Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2001 (27/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 25 de junio de 2005

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE EL COLLAO - ILAVE
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE CONCEJO Nº 051-2005-MPCI El Collao-Ilave, 9 de junio del 2005 VISTOS: El Informe Nº 012-2005-CEAIPVI-MPCI; CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 25361, Ley de Creacion de la Provincia de El Collao, la Municipalidad Provincial de El Collao, constituye ser un organo de gobierno local, que emana de la voluntad popular. Persona Juridica de derecho publico con autonomia economica y administrativa, en concordancia con lo dispuesto por el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y concordante con los Arts. 194º y 195º de la Constitucion Politica del Estado; Que, de conformidad con lo que dispone el Art. 41º de la citada Ley, "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional"; Que, mediante el Informe, considerado en el visto, el senor Presidente del Comite Especial de Adquisiciones de Insumos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de El Collao-Ilave, pone de conocimiento con referencia al Informe Nº 066-05-MPCI/PVL. Que solicita se declare en situacion de Desabastecimiento Inminente el Programa Vaso de Leche con la Finalidad de agilizar la compra de insumos que corresponde al MORDAZA trimestre, todo debido a que se ha declarado DESIERTO el MORDAZA de Licitacion Publica llevado a cabo el dia 06 de junio del 2005, que dicho informe; De igual forma se tiene la Opinion Legal Nº 483 -2005-MPCI/GAL, en la que se opina procedente de acuerdo a los D.S. Nº 083-2004-PCM y D.S. Nº 084-2004-PCM, lo que debera ser elevado a Sesion de Concejo y aprobado para su ejecucion correspondiente, adjuntando la MORDAZA de la Opinion Legal y el Informe; Que, del Informe Nº 66-05-MPCI-I/PVL, presentado por la Jefa del Programa Vaso de Leche, solicitando declarar en situacion de desabastecimiento inminente el programa Vaso de Leche, pare ello argumenta que se ha declarado desierto el MORDAZA de Licitacion para la adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche, sin embargo pese que ha transcurrido mas de cinco meses y hasta el momento no se ha adquirido los insumos, para poder atender a los beneficiarios del Programa Vaso de leche, asi mismo las representantes de las beneficiarias, han manifestado que en caso de prolongacion la compra de los insumos, ellos estaria realizando una toma de local de la Municipalidad. Por lo que solicitamos la declaratoria en situacion de desabastecimiento inminente el Programa Vaso de Leche, y se agilice la compra de los insumos que corresponde al MORDAZA trimestre del presente ano, lo que sustenta estando a lo dispuesto en los Arts. 19º y 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850; Que, de la Opinion Legal Nº 483-2005-MPCI/GAL, el Asesor Legal opina que: es procedente declarar en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de insumos para el programa Vaso de Leche, correspondiente a los meses de MORDAZA, MORDAZA y junio del presente ano, por ende aprobar la exoneracion del MORDAZA de

seleccion, disponiendo la realizacion de dicha adquisicion mediante acciones inmediatas, aprobacion que necesariamente debera realizarse en sesion de concejo municipal, previo acuerdo del mismo; Que estando al Art. 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM, que define la situacion de desabastecimiento inminente como aquella situacion extraordinaria e imprevisible de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Que, del mismo cuerpo legal determina que la situacion de desabastecimiento faculta a la entidad la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obra solo por tiempo o la cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el Art. 14º del D.S. Nº 083-2004-PCM determina cuales son los procesos de seleccion; en tanto que el Art. 19º del mismo cuerpo legal establece la exoneracion del MORDAZA de Seleccion las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o desabastecimiento inminente declarado de conformidad con la presente ley y el Art. 20º del mismo cuento legal, determina las formalidades de los procedimientos no sujetos a MORDAZA de Seleccion; Que, estado a los MORDAZA expuesto, y analizado el expediente en Sesion de Concejo Nº 013-2005, de fecha 8 de junio del 2005, donde previo debate se aprueba la Opinion Legal Nº 483-2005-MPCI/GAL, consecuentemente el Informe Nº 66-05-MPCI/PVL; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 20º de la Ley Nº 27972, "Son atribuciones del alcalde: Ejecutar los acuerdos del concejo municipal, bajo responsabilidad; Dictar decretos y resoluciones de alcaldia, con sujecion a las leyes y ordenanzas; Dirigir la ejecucion de los planes de desarrollo municipal; Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el MORDAZA del Serenazgo y la Policia Nacional; Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones"; Por tanto, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Nº 27972, DD.SS. Nºs. 083 y 084-2004-PCM y aprobado en Sesion de Concejo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR, EN SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, la adquisicion de Insumos Para el Programa Vaso de Leche, de los meses de MORDAZA, MORDAZA y junio del 2005, en la Municipalidad Provincial de El Collao-Ilave. Articulo Segundo.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion, y disponer se realice la adquisicion mediante acciones inmediatas, de conformidad a lo dispuesto en los articulos 19º y 20º del D.S. Nº 0832004-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR MORDAZA del presente por ante el Gerente Municipal, Gerente de Administracion, Gerente de Planeamiento y Desarrollo Institucional, e instancias pertinentes para su conocimiento y cumplimiento. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11464

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAUCARTAMBO
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Presupuesto Institucional de Apertura del ano 2005
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 044-2005-MPP/A Paucartambo, 2 de MORDAZA del 2005

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