Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2001 (27/10/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 25 de junio de 2005

determinado, entre otros hechos, que los ex funcionarios del Ministerio de Economia y Finanzas, mediante la Resolucion Ministerial Nº 146-99-EF/10 sujetaron la actuacion del Estado y en general, la ejecucion del Programa, a lo establecido en el Acuerdo MORDAZA para la Consolidacion del Banco Wiese Ltdo. suscrito entre varios particulares que perjudico los intereses del Estado, toda vez que el mencionado Acuerdo MORDAZA establecio aspectos contradictorios al Decreto de Urgencia Nº 03499 y su Reglamento aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 144-99-EF/77, disponiendo que el Fideicomiso (a cargo del Banco de la Nacion) debia adquirir acciones preferentes del Banco Wiese Ltdo. con la finalidad de que el monto que reciban los vendedores como resultado de la transferencia de tales acciones sea aportado al capital social del Banco Wiese Ltdo. desvirtuandose con ello el Decreto de Urgencia Nº 034-99 y su Reglamento los cuales establecieron que la figura aplicable para este MORDAZA de salvataje era la de una suscripcion temporal de acciones y no la compra y venta de las mismas a que se refiere el Acuerdo Marco; Que, los hechos advertidos en el Informe de vistos, permiten determinar indicios razonables de la presunta comision de los delitos de peculado, concusion en la modalidad de colusion y corrupcion de funcionarios en la modalidad de aprovechamiento indebido del cargo, los cuales se encuentran tipificados y sancionados por los articulos 387º, 384º y 397, del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo en tal sentido, autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que impulse las acciones legales pertinentes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, en coordinacion con el senor Procurador Publico Ad Hoc correspondiente, impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 11538

VISTO Y CONSIDERANDO: Que, para efectos de la determinacion de la competencia en el ambito penal, el Poder Judicial ha asumido el criterio de constituir Juzgados y MORDAZA Penales para procesos con reos libres y con reos en carcel, a fin de facilitar en este ultimo caso, una actuacion jurisdiccional mas ordenada, acorde con la naturaleza del procedimiento, en razon de que las diligencias y audiencias judiciales se desarrollan generalmente en los ambientes de los establecimientos penitenciarios, esto es, en funcion al lugar donde se efectua el juzgamiento; Que, el mandato de coaccion personal en el MORDAZA penal es susceptible de ser variado en el desarrollo del mismo, lo cual no debe motivar que se generen situaciones de conflicto de competencias que ocasionen dilaciones indebidas y vulneren el MORDAZA de celeridad procesal y unidad de la investigacion; Que, por Resolucion de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica de fecha 23 de febrero de 2005, se dispuso que en los casos en que se MORDAZA iniciado un MORDAZA de competencia de los Juzgados y MORDAZA con Reos en Carcel, por encontrarse detenidos los procesados, la variacion suscitada durante la secuela de la instruccion o del juicio oral por su liberacion, no altera la competencia de los organos jurisdiccionales de reos en carcel, hasta su conclusion, teniendo dichos juzgados y MORDAZA la obligacion de conocer el MORDAZA hasta su culminacion; Que, adicionalmente a la situacion descrita en el considerando precedente, se presentan otras situaciones que justifican la asignacion de esta competencia especial, como la prevista en el numeral 2 del articulo primero, la Resolucion Administrativa Nº 210-2004-CSJCN/ PJ de fecha 20 de MORDAZA de 2004, expedida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA, segun la cual los juzgados penales de reos en carcel de dicho distrito judicial, son competentes para conocer de las causas donde se ha dictado mandato de comparecencia, en los casos que el procesado se encuentre privado de su MORDAZA por orden emanada de otro proceso; Que, en funcion de lo expuesto, resulta necesario unificar los diversos criterios de interpretacion que se pudieran dar respecto a la competencia de las Fiscalias que intervienen en los procesos penales con reos en carcel, teniendo en consideracion que se debe tender a homologar la actuacion fiscal con sus pares del Poder Judicial; En ejercicio de la atribucion prevista en el articulo 64º de la Ley Organica del Ministerio Publico, Decreto Legislativo Nº 052; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Compete a las Fiscalias que intervienen en las causas penales a cargo de los Juzgados y MORDAZA con Reos en Carcel, conocer sin excepcion todos los procesos que son de competencia de los referidos organos jurisdiccionales. Articulo Segundo.- Pongase la presente resolucion en conocimiento del senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y senores Fiscales Superiores Decanos a Nivel Nacional, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

MINISTERIO PUBLICO
Precisan competencia de fiscalias que intervienen en procesos que estan a cargo de Juzgados y MORDAZA con Reos en Carcel
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1413-2005-MP-FN MORDAZA, 23 de junio de 2005

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 11503 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1407-2005-MP-FN Mediante Oficio Nº 12370-2005-MP-FN-SEGFIN, la Fiscalia de la Nacion solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1407-

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