada aprobado en el artículo siguiente. Artículo 3º.- Aprobar el formato de Declaración Jurada por concepto de pago de derechos de pesca del recurso merluza correspondiente a la primera cuota del ejercicio 2001, cuya fecha límite para su presentación ante el Minis- terio de Pesquería es el 30 de octubre del 2001, el mismo que en Anexo 2 forma parte integrante de la presente Resolu- ción. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 034-2001-PE/DNEPP. Artículo 5º.- Los derechos de pesca se abonarán en el Banco Wiese Sudameris en la Cuenta Corriente Nº 000- 0093203 - Derechos de Pesca. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNANDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero319-2001-PE/DINSECOVI -Dsvs FABRICA DE CONSERVAS Chimbote 27-03-01 Extraer 183.550 TM del recurso hi- La referida embarcación se encontraba rumbo ISLAY S.A. Reporte de Ocurrencia Nº 271/ drobiológico anchoveta, declarado a puerto depués de las 00:00 horas del 27de DE CTAR ANCASH en veda E/P "Esther 2" marzo, sin registrarse velocidades de pesca, no habiendo realizado faenas extractivas des- pués de iniciada la veda. 327-2001-PE/DINSECOVI -Dsvs TRABAJADORES UNIDOS Chimbote 24-02-01 Venta de residuos cocidos de pesca- No impide que no pueda optar otro mecanismo CHIMBOTE S.A. Reporte de Ocurrencia Nº 036/ do la cantidad de 10.268 TM de disposición de tales residuos, siendo una al- DP Y MA CTAR-ANCASH ternartiva viable la venta de éstos a terceras empresas con licencias vigentes para procesar- los. 329-2001-PE/DINSECOVI -Dsvs FERRETERIA ATLANTIDA Chimbote 27-03-01 Extraer 145.704 TM el recurso hidro- La referida embarcación se encontraba rumbo S.R.L. Reporte de Ocurrencia Nº 273/ biológico anchoveta declarado en a puerto, sin registrarse velocidades de pesca, De CTAR-ANCASH veda E/P "Mary Carmen" no habiendo realizado faenas extractivas des- pués de iniciada la veda . 343-2001-PE/DINSECOVI -Dsvs INGENIEROS PESQUEROS Santa 01-04-01 Venta de residuos sólidos de pesca- No constituye infracción alguna a la normativi- CONSULTORES S.A.C. Reporte de Ocurrencias Nº 250/ do a terceros no autorizados dad pesquera, el hecho de vender residuos DPyMA CTAR - ANCASH sólidos de pescado a terceros y de otro lado los terceros no requieren de ninguna autorización. 351-2001-PE/DINSECOVI -Dsvs JADRAN S.A. Chimbote 17-03-01 Extraer 199.215 TM del recurso hi- La referida embarcación se encontraba rumbo Reporte de Ocurrencias Nº 113/ drobiológico anchoveta declarado en a puerto, sin registrarse velocidades de pesca, De CTAR-ANCASH veda. E/P "Andelka" no habiendo realizado faenas extractivas des- pués de iniciada la veda . 353-2001-PE/DINSECOVI -Dsvs PESQUERA ESMERALDA Callao 19-05-98 Recepcionar y Procesar 30 TM de Existe fundamento legal que sustenta la inapli- S.A. Acta de Infracción S/N DNE recurso hidrobiológico sardina decla- cabilidad de las sanciones a dicha infracción, rado en veda superando la captura al amparo de la RM 202-2000-PE. incidental establecida. PESCA PERU CALLAO SUR Callao 20-05-98 Recepcionar y Procesar recurso hi- Existe fundamento legal que sustenta la inapli- S.A. Acta de Infracción S/N DNE drobiológico sardina en veda y en cabilidad de las sanciones a dicha infracción, tallas menores a las permitidas. al amparo de la RM 202-2000-PE COMPLEJO INDUSTRIAL Callao 20-05-98 Recepcionar y Procesar recurso hi- Existe fundamento legal que sustenta la inapli- PESQUERO SACRAMENTO Acta de Infracción S/N DNE drobiológico sardina en veda y en cabilidad de las sanciones a dicha infracción, S.A. tallas menores a las permitidas. al amparo de la RM 202-2000-PE 33024Informe Legal Nº Denunciado Lugar; Fecha; Materia Observaciones Reporte Ocurrencias