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Pág. 212129 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 31 de octubre de 2001 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Otorgan autorización temporal a comerciantes para ejercer actividades en inmediaciones o interior del Cemen- terio Municipal "Virgen de Lourdes" ORDENANZA Nº 048 Villa María del Triunfo, 24 de octubre de 2001 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24.OCTU- BRE. 2001, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Was- hington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los señores regidores Sr. Wilfredo Enriquez Palomino, Sra. Aurora Heredia C., Sra. Ana Sinche Rosales, Sr. Emiliano Yrriba- rren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Fran- cisca Zea Arancibia, Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Mejía Escajadillo, Sra. María Lora Figueroa, Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr. Adrián Tarazona Fernández y Sr. David Romero Ríos; se trató sobre Tasas en el Cementerio Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, a fin de controlar y fiscalizar a los comerciantes que hacen uso y aprovechamiento del Cementerio Municipal "Vir- gen de Lourdes" en determinadas fechas en las cuales se incrementa el comercio, se hace indispensable otorgarles una Autorización Temporal para que ejerzan sus actividades; De conformidad con los Arts. 36º Inc. 3), y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; y Decreto Legis- lativo Nº 776 sobre Tributación Municipal; con el voto Unánime de los señores Regidores; y la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA AUTORIZACIÓN TEMPORAL A COMERCIANTES EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL VIRGEN DE LOURDES Artículo Primero.- OTORGAR Autorización Tempo- ral a los comerciantes o aquellos que presten un servicio,que se establezcan en las inmediaciones o interior del Cementerio Municipal "Virgen de Lourdes" - Nueva Espe- ranza, los días 31 de octubre y 1, 2 y 3 de noviembre del 2001. Artículo Segundo.- El monto de la Tasa -incluido el derecho de trámite administrativo- a aplicarse por la autorización de cuatro o menos días, es la siguiente: a)Puestos y/o Kioscos Grandes (2x6) S/. 80.00 b)Puestos y/o Kioscos Pequeños (2x2) S/. 30.00 c)Puestos y/o Kioscos Pequeños (alimentos y/o bebidas) (2x2) S/. 50.00 d)Puestos y/o Kioscos Medianos (alimentos y/o bebidas) (2x4) S/. 60.00 e)Puestos y/o Kioscos Grandes (alimentos y/o bebidas) (2x6) S/. 100.00 f)Puestos y/o Kioscos Mayoristas (alimentos y/o bebidas) (3x6) S/. 200.00 g)Autorización ingresos Mototaxis (vale por 4 días) S/. 100.00 h)Banda de Músicos y/o conjuntos (por día) S/. 30.00 i)Uso de servicios higiénicos (por persona en el cementerio) S/. 0.50 j)Ambulantes (por día) S/. 5.00 k)Instalación baño particular c/u (por 4 días) S/. 50.00 l)Stand de Promoción (Funerarias, Seguros, otros) S/. 150.00 m)Juegos Mecánicos S/.200.00 + Impuesto de Ley según liquidación Artículo Tercero.- Declarar zona de acceso restringida al tránsito vehicular e instalación de juegos mecánicos, en un radio de 5 manzanas a la redonda del Cementerio Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 33652 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Declaran desierto proceso de licita- ción respecto de ítem relativo al con- trato de suministro de arena gruesa RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1153-01-MC Cusco, 26 de setiembre de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO: Vistos, los Oficios Nº 01-CEL-MC-2001 de 27 de julio del 2001 y Nº 155-2001-OGAJ/MC de 7 de setiembre delDEBE DECIR: SALUD Y SALUBRIDAD (02) CRIANZA DE ANIMALES DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO (1000) Código Infracción Preventiva Propietario o Encargado Medida Complementaria Tipo de Infracción 02-1001 Criar y/o tener animales destinados al consumo humano en lugares, instalaciones, con equipos G Decomiso y materiales inadecuados que atenten contra la salud humana y animal, o sin contar con la au- torización respectiva. En la página 211646 DICE: URBANISMO (08) PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO (600) Código Infracción Preventiva Infractores en general Medida complementaria Tipo de Infracción 08-0603 Dar a la playa de estacionamiento un uso distinto a lo autorizado. DEBE DECIR: URBANISMO (08) PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO (600) Código Infracción Preventiva Infractores en general Medida complementaria Tipo de Infracción 08-0603 Dar a la playa de estacionamiento un uso distinto a lo autorizado. L Clausura temporal 03 días 33632